Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor
Y con las subordinadas a minoristas también lo tienen perdido seguro.
Y con las subordinadas a minoristas también lo tienen perdido seguro.
Pues de momento, el Santander NO se plantea ofrecer compensación ni con Subordinadas ni Preferentes. Veremos, porque se están demorando en la toma de decisiones.
Sii..pero creo que; el tema radica en cual.sera la base sobre la que cada uno fundamente su denuncia.
Si es por la acción del MUR
Si es por que; se adquirieron acciones ( lo que te convierte en afectado) influido por unas cuentas/ valoraciones que hoy se descubren falsas o auditadas con mala fe..
Si es por las acciones / declaraciónes o comportamientos de la directiva nueva..que han colaborado' en hundir el valor..
Si es por.,etc
Dependerá del fundamento sobre el que se base la reclamación de cada uno
Las cuestiones no son incompatibles, ejemplo puedes reclamar que el procedimiento del JUR no fue correcto, y si no te dan la razón reclamar que la Ak fue invalida por información falsa, culpando a los que hiceron las cuentas y a los reguladores de manera indirecta por su responsabilidad.
Lo que si es importante, y ahí entra la pericia de los abogados, es demandar sabiendo que plazos corren, porque si realizas una demanda, esperas el resultado para poner otra, puede que sea tarde.
Eso es lo que quiero saber si hay gato encerrado porque en ese caso a lo mejor no hago nada. Ya me han jodido bastantes € y no quiero que me jodan más.
Hay que ser un buen padre de familia para reclamar por la via civil por nulidad y CON ABOGADO a cuota fija diciendo al Juez "yo soy un buen padre de familia y mi gestor personal del banco Popular me engaño"
El extracto de calculos realizados en el informe Deloitte ya es publico.
Las compesaciones del Banco Santander existen, pero solo para clientes adinerados del Banco Popular que fueron asesorados por GESTORES PERSONALES, nunca para los especuladores bursatiles. Recuerdese que el Banco Popular Español cerro con una capitalizacion de 1.330,4 millones de euros.
No...pero no todos podrán acogerse a todas esas " razones" de haber invertido.
En mi caso; adquirí hace nos 10 meses después de la ampliación; aunque no en la emisión que la precede.
El plazo para ejercer cualquier derecho de este tipo( solicitar pago/ drvoluc de una cuantía indebida es de 4 años; desde que se produjo el pago improcedente o la resolución judicial que impugne o declare la improcedencia de dicho acto.