Ya conoceréis much@s de los expoliados de Abengoa, los tejemanejes de uno de sus acreedores, el banco Satánder, presuntamente delictivos y que han sido ya denunciados.
Forman parte y sustancian el contenido de las querellas presentadas por los afectados.
Nuevo palo para estos presuntos delincuentes financieros.
Consultad mi anterior post, sobre el caso Gowex y Ernst & Young, "administrador" concursal de Abengoa.
Os copio email recibido de uno de los bufetes, UNIVE , entre otros; hay más, por ejemplo ASUFIN, que pleitean contra ellos.
"Le escribimos para informarle de que ha recaído Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 25 de abril, que ha confirmado la sanción impuesta en mayo de 2019 por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) a Banco Santander, por omitir información y presentar datos engañosos sobre la remuneración de sus consejeros en los ejercicios de 2013 a 2015, y ello en su condición de sucesor de Banco Popular.
Así, el Tribunal Supremo ha ratificado su doctrina sobre la transmisión de la responsabilidad entre personas jurídicas por infracciones administrativas, en casos de fusión por absorción, confirmando que ello opera también en aquellos casos de infracciones cometidas por el consejo de administración de la entidad absorbida, en este caso, Banco Popular.
Esta sentencia respalda la teoría de que Banco Santander debe responder frente a los inversores de Banco Popular en el caso de que se declare que se cometió alguno de los delitos que se le imputan, tales como administración desleal, delito continuado contra el mercado, de falsedades documentales o apropiación indebida, pues la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 5 de mayo de 2022 se circunscribe a eliminar la responsabilidad civil de Banco Santander derivada del incumplimiento por parte de Banco Popular de la Ley del Mercado de Valores, lo cual no resulta óbice para que resulta responsable del resto de actuaciones llevadas a cabo por Banco Popular, como su sucesor.
Así ha ocurrido respecto de los datos engañosos ofrecidos respecto de la remuneración de los consejeros de Banco Popular y así entendemos que debiera ocurrir en caso de que finalmente se aprecie la comisión de alguno de los delitos antedichos.
Aprovechamos la ocasión para recordarle que solamente aquellos que intervengan en el proceso penal que se sigue ante la Audiencia Nacional mostrándose como parte tendrán garantizado el acceso a la posible indemnización derivada la comisión de tales delitos.
En este sentido, dado que ya se ha cerrado la fase de instrucción de dicho procedimiento penal, aquellos inversores que aún no se han personado en la causa tienen la oportunidad de hacerlo hasta que se produzca la apertura de juicio oral, que puede producirse en cualquier momento, por lo que aquel que desee personarse ha de hacerlo a la mayor brevedad posible. "
"A cada cerdo le llega su S.Martín "
Salud, compañer@s!