#1
Economía aprueba con 23 años de retraso la norma para que los fondos presten acciones
En pleno desenlace de la opa hostil más convulsa de los últimos lustros —el fracasado intento del BBVA de comprar el Sabadell—, el Gobierno ha aprovechado para aprobar una polémica normativa. Se trata de una orden ministerial, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que regula el préstamo de acciones por parte de los fondos de inversión. Este desarrollo legislativo llega con 23 años de retraso.
Fue en noviembre de 2002 —con José María Aznar en La Moncloa lidiando con el naufragio del Prestige— cuando se aprobó un artículo en la ley de Instituciones de Inversión Colectiva (fondos) que preveía esta operativa. Casi un cuarto de siglo después, las gestoras de fondos podrán, al fin, prestar sus títulos. ¿Cómo es posible que haya pasado tanto tiempo? ¿En qué consiste esta práctica financiera? ¿Por qué es tan controvertida?
El préstamo de acciones se utiliza fundamentalmente para construir posiciones bajistas sobre una determinada compañía. Los inversores que creen que una empresa cotizada va a bajar en Bolsa —por su modelo de negocio, problemas de gobernanza, un posible fraude...— piden prestadas acciones de su presa para especular con ellas. En la jerga se habla de “ponerse corto” de una empresa.
La forma de operar es la siguiente: el dueño de las acciones se ofrece para prestarlas durante unas semanas, unos meses... a cambio, recibe el pago de un canon. Una especie de alquiler. Desde el lunes, los gestores de fondos españoles podrán hacerlo y conseguir un dinero extra para los partícipes. Ahora bien, mientras las acciones están prestadas no se pueden vender, ni se cobran dividendos.
Quienes habitualmente toman prestados estos títulos son los denominados fondos de inversión libre (hedge funds, en la jerga) para realizar arriesgadas apuestas bajistas. Una vez que tienen en su poder las acciones, lo que hacen es venderlas inmediatamente en Bolsa. Cuando vence el contrato de préstamo, tienen que devolverlas. Si la compañía en cuestión se ha desplomado un 50% en ese periodo, podrán recomprar las acciones en el mercado para devolvérselas a su dueño (al prestamista) y se embolsarán la diferencia. Si, por el contrario, las acciones han subido, deberán afrontar grandes pérdidas.
El hecho de que el préstamo de valores sea la herramienta habitual que utilizan los fondos especulativos para construir sus ataques bajistas es lo que ha retrasado tanto en España su desarrollo legislativo. En 2008, con la quiebra de Lehman Brothers y el inicio de la crisis financiera global, la CNMV ya reguló las posiciones cortas. En 2011, con la crisis de la deuda europea, se prohibieron las apuestas bajistas sobre bancos. Y en 2020, con la crisis económica y financiera que desencadenó la pandemia, volvieron a vetarse las apuestas bajistas para frenar el pánico bursátil.
La orden ministerial aprobada el viernes contempla varias condiciones a los fondos de inversión que quieran prestar acciones. Por un lado, solo se pueden prestar a entidades financieras domiciliadas en la Unión Europea o países de la OCDE. Además, no podrán prestar un nivel de títulos tal que “comprometa la capacidad del fondo para atender solicitudes de reembolso”. Los prestatarios (quienes toman prestadas las acciones) deberán aportar una serie de garantías que tengan un valor superior al de los títulos prestados. Y, sobre todo, “las operaciones de préstamo de valores podrán resolverse de forma anticipada a petición de la institución”.
Con todas estas prevenciones, se pretende que el préstamo de valores no comprometa, en ningún caso, la solidez de la cartera del fondo, incluso llegado el caso de una grave crisis bursátil.
La asociación de las gestoras de fondos, Inverco, llevaba años reclamando al Gobierno que completara el desarrollo legislativo de esta cuestión. “Era un caso excepcional. En Europa prácticamente no quedaba ningún otro país en el que los fondos no pudieran realizar esta operativa”, apuntan fuentes de la institución.
El proceso legislativo ha sido larguísimo. La norma ya se intentó aprobar en dos ocasiones anteriores. En 2008, el texto se frenó en la fase de revisión del Consejo de Estado, justo al inicio de la crisis financiera global. En 2018 quedó paralizado tras la consulta pública. Finalmente, el año pasado Economía reactivó esa fase, como último paso para poder aprobar la orden ministerial.