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Mercado gris de acciones de GOWEX

824 respuestas
Mercado gris de acciones de GOWEX
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Mercado gris de acciones de GOWEX
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#241

Re: Mercado gris de acciones de GOWEX

Para eso necesitamos saber cómo son esos contratos aquí en España, nos falta ese dato.

"Buf, se me está haciendo más largo que un dia sin bolsa"

#242

Re: Mercado gris de acciones de GOWEX

Bebebere, efectivamente, al que las prestó casi le interesaría que no pudiesen devolvérselas, así ejecutaría las garantías y saldría ganando.

"Buf, se me está haciendo más largo que un dia sin bolsa"

#243

Re: Mercado gris de acciones de GOWEX

Esa es otra duda. La custodia de las prestadas ¿a cargo de quién va? ¿del que las ha alquilado mientras las tiene, del dueño o van a medias, con "custodia compartida", como en los divorcios?
No negarás que conocer todo esto tiene gran interés, no solo para quienes tenemos Gowex, sino para todos.
Y prisa aquí, los cortos. Desde luego para vender a 0,01 no hay ninguna prisa poque, como ves, eso no es práctico ni para compensar plusvalías.

#244

Re: Mercado gris de acciones de GOWEX

Por si sirve de algo, como he comentado antes he preguntado sobre el tema de la venta de acciones en el Foro de Fiscalidad de Invertia, y alrodrigo (creo que es asesor fiscal) me responde que no queda nada claro como se declara la venta ya que en este caso no se puede fijar un precio de mercado al estar las cuentas de Gowex falseadas.

Que el lo que haría, sería si se venden a 4 euros (por poner un ejemplo), señalar ese precio de venta al hacer la renta, y esperar si Hacienda nos manda la "complementaria" por si ve irregularidades.
http://servicios.invertia.com/foros/allthread.asp?thread=15839239&comp2=FISCAL&idtel_comp=FR011FISCAL
(recomendable pinchar en el enlace y leerlo)

Si alguno tiene un amigo asesor, sería conveniente preguntarlo para saberlo seguro, pero parece que sobre este tema hay muchas dudas.

#245

Re: Mercado gris de acciones de GOWEX

En mi opinión, deberíais hacer la consulta en la Agencia Tributaria. Y si no os dan una respuesta convincente o no lo ven claro, hacer una consulta vinculante.

Hasta el momento, veo mucha similitud entre el caso de Gowex y el de Pescanova.

Creo que la consulta vinculante del enlace, se hizo precisamente para resolver la duda (que no es la misma que la tuya) al producirse la suspensión de pagos de la última empresa:

http://petete.minhap.gob.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=26755&Consulta=liquidaci%F3n+de+sociedad+mercantil&Pos=0&UD=1

Saludos.

#246

Re: Mercado gris de acciones de GOWEX

Hola Empty, ¿significa esto que Gowex vale 7,92 para Hacienda? Gracias

#247

Re: Mercado gris de acciones de GOWEX

Sí, es lo mismo que me acaba de contestar mi asesor fiscal, el que me hace la declaración de la renta, y cliente de mi mismo broker. Me ha dicho lo mismito, a él también le agarró el pufo y sigue de cerca el tema.
Dice que Hacienda no son nadie para adelantarse a acontecimientos, y que el valor de la acción es el de cierre, y que en un futuro ya se verá, pero por ahora, aunque Jenaro diga lo que diga, mientras no se demuestre todo eso, el valor es el que es.

Añado: Preguntado sobre las operativas de los cortos, me indica que tampoco lo sabe.

"Buf, se me está haciendo más largo que un dia sin bolsa"

#248

Re: Mercado gris de acciones de GOWEX

Yo creo que para hacienda y actualmente, GOWEX vale 7,92 euros (último valor negociado) o por el contrario vale:

Artículo 37 Normas específicas de valoración
1. Cuando la alteración en el valor del patrimonio proceda:
(...)
b) De la transmisión a título oneroso de valores no admitidos a negociación en alguno de los mercados regulados de valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros, y representativos de la participación en fondos propios de sociedades o entidades, la ganancia o pérdida se computará por la diferencia entre su valor de adquisición y el valor de transmisión.
Salvo prueba de que el importe efectivamente satisfecho se corresponde con el que habrían convenido partes independientes en condiciones normales de mercado, el valor de transmisión no podrá ser inferior al mayor de los dos siguientes:
El teórico resultante del balance correspondiente al último ejercicio cerrado con anterioridad a la fecha del devengo del Impuesto.
El que resulte de capitalizar al tipo del 20 por ciento el promedio de los resultados de los tres ejercicios sociales cerrados con anterioridad a la fecha del devengo del Impuesto. A este último efecto, se computarán como beneficios los dividendos distribuidos y las asignaciones a reservas, excluidas las de regularización o de actualización de balances.

Fuente: Ley Impuesto Renta Persona Físicas.

Lo que no creo es que valga (para hacienda) lo que pretenden alguno foreros: 0,01 euros a fin de compensar las minusvalías. En el caso de que se quiera aplicar ese precio (o cero), se debería esperar a la liquidación y ver cuál es ese valor.

Y sigo insistiendo, en que se consulte estos extremos en la Agencia Tributaria.

Saludos.