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1 Abril 2022- Duda solicitud IMV - Ingreso mínimo vital

10 respuestas
1 Abril 2022- Duda solicitud IMV - Ingreso mínimo vital
1 Abril 2022- Duda solicitud IMV - Ingreso mínimo vital
#1

1 Abril 2022- Duda solicitud IMV - Ingreso mínimo vital

Buenas tardes,

El pasado 3 de Enero de 2022 solicité el IMV y el 3 de Marzo me vino denegado. Decir que hasta el 7 de Julio de 2021 estuve conviviendo con mi madre ( falleció este día), de la cual cuidaba por su delicado estado de salud. Mi madre era pensionista y hasta el 25 de Julio de 2021 estuvo cobrando la pensión. Dicho esto, el motivo por el cual me vino denegado, fue el siguiente:

-No acreditar el requisito la vulnerabilidad económica con respecto a las rentas del año 2021 según el art.11 de la ley 19/2021 de 20 de Diciembre...los ingresos declarados en la solicitud superan el umbral de vulnerabilidad establecido-

Claro, obviamente, desde el 1 de Enero de 2021 hasta el 7 de Julio de 2021, la pensión mes a mes estuvo entrando, de ahí que interpreto que me la denegaron por el resultado de haber computado la suma de todos esos meses cobrados+ lo que tenía ahorrado en el banco.

Mi situación actual a mis 54 años es que vivo sólo, no dispongo en absoluto de ningún ingreso desde Julio del año pasado, no trabajo, a penas dispongo en el banco de 100€ y he de pedir ayuda económica en cash a mi hermano y a mi pareja para poder comer y pagar los recibos de donde vivo ( mi único piso de toda la vida). Y es a partir de todo esto donde me viene la duda:

Según he leído, si lo pidiera mañana mismo día 1 de Abril de 2022, especificando en un apartado que debe haber en la solicitud sobre el tema de la pobreza sobrevenida, mi falta de ingresos y recursos económicos a partir de este mismo año 2022, pues eso, que podrían computarme única y exclusivamente lo de este año 2022... ¿es así esto?. Si es así, ¿la solicito de nuevo mañana?, ¿mejor me espero hasta el día 6 de Abril por aquello de que empieza lo de la Renta?...¿que consejo me dais?.

Muchas gracias


#2

Re: 1 Abril 2022- Duda solicitud IMV - Ingreso mínimo vital

Pero como no pediste, cuándo falleció tu madre la pension qué se llama "A FAVOR " .
Tengo un par de amigos qué cobran ésa pensión sobre 500 euros 14 pagas, más 451 de la rai y es compatible con las ayudas del sepe,la pensión a favor es para siempre..si no encuentras un  trabajo 🤦‍♂️

#3

Re: 1 Abril 2022- Duda solicitud IMV - Ingreso mínimo vital

Jaime:

Hay una serie de requisitos también para que puedan concederte esa pensión que me comentas...míratelos bien!!...esa pensión me la denegaron en Agosto pasado...se le llama "pensión a favor de familiares". No es oro todo lo que reluce.

Un saludo
#4

Re: 1 Abril 2022- Duda solicitud IMV - Ingreso mínimo vital

Hola, me acaban de contestar esto.
#5

Re: 1 Abril 2022- Duda solicitud IMV - Ingreso mínimo vital

Ve al ayuntamiento, que te den cita con el asistente social, y le comentas, has ido al sepe? Porque por 52 años también hay subsidios, antes si estabas más de 1 año creo recordad sellando y sin negarte a nada de entrevistas, cursos, al ser parado de larga durabilidad te dan subsidio, así se lo arreglé yo a mi ex suegro
#6

Re: 1 Abril 2022- Duda solicitud IMV - Ingreso mínimo vital

A mi me lo denegaron la primera vez por rentas del año anterior. Me esperé unos días a la nueva declaración y me lo aprobaron. 
Creo es más rápido si echas la nueva declaración y lo solicitas de nuevo si t urge cobrarlo
#7

