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Cancelación deposito duda renta

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Cancelación deposito duda renta
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Cancelación deposito duda renta
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#1

Cancelación deposito duda renta

Buenos días, 

He visto que al cancelar un depósito y perder sólo los intereses devengados,  también te quitan lo que se pagó de impuestos, es decir, si por ejemplo cancelas un depósito de 10000 en el que te habían dado 80 de intereses y otros 20 de impuestos,  te devuelven sólo 9980 euros.

Mi duda es el cómo se solicitan esos 20 euros a hacienda en la declaración próxima. Donde hay que poner esos 20 euros en la declaración?

Gracias y un saludo 
#2

Re: Cancelación deposito duda renta

Ya deben salir en el borrador de la aeat como ingreso a cuenta.
#3

Re: Cancelación deposito duda renta

Exacto, aparecen concretamente como retención a cuenta.
#4

Re: Cancelación deposito duda renta

Gracias por las respuestas 

#5

Re: Cancelación deposito duda renta

El banco no devuelve la retención porque ya la ha enviado a Hacienda?

Cuando se hace un depósito, el banco manda inmediatamente la retención a Hacienda o la manda cuando envía la información fiscal al año siguiente? 

Es que eso de que no la devuelva al cliente al cancelar el depósito, si es en el mismo año, me parece raro. 


#6

Re: Cancelación deposito duda renta

Cada vez que el banco liquida intereses de un depósito, parte va para el cliente y parte para Hacienda. No sé si el banco se lo envía a Hacienda en el mismo momento o tienen pactado otro calendario. Lo que sé es que la cancelación de un depósito funciona igual, solo que de los intereses generados desde la anterior liquidación (o desde el principio, si no ha habido ninguna) la parte que en otro caso iría al cliente se la quedan ellos. Hacienda por supuesto recibe su parte, no le importa si es una liquidación de intereses normal o debida a una cancelación.
#7

Re: Cancelación deposito duda renta

Se haya enviado la retención o no a Hacienda es irrelevante.

Lo que cuenta es el momento de devengo del impuesto, si han pasado unos días, esos dias has tenido derecho al interés y por tanto hacienda a coger su parte.

Luego si el banco te penaliza por la cancelación anticipada, eso ya es otra historia, técnicamente de cara a la liquidación de impuestos no es que no haya generado intereses, sino que el banco "te cobra una comisión por el importe equivalente a los intereses generados y no cobrados".

Saludos
#8

Re: Cancelación deposito duda renta

No siempre es así con los intereses devengados pero aún no cobrados. 
En mi caso, y esa es mi experiencia, cancelé hace como un mes un depósito en BFS y no me retuvieron nada de IRPF. Caso contrario, y en las mismas circunstancias y condiciones, WIZINK si me retuvo.
Entiendo por esta casuística que la AEAT no les obliga, y depende más de sus aplicaciones informáticas que de la normativa.
#9

Re: Cancelación deposito duda renta

Gracias por responderme. Se que funciona como dices pero la duda que tengo es sobre cuando envía la retención el banco a Hacienda.

Si es en el mismo año cuando se contrata el depósito y  se cancela, no debería haber retención, a no ser que el banco envíe la retención a Hacienda en el mismo momento en que se realice la imposición. También puede ser que la reserve y no quiera complicarse la vida luego devolviéndola. Por la experiencia de Baccarat, me inclino a pensar que va más por ahí...y ya toque recuperarla cuando se hace la Renta al año siguiente.

Saludos.
#10

Re: Cancelación deposito duda renta

Gracias Piqueras.
 
En mi caso no es irrelevante porque no es lo mismo estar obligado a hacer la Renta como no estarlo. Me refiero a la hora de recuperar la retención por haber cancelado la imposición. Si no he cobrado intereses por que se los queda el banco tampoco me tienen que practicar retención alguna y si el banco la envía nada más hacer la imposición entonces para recuperarla tengo que hacer la renta si o si.

Por eso me gustaría saber cuando la envían aunque leyendo a Baccarat parece que va según el banco.

