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¿Extranjero no comunitario puede regresar a España después de deuda hospitalaria?

11 respuestas
¿Extranjero no comunitario puede regresar a España después de deuda hospitalaria?
¿Extranjero no comunitario puede regresar a España después de deuda hospitalaria?
#1

¿Extranjero no comunitario puede regresar a España después de deuda hospitalaria?

Hola,

mi consulta refiere a la situación y posibilidades de una persona extranjera asiática que vino a España hace 6 meses. Por desgracia tuvo que ser hospitalizada con carácter de urgencia sin tener seguro médico, y por desconocimiento mio acudimos a un hospital que resultó ser privado con lo que tras la hospitalización se reclamó una factura. El total ascendió a 45000 euros (2 semanas en UCI 1 semana en planta). Pagamos 15000 euros inmediatamente a los 4 días cuando el hospital reclamó. El resto fué imposible pagarlo. Desconozco si finalmente hubo demanda por parte del hospital, si que amenazaron en reiteradas ocasiones con ello. La persona regresó a su país antes de que se le citara, notificara o informara mas al respecto.

Las dudas concretas son:

1. Hay alguna manera de saber desde su país de origen (quizás a través de la embajada) de si se presentó demanda o en el caso extremo de si hay sentencia en su contra?

2. Según tengo entendido los hospitales disponen de seguros para cubrir este tipo de casos, o casos mas extremos (por ejemplo que ocurriría si la persona hubiera fallecido, a quien se reclama la factura?). Se puede saber si el hospital recurrió al seguro en lugar de al juzgado?

3. Puede esa persona regresar a España en un plazo corto de tiempo? Se le puede denegar el visado de entrada por que se detecte que tiene alguna demanda pendiente o sentencia en su contra?

4. Dicha demanda o sentencia puede provocar que esté en busca y captura según lo explicado anteriormente?

5. Después de informarme parece que la reclamación del hospital es excesiva. A mi entender deberían quedar por pagar unos 5000 euros aprox. Se puede negociar la deuda a posteriori si no se ha presentado a juicio?

Disculpas anticipadas si he cometido algún error al explicarme y disculpas si no es el foro indicado (no es fácil identificar un tema concreto), y gracias por cualquier opinión al respecto.

#2

Re: ¿Extranjero no comunitario puede regresar a España después de deuda hospitalaria?

1.- Dudo que la embajada tenga acceso, para saber si tienes una demanda presentada normalmente se va al juzgado decano de la localidad donde resides y alli se sabe.

2- No lo podras saber y dudo que te lo digan.

3.- No creo que tenga ningun problema en volver mientras cumpla los requisitos x y z o entre como turista. No creo que tengan constancia de sentencias de ese tipo por deudas , solo de tipo penal, y esto es civil.

4.- La respuesta es no

5.- Si hay sentencia y no se recurre esta queda firme, otra cosa es que cojas un abogado o lo coja esa persona e intente negociar con el hospital siempre se prefiere cobrar algo que no cobrar nada.

#3

Re: ¿Extranjero no comunitario puede regresar a España después de deuda hospitalaria?

Pagar lo que debe no se contempla por lo que se ve.

#4

Re: ¿Extranjero no comunitario puede regresar a España después de deuda hospitalaria?

Muchas gracias por todas las respuestas

#5

Re: ¿Extranjero no comunitario puede regresar a España después de deuda hospitalaria?

Pagar lo que se debe, o lo que se considera justo se debe tras haber comparado esta factura con otras facturas por procesos hospitalarios similares cubiertos por la seguridad social, se contempla y se planteaba en la quinta pregunta, creo yo....

#6

Re: ¿Extranjero no comunitario puede regresar a España después de deuda hospitalaria?

pero regresar para seguir mamando de los españoles sí...

#7

Re: ¿Extranjero no comunitario puede regresar a España después de deuda hospitalaria?

A mí me parece que no se contempla en ningún punto, si acaso en parte y como último remedio.
Esta persona va a un hospital privado, le salvan la vida por lo que dices (dos semanas en la UCI y una en planta). Una vez recuperado, paga lo que le apetece y se vuelve a su país. Ahora quiere volver y ¿te molesta que te sugieran que pague sus deudas?
Respecto a lo que dices de pagar lo que te parece justo, ¿qué te parecería que tu jefe te pagara lo que él considerase justo? ¿No le dirías que quieres cobrar tu nómina íntegramente?

#8

Re: ¿Extranjero no comunitario puede regresar a España después de deuda hospitalaria?

Faltaría más :-)

#9

Re: ¿Extranjero no comunitario puede regresar a España después de deuda hospitalaria?

- La persona no fue a un hospital privado, la lleve yo, y por ignorancia mía resulto ser privado.
- La persona no pagó lo que le apeteció, pago lo que pudo que es muy diferente. Te aseguro que lo que le apetecía era poder pagar lo que se le reclamaba y no tener estos problemas ahora.
- No me molesta en absoluto que me sugieran pagar las deudas. Todo lo contrario, estoy totalmente de acuerdo que es lo que se debe hacer. Precisamente la idea es volver y regularizar esa situación una vez valoradas todas loas opciones y consecuencias. Lo que si me molesta y mucho son opiniones radicales y rotundas sin conocer los detalles ni la historia completa de una situación complicada....
- El ejemplo de la nomina para mi no es comparable en absoluto... Creo que es un derecho de cualquier persona, española o no española, el cuestionar una factura por un servicio que se supone has comprando, y mas cuando según comento he visto facturas de procesos muy similares del mismo hospital cubiertos por la SS. Que hay de malo en negociar, tu no lo harías?

#10

Re: ¿Extranjero no comunitario puede regresar a España después de deuda hospitalaria?

hasta drenarlos completamente si... Eso si no se queda algo por mamar.

#11

Re: ¿Extranjero no comunitario puede regresar a España después de deuda hospitalaria?

Claro, tambien puedes entrar a un asador y después de comer, le negocias la factura.
Se me parte el corazón con tu historia. Deberían darle la nacionalidad y una paguita vitalicia por las molestias sufridas.

#12

Re: ¿Extranjero no comunitario puede regresar a España después de deuda hospitalaria?

Hola, dejando de lado valoraciones personales que no comparto (pues privado es privado, no tiene por qué pagarse una factura de un ente privado con dinero público), tengo entendido que hay sentencias de tribunales que sostienen que si se trata de una urgencia VITAL, la Comunidad Autónoma debe hacerse cargo de parte de la factura. Puedes poner en google "urgencia vital hospital privado" y verás un montón de noticias al respecto. Eso sí, lo que le tocará es ir a juicio y demostrar que se trataba de vida o muerte y no podía acudir a un centro público. Desconozco si la situación personal influye en algo (que no tuviera seguro, si cotizaba aqui o no, etc.).