Sentencia Tribunal Supremo acciones BANESTO
En el procedimiento en cuestión, el demandante, prestario de Banesto, en una operación por la que el banco le prestó dinero para comprar acciones de la propia entidad, mediando un compromiso del mismo por el que no se desharía de las mismas hasta pasado un plazo establecido y por fases temporales definidas.
Lo cierto es que el prestario solicita la nulidad del contrato pues, desconocía el desfalco patrimonial que sufría esta entidad y que las acciones no valían lo que reflejaba su cotización.
`Pues bien, el Tribunal Supremo, ponente Marín Castán, desestima la pretensión del inversor porque sostiene que la volatilidad es inherente al mercado de valores, al igual que la fluctuación de los mismos. (Sentencia Tribunal Supremo 17-02-06.
El prestario solicitaba la nulidad de la operación por existir vicios en el consentimiento.
Esl o cierto que el razonamiento del Tribunal Supremo no puede ser más disparatado pues lo que aquí, en el caso de las acciones de 600.000 millones de pesetas, ocultado por la propia entidad, responable de ocultar información a sus clientes vulnerando la más elemental exigencia de transparencia.
Lo peor de todo es que con Sentencias comoo estas y magistrados como ese la seguridad jurídica y la transparencia bancaria no pasará de ser simple retórica sin reflejo real. El razonamiento no puede ser más disparatado, infantil e ignorante.
Otra cuestión que merece reflexión es: ¿Por qué los errores de los jueces benefician siempre al grupo Santander?