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Extinción de contrato temporal por horas.

16 respuestas
Extinción de contrato temporal por horas.
Extinción de contrato temporal por horas.
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#1

Extinción de contrato temporal por horas.

Buenas tardes,

Actualmente tengo un contrato temporal a través de una ETT cuya remuneración se establece por hora trabajada. En el precio de la hora está metido el salario y prorrateado vacaciones y pagas extras.

El caso es que voy a pasar a contrato con la empresa donde presto el servicio a través de ETT por lo que digamos que finalizará dicho contrato con la ETT para comenzar contrato con la empresa.

El contrato con la ETT es por obra o servicio sin una fecha de finalización concreta siendo éste a jornada completa. Mi duda es que yo tengo entendido que los contratos temporales, a la hora de su extinción les corresponde una indemnización de 8 días por año trabajado, aunque con la nueva ley se irá prolongando hasta 12 días para contratos temporales a partir de 2015.

Lo que no veo por ningún sitio es si esa indemnización es para todos los contratos temporales, independientemente de si son por horas o no. Y es que por otras discusiones que he tenido anteriormente con la ETT, me huelo que me quieran finiquitar con las horas trabajadas este mes alegando que mi contrato es por horas y se paga por hora trabajada. Finiquito por vacaciones y pagas extras sí se que no me corresponde porque ya viene prorrateado pero lo de la indemnización por extinción no lo acabo de tener claro.

¿ Me correspondería esa indemnización por finalización del contrato con la ETT ?

Gracias,
Saludos.

#2

Re: Extinción de contrato temporal por horas.

No tengo la más remota idea de como es un contrato con una ETT. Jamás he visto uno. Pero supongo que en sus cláusulas indicará el tipo de indemnización a percibir o en su caso remitirá a una norma específica, a lo establecido en convenio colectivo o legislación común.

De todas formas si comentas que te desvinculas de la ETT y pasas a prestar servicios directamente para la empresa, entiendo que se tratará de una baja voluntaria.

#3

Re: Extinción de contrato temporal por horas.

En las cláusulas no dice nada de eso pero en el convenio de las empresas de ETT dice:

Artículo 47. Extinción por finalización del contrato. 1. Los trabajadores de puesta a disposición tendrán derecho a percibir a la finalización de su relación laboral, por cumplimiento del contrato suscrito, la indemnización económica legalmente prevista, que también podrá ser prorrateada durante la vigencia del contrato.
Y siguiendo lo que dice ese artículo yo he cumplido mi parte de contrato, el cual está sin fecha de finalización y no soy yo quien decido finalizar el contrato. Digamos que es la empresa donde realmente trabajo quien comunicará a la ETT que me contratará, así que digo yo que la ETT tendrá que rescindir el contrato porque "ha finalizado el servicio" e indemnizar con lo que diga la ley. Al margen queda que este contrato es uno más que está en fraude de ley porque no está justificada la temporalidad (como casi siempre pasa con estos contratos). Saludos.
#4

Re: Extinción de contrato temporal por horas.

Entiendo que son doce días y no ocho. Puedes echar un vistazo a esto:

http://www.trabajosett.es/2010/04/22/indemnizaciones-de-trabajadores-de-ett-12-dias-o-20/

Lo que no tengo claro es que te corresponda la indemnización. No son ganas de fastidiar, sólo son dudas.

¿Te comunica la ETT la extinción del contrto?
¿Se subroga tu nueva empresa en el contrato y te respeta la antigÜedad?
¿Pides baja voluntaria y suscribes nuevo contrato con la nueva empresa?
¿El hecho de estar contratado por una ETT implica que se percibe la indemnización se trate de baja voluntaria o no?...

#5

Re: Extinción de contrato temporal por horas.

Eso de los 12 días que indica esa página no lo acabo de tener claro. En el convenio de ETT pone lo que comenté anteriormente y si vamos a la web del ministerio de trabajo dice claramente que son 8 días que, con la nueva ley, se irán incrementando hasta los 12 para contratos formalizados a partir de 2015.

http://www.mtin.es/es/Guia/texto/guia_4/contenidos/guia_4_11_11.htm

Respecto a tus dudas, pues todavía no tengo comunicación de la ETT puesto que la empresa donde trabajo me comunicó esto a final de la semana pasada. Si me respetan la antigüedad, no me dijeron nada (tampoco caí en preguntarlo), pero si la respetan evidentemente si vería que no corresponde indemnización.