Re: 1 Abril 2022- Duda solicitud IMV - Ingreso mínimo vital

Pues yo ya lo he solicitado hoy de nuevo! ( comentar que yo llevo muchos años sin hacer declaración dado que NO estoy obligado a ello, y por llevar mucho tiempo sin trabajar debido a las situaciones familiares que me llevaron a ello)...como tú, me lo denegaron hace 1 mes por rentas del año 2021...hoy al hacer la solicitud, he mandado extractos bancarios desde el 1 de Enero de este 2022 hasta hoy 1 de Abril, añadiendo, entre otras cosas a esto, una declaración jurada especificando este texto:
-  Rogaría se tuvieran en cuenta los ingresos del año en curso atendiendo a la vulnerabilidad económica sobrevenida, y como muestra de ello, adjunto archivos de extractos bancarios de fechas 1/01/2022 hasta 1/04/2022 . Presento una condición económica de extrema pobreza, sobrevenida a raíz del fallecimiento el pasado año de mi madre con la que convivía. Para los trámites que tenga a bien el de realizar y pueda acceder a ser beneficiario del IMV, por lo que solicito a quien corresponda/proceda, se sirvan a incorporarlo al mismo- 

Ahora a esperar. Lo de haberlo enviado hoy, responde a lo de esa ley reciente que ha salido en la cual ponen que solicitándolo entre el 1 de Abril y el 31 de Diciembre del año en curso, demostrando lo de la pobreza sobrevenida, pudieran tener en cuenta lo del año en curso. Yo ahí he mandado lo que arriba he comentado...si no les fuera suficiente y quieren comprobar que eso es así, que lo hagan y verán que realmente la realidad es esa!
#8

Re: 1 Abril 2022- Duda solicitud IMV - Ingreso mínimo vital

Espero que tengas suerte y te lo aprueben de una vez 👍
#9

Re: 1 Abril 2022- Duda solicitud IMV - Ingreso mínimo vital

Buenos dias,Alguien sabe si la pension a favor de familiares se paga si resides En el extranjero?Mi madre cobra la mayor parte de su pension del reino Unido y algo del inss espanol.Tengo la intencion de volver al reino Unido a vivir entonces no se como lo trataria el inss espanol.Si alguien pudiera ayudarme.SaludosDavid
#10

Re: 1 Abril 2022- Duda solicitud IMV - Ingreso mínimo vital

 Tendrán derecho a la pensión a favor de familiares:

-Los nietos y hermanos, en ambos casos huérfanos de padre y madre, menores de 18 años. O mayores que tengan reconocida una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. También si son menores de 22 años, cuando no tengan un trabajo remunerado o, si lo tienen, los ingresos anuales no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento.

-Las madres y abuelas del fallecido viudas, solteras, casadas (cuyo marido sea mayor de 60 años o esté incapacitado para el trabajo), separadas judicialmente o divorciadas.

-Padres y abuelos con 60 años cumplidos o incapacitados para todo trabajo.

-Hijos y hermanos de pensionistas de jubilación o incapacidad permanente (ambas en su modalidad contributiva).

Además, todos estos beneficiarios deben reunir unos requisitos generales:

-Haber convivido con la persona fallecida que origina la prestación y «a sus expensas» con dos años de antelación a su muerte, o desde el fallecimiento del familiar con el que convivieran si se ha producido dentro de dicho periodo.

-No tener derecho a una pensión pública.

-Carecer de medios de subsistencia, lo que significa tener ingresos económicos iguales o inferiores al SMI. Tampoco pueden acceder a esta prestación aquellas personas que, aunque acrediten no alcanzar esos ingresos, tengan familiares «con obligación y posibilidad» de prestarles alimentos. ¿Sobre quiénes pesa dicha obligación? Sobre los cónyuges, ascendientes y descendientes. Los hermanos, por su parte, sólo deben prestar «los auxilios necesarios para la vida», por lo que quedan excluidos de la obligación de proporcionar alimentos.

Si se cumplen esos requisitos, sí



#11

Re: 1 Abril 2022- Duda solicitud IMV - Ingreso mínimo vital

¿puedes publicar esa carta donde te deniegan tu solicitud?