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Prestamo de dinero

3 respuestas
Prestamo de dinero
Prestamo de dinero
#1

Prestamo de dinero

Hola,

Ancutalmente vivo en Cataluña, pero tengo que pagar una deuda con una Hacienda Vasca, de cuando vivia allí. en total son 7000,00 €. Un cuñado mio me presta 5000,00 €. Estos 5000,00 € son absolutamente legales, nada de economía B, ni similar, lo único que el banco se los ha entregado en billetes de 500,00 €
Soy un inexperto total en materia económica y mis dudas vienes por que se oye tanto que relacionan el tema de los billetes de 500,00 con la economía sumergida, etc. La cuestión es que no quiero tener problemas. ¿Existe algún problema con que un familiar me preste, que no donar, temporalmente, una cantidad de dinero y que yo con esa cantidad en billetes de 500,00 vaya al banco a saldar la deuda que tengo con Hacienda?. ¿Pueden los de Hacienda empezar a investigar de donde sale ese dinero?
Gracia

#2

Re: Prestamo de dinero

La pregunta de si pueden los de Hacienda empezar a investigar ese dinero se refiere más a temas de IRPF, o lo que sea, porque como he indicado el dinero es legal.

#3

Re: Prestamo de dinero

La soluccion es fácil. Tu cuñado lo vuelve a ingresar en el mismo banco y cuenta, quedara reflejado el apunte de retirada e ingreso de nuevo,, que te haga una ote y ya esta y el mismo banco le dirá ha hacienda publica, de donde viene, el que te hizo la ote y todo en regla.

#4

Re: Prestamo de dinero

Si lo que te hace es un préstamo, sería interesante que hicierais un documento de préstamo con interés cero.

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/373765-deducciones-prestamo-familiar-interes-0-para-ayuda-compra-primera-vivienda

Copio del comentario 2 de al.rodrigo:

El préstamo a interés cero puede concertarse entre quienes quieran, tus padres pueden hacer el préstamo a los dos, aunque no estéis casados. El único límite existente en préstamos a interés cero es entre sociedades y personas vinculadas a las mismas.
Ese contrato debéis de registrarlo en vuestra Hacienda autonómica (Consejería de Economía y Hacienda o similar) y liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales. Si no se fija ni prenda ni garantía con cuota cero, pero hay que presentar autoliquidación.
Es importante que en el contrato se fijen los plazos y forma de devolución, y en vuestro caso, que pongáis alguna cláusula con la posibilidad de amortizaciones anticipadas. Y de esas devoluciones es muy conveniente dejar "rastro", hacerlas mediante transferencia, ingreso en cuenta... para que la Administración no pueda interpretarlo como una donación.
Y tus padres, como prestamistas, al no estar percibiendo ningún interés, no tienen que declarar nada.

Saludos.