Saludos. 
#11

Re: Cancelación deposito duda renta

Puede ser que no te hicieran retención porque el FGD es portugues. A lo mejor este banco sigue
por otras normas, aunque a efectos fiscales si deberia ser por las españolas
#12

Re: Cancelación deposito duda renta

Yo creo que simplemente BFS lo hacen así porque siempre lo han hecho así (*) y ha ido colando. Si Hacienda se toma interés en investigarlo igual tienen un problema. Me parecería raro que la normativa lo dejase a la voluntad de cada banco y, desde luego, hay tal cantidad de testimonios de gente sorprendida por haberlo "sufrido" y tal la variedad de bancos implicados, que no hay duda de cuál es el método mayoritario.

(*) El hecho de ser originarios de Portugal puede tener que ver en cómo lo hacen, por aquello de la aplicación informática que comentaba Baccarat
#13

Re: Cancelación deposito duda renta

No siempre es así con los intereses devengados pero aún no cobrados. 
En mi caso, y esa es mi experiencia, cancelé hace como un mes un depósito en BFS y no me retuvieron nada de IRPF. Caso contrario, y en las mismas circunstancias y condiciones, WIZINK si me retuvo.
Entiendo por esta casuística que la AEAT no les obliga, y depende más de sus aplicaciones informáticas que de la normativa.

Entiendo que BFS ha actuado mal y no ha hecho lo correcto. No le habrán dado un toque y para el será más cómodo.
Los demás no lo hacen por gusto, lo hacen porque es como está marcado que deben hacerlo. No puede ser potestativo de cada banco actuar como desee.

Aunque el usuario no haya ingresado esos intereses, los intereses (y retención) se han devengado. Solo que no los liquidan en la cuenta porque los compensan con comisiones de cancelación equivalentes.
Para que fuera más limpio, podían reflejar dos apunte en la cuenta bancaria, una de ingreso de intereses de 2,14€ por ejemplo, y otro seguido de comisiones de cancelación de 2,14€... pero claro, esta última línea queda muy feo en su imagen y prefieren "netear".
#14

Re: Cancelación deposito duda renta

En mi caso no es irrelevante porque no es lo mismo estar obligado a hacer la Renta como no estarlo. Me refiero a la hora de recuperar la retención por haber cancelado la imposición. Si no he cobrado intereses por que se los queda el banco tampoco me tienen que practicar retención alguna y si el banco la envía nada más hacer la imposición entonces para recuperarla tengo que hacer la renta si o si.

No estoy de acuerdo en ese planteamiento. Si que has devengado intereses, y si que te hacen retención. Aunque no te los hayan llegado a liquidar por haberlos compensado.

Yo soy una fabrica de pinturas, vendo botes de pintura a una droguería, pero a su vez, ocasionalmente les he comprado a ellos unos rodillos. Les saco facturas por la venta de pinturas y ellos a mi por los rodillos.
En vez de pagarles la totalidad, compensamos facturas (hasta donde dé) pagando la diferencia el que sea. Esto es muy habitual.

¿Que pasaría con hacienda? Pues hay que liquidar el 21% de IVA del total de su factura y del total de la mía, aunque no se hayan liquidado por los totales.

Una cosa son los devengos económicos por ingresos y gastos, y otra cosa la corriente financiera por cobros y pagos.
En el caso de los intereses se han devengado por esos días de depósito (te corresponde un ingreso económico), pero no te lo han liquidado porque lo han compensado con otro ingreso económico a favor del banco (comisiones por cancelación equivalentes a los intereses). Las dos partes han tenido ingresos económicos, pero ninguna parte ha tenido cobros financieros.

Y mucha gente asimila erroneamente el no tener cobros con no tener ingresos.

Saludos
#15

Re: Cancelación deposito duda renta

Si estás seguro de eso entonces puedo decirte que es verdad que mucha gente se equivoca, entre ellos algunas personas del foro que es donde yo lo he leído (deposito cancelado, retención recuperada al año siguiente en la Renta). Nunca he cancelado por eso no sé si lo devuelven o no pero agradezco mucho tu información.

Anadir que he tenido depósitos sin cancelación anticipada en el BFS y funciona como los bancos españoles, por si alguien tiene alguna duda. Tengo que decir que me han atendido de forma muy rápida e inmejorable.

Saludos piqueras. 
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