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Principio del fin del modelo 720

16 respuestas
Principio del fin del modelo 720
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#16

Re: Principio del fin del modelo 720

Como para que los sancionados se piensen no recurrir.

Un recordatorio de las bestiales sanciones que la Agencia Tributaria impone en caso de infracción por omisión o error en la presentación del Modelo 720:

  1. Ya solo por la no presentación de esta declaración la sanción puede ser de 30.000€ con un mínimo de 10.000€ en función de cada bloque de datos no informado... los bloques serían Rentas, Seguros y Bienes ubicados en el extranjero (incluido países de la UE). Por declaración incompleta, inexacta o con datos falsos, la multa es de 5.000 euros por dato ( c on un mínimo de 10.000 euros) en caso de que haya habido requerimiento; en caso contrario serían 100 euros por dato (con un mínimo de 1.500 euros).
  2. Otra sanción consiste en la imputación de un incremento de patrimonio en la base liquidable del ejercicio más antiguo de los no prescritos, por el valor de los bienes y derechos respecto de los que se hubiera incumplido la obligación de presentar el modelo 720.
  3. Por último, una sanción del 150% sobre el incremento de patrimonio no justificado imputado, referido en el párrafo anterior.

 

#17

Re: Principio del fin del modelo 720

Más que recurrir, se trata de que la sanción no gane firmeza antes de que el tribunal europeo se pronuncie. Si gana firmeza da igual cuál sea la sentencia.

Véase el precedente de maternidad denegada y con firmeza antes de la sentencia del TS.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

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