Tendré que firmar un nuevo contrato con la empresa donde trabajo pero no soy yo quien pide ninguna baja voluntaria de la ETT, sino que entiendo que por la naturaleza de este contrato temporal ha llegado el fin del servicio, que a fin de cuentas es lo que paga la empresa a la ETT, un servicio. Y eso dice mi contrato: hasta fin de obra o servicio

Si esta empresa decide que me va a contratar será que termina el servicio y por tanto mi contrato se extingue, pero no soy yo quien decide resolverlo.

Contestando a tu última pregunta, que yo sepa en cualquier tipo de contrato de trabajo no hay indemnización alguna si hay una baja voluntaria por parte del trabajador. Y tampoco correspondería paro en ese caso.

Saludos.

#6

Re: Extinción de contrato temporal por horas.

Claro, el texto que pones del convenio dice la indemnización legalmente prevista sin determinar la cuantía.

Tu vas a la legislación común que es la contenida en el Estatuto de los Trabajadores, pero te olvidas de lo que dispone la Ley de ETT que establece doce días de indemnización para esa relación laboral llamémosla especial y por ser más beneficiosa para el trabajador prevalece sobre lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores.

Ver artículo 11.2:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/l29-1999.html

Respecto al segundo asunto, mira lo que se cuece por aquí en cuanto a lo que le puede suceder a la empresa que se queda con el trabajador de la ETT ante un despido del mismo. Esto es arma de doble filo. Ya sabes, lo que es beneficioso para una cosa suele ser malo para otra. Me huele que en la ETT se van a agarrar a ello para no soltar la pasta. Otra cosa será que lo consigan.

http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=1694.0

De esta última duda, salvo mejor criterio, me temo que sólo nos podrá sacar la jurisprudencia.

#7

Re: Extinción de contrato temporal por horas.

Yo cuento con 8 días, pero si como dices fueran 12 mejor, aunque tengo mis dudas. El texto inicial que te puse de la extinción no es del estatuto de los trabajadores, es del convenio laboral de las ETT, que al final viene a decir que la indemnización será lo que diga la ley. Por lo visto hay otros convenios que mejoran esa indemnización, pero vamos ya no discuto si son 8 o 12, sino que me temo que quieran evitarse ese gasto y les salga gratis.

En realidad lo que comentan en ese foro me parece bien y vienen a decir que en caso de pasar de un contrato de ETT a un posterior contrato en la empresa, si te despiden luego en la empresa deben contabilizar la antigüedad desde el primer día que entraste por ETT para calcular la indemnización.

Otra cosa es lo que hagan las empresas en general y estoy casi seguro que contabilizan el periodo que se ha estado contratado en la propia empresa obviando el tiempo de ETT. Pero parece que alguno de esos foreros pertenecen a asesorías y comentan que cuando realizan el cálculo suman todo el tiempo.

En caso de que no lo hicieran, basta con denunciar a la empresa puesto que cometieron un fraude a la hora de contratar al trabajador y con eso juegan las empresas, que mucha gente no denuncia y eso que se ahorran. Pero al que denuncia encima luego deben pagarle el salario de tramitación y aún les sale más caro, pero saben que la mayoría no lo denuncia, ya no se si por no meterse en líos o por desconocimiento.

Por cierto aquí te paso otro enlace justamente de un caso parecido al mío y como era de esperar, la empresa de ETT le ofreció que firmara la baja voluntaria, y así se evitaba pagar la indemnización por finalización de contrato.

http://www.todoexpertos.com/categorias/humanidades/derecho/derecho-laboral/respuestas/2027134/liquidacion-por-fin-de-contrato-con-e-t-t

Saludos.

#8

Re: Extinción de contrato temporal por horas.

Trabajè alguna vez para algunas ETT's pero no recuerdo bien, y como son malas noticias recalco lo de que no lo recuerdo bien: Creo que cada nòmina que cobras , te estàn liquidando ,por tanto no tendrias derecho a indemnizaciòn. Es decir ,si ya es triste que te incluyan las pagas las vacaciones ,pues sumale las liquidaciòn tb incluida. Espero equivocarme y que tu contrato sea distinto ,un saludo