Re: Análisis fundamental de Johnson & Johnson
Gracias belisima. Es estupenda. Te pongo mi favorita, aunque ya la conoces. Es una gran canción, muy calida. BB3800
Gracias belisima. Es estupenda. Te pongo mi favorita, aunque ya la conoces. Es una gran canción, muy calida. BB3800
Un pequeño inciso a mi respuesta anterior, se me paso, pienso ...es solo una opinion personal que en este pais que maloncontrosamente(seguro que en castellano no existe, mecachis!..me entiendes? ), La torre dice que es buen momento, no lo creo de veras en un perido de recesion que nos v tocar vivir no es un buen momento, solo si encuentras chollos y tienes cash.
Aun asi dudo (soy pesimista en esto ) que nuestro pais pueda salirse tan facilmente de la que tenemos encima. El paro sera creciente, el poder adquisitivo cada dia mas precario.
Que te voy a decir si sabes mejor que yo, que has vivido en Alemania las diferencias que tenemos con los otros paise, eso solo lo podemos apreciar los que hemos vivido un lapso de vida fuera.
Un saludo nocturno Valentin, suerte con tus inmuebles..desdeluego que si!
Como no? antes de mirar, te lo prometo..ya sabia que era la de Nino Bravo.
Promis jurée.
BB 3802
Algunas puntualizaciones:
1.- Mi amigo no es religioso, por tanto no reza.
2.- No considero que 1.500 E, percibidos como dividendos, sea una cantidad que permita considerar a nadie "rico". Mas bien me parece infima.
3.- Los menores son en España propietarios legales desde el años 1.888 en el que se publico el vigente Código Civil.
Art. 164 Código Civil: "Los padres administraran los bienes de los hijos con la misma diligencia que los suyos propios".
Se reconoce en la misma Sección, con posterioridad el acceso a las herencias de los menores.
Los menores en el ordenamiento juridico español, pueden acceder a la propiedad y a la herencia, ostentando al representación sus padres, en cuanto titulares de la patria potestad, bajo la supervisión judicial en determinados supuestos.
En este supuesto, que conozco de referencia unicamente, la propiedad de los menores era consecuencia de una herencia familiar. La legislacion española no prohibe ser "rico". Tampoco prohibe las donaciones o herencias a menores.
4.- A eso no le llama "asesoramiento fiscal" sino un mero comentario que recoge la opinión personal del forero Margrave. El asesoramiento fiscal es contractual y retribuido, no concurriendo en el presente post (ni hilo), ninguna de ambos requisitos, pues ni hay contrato, ni percibo remuneracion ninguna por mis posts. En varios puntos del foro, se ha manifestado expresamente que mis posts constituyen simplemente opiniones personales, y que en ningun caso son recomendaciones, ni asesoramientos. Yo, Berebere, asumo mis responsabilidades, no las de los demas.
5.- La AEAT es una administracion publica, que como tal debe actuar con sometimiento a las Leyes por imperativo constitucional. Me temo que el Código Civil es una Ley, la que regula ademas las instituciones familiares.
6.- Me parece de sentido comun que si tengo que administrar el patrimonio de varios hijos menores, y voy a comprarles acciones, el aprovechar la exención fiscal en este caso, distribuyendo los lotes para que generen cada uno aproximadamente los 1.500 E, y mis administrados no tengan que tributar por ellos. Con el resto del patrimonio tal vez opte por otros activos menos gravados. La planificación fiscal no solo no tiene nada de siniestro, o ilegal, sino que es una OBLIGACION impuesta por el Codigo Civil a los administradores, que deben ejercer su cargo con la diligencia de un buen padre de familia, y rendir cuentas de su administración, en varios supuestos ante los Juzgados. Una persona que no entiende la responsabilidad financiero fiscal, no es competente a mi juicio para administrar un patrimonio.
7.- En este hilo eludi (e intento eludir en lo posible), los temas juridicos, por ser complejos, y muchas veces poco accesibles a los no expertos en ellos. Por otra parte mi interes reside en las finanzas, en el foro, aunque mi trabajo sea juridico. Sin embargo algun post como el tuyo, debe de aclararse legalmente, someramente, pues la fundamentación juridica es extenda.
Saludos
Tienes razón. Ya dije que las palabras de la Torre no van dirigidas a nosotros. Que van dirigidas a la gran banca institucional extranjera para dar salida a grandes paquetes inmobiliarios de nuestra banca.
Un saludo euro,
Valentin
"Be great at what you do"...Talmud www.rankia.com/6128763 http://bit.ly/2wDbccQ
"Madrid days". Una muy buena pelicula de Garci, si te gusta Sherlock Holmes. Contento de saludarte Marilyn
El Viernes, como el diluvio universal. Madrid bajo los paraguas. Luego levantó. Zapatos mojados. S 2
No careto. Me temo que era demasiado tendente al anarquismo. S 2