Artículo VI. