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Reducción ITP y alquiler por temporadas - Andalucía

7 respuestas
Reducción ITP y alquiler por temporadas - Andalucía
Reducción ITP y alquiler por temporadas - Andalucía
#1

Reducción ITP y alquiler por temporadas - Andalucía

Buenos días,

Voy a comprar una vivienda en Andalucia por 130.000 euros y al ser menor de 35 años, pretendo optar a la reducción del ITP del 8% al 3.5%.

Por trabajo, paso temporadas largas fuera (meses) e incluso alquilo vivienda en la ciudad en la que trabajo.

Mis dudas son:

-¿podría alquilar esta vivienda (periodos de 15 dias o incluso periodos de meses cosnecutivos (9)) sin perder este estatus de 'vivienda habitual'?

-En caso que se pediese ese estatus, ¿como puede afectarme? ¿podrian reclamarme estos impuestos 'no pagados'?

Un saludo

 

 

 

#2

Re: Reducción ITP y alquiler por temporadas - Andalucía

El foro de fiscalidad está para algo...

Por lo que dices, no va a ser realmente tu vivienda habitual, y en caso de que te pidieran justificarlo, no podrías, por lo que no deberías aplicarte el tipo reducido. En caso de que lo hagas y lo detecten, no solo perderías las bonificaciones aplicadas sino que podrían sancionarte.

 

Concepto de vivienda habitual.

Se entiende por vivienda habitual, a efectos de esta deducción, la edificación que cumpla los siguientes requisitos.

  1. Que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
    No obstante, se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual, cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o  concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como celebración de matrimonio , separación matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo  o cambio de empleo u otras análogas justificadas
  2. Que el contribuyente la habite de manera efectiva y con carácter permanente, en un plazo no superior a doce meses, contados desde la fecha de adquisición o de terminación de las obras.
    No obstante, se entenderá que la vivienda adquirida no pierde el carácter de habitual, cuando, se produzcan las circunstancias establecidas en el Reglamento del Impuesto
  3. Conceptos que se asimilan a la vivienda habitual, a efectos de la deducción:
    • Los anexos o cualquier otro elemento que no constituya la vivienda propiamente dicha, siempre que se adquieran conjuntamente con la vivienda.
    • Las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con ésta, con el máximo de dos.

Un saludo

#3

Re: Reducción ITP y alquiler por temporadas - Andalucía

Hola. Soy menos de 35 años y quiero adquirir una vivienda de menos de 130.000€.

Dispongo de una casa, además, libre de cargos pero la que quiero comprar será vivienda habitual.

El caso de ya poseer otra vivienda, ¿me impide bonificar en el ITP?

Muchas gracias

#5

Re: Reducción ITP y alquiler por temporadas - Andalucía

Hola tengo el mismo problema expuesto por el compañero,me aproveche de la deducion del 50% de impuestos en la compra de una vivienda,llevo 5meses residiendo en ella pero ahora por motivos laborales me toca estar interno en mi puesto de trabajo con lo cual me obligan a dormir y hacer vida en mi lugar de trabajo.Se terminaria lo de vivienda habitual y me podrian multar por ello?
#6

Re: Reducción ITP y alquiler por temporadas - Andalucía

Poder podrían... luego te tocaría a ti defender que no has dejado de vivir allí por tu voluntad sino por motivos laborales, y puede que colara o no.
También puedes presentar una complementaria con los impuestos no pagados en su momento y regularizas la situación y evitas posibles sanciones.

Un saludo

#7

Re: Reducción ITP y alquiler por temporadas - Andalucía

como puedo hacer para presentar esa complementaria y donde lo tendria que hacer?
#8

Re: Reducción ITP y alquiler por temporadas - Andalucía

En el mismo sitio que se hizo la primera, y probablemente, también on line

Un saludo