Se ha producido el peor escenario para los que no han acudido a la OPA, y es que la OPA ha sido un éxito para Berlusconi, y se han cumplido los ratios de aceptación esperados para que salga adelante. El riesgo de no acudir a la OPA podría resultar más gravoso que el riesgo de acudir, en mi opinión.
A partir de ahora, Berlusconi, que es accionista mayoritario (posee el 83% de mediaset-España), lanzará una OPA DE EXCLUSION, de la que seguramente, no saldrán bien parados la mayoría de los que no aceptaron la OPA de mediaset España (dependerá de los precios de compra que tengan). En la opa de exclusión, es obligatorio su aceptación, en teoría. Aqui resumo los escenarios abiertos en la OPA de exclusión sacado de la web
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La empresa que lanza la OPA de exclusión debe informar a sus accionistas del precio que estaría dispuesta a pagar por recomprar sus acciones. Deberá recogerse en el folleto a presentar ante el regulador y no podrá ser inferior a las siguientes consideraciones:
El precio de cotización medio durante el semestre previo a la OPA.
- El valor liquidativo de la sociedad.
- El valor teórico contable de la sociedad.
- El precio de una OPA producida en el año anterior.
- Otros métodos de valoración como el descuento de flujos de caja, múltiplos y transacciones comparables.
Sin embargo, en el caso de España, CNMV se reserva el derecho de revisar y aceptar o rechazar el precio ofertado si considera que este no se corresponde con el valor patrimonial de la compañía o no es justo de cara a los minoritarios. De hecho, cuando se anuncia una OPA de exclusión es porque existen grupos mayoritarios que controlan la junta general y consiguen aprobar la petición de exclusión incluso con la oposición de los minoritarios, con el objetivo de quedarse con la sociedad.
Por otro lado, el acuerdo de la exclusión de cotización debe adoptarlo la junta de accionistas y se produce en el momento en que se liquida la operación. La oferta puede ser anunciada tanto por la propia compañía sometida a la exclusión como por cualquier otra persona que tenga la aprobación de la junta general de accionistas. Por ejemplo, el accionista mayoritario.
Una vez liquidada la operación, los valores adquiridos pasan a formar parte de la
autocartera de la compañía, quien podrá amortizarlos o venderlos a terceros en base al precio pactado entre sí.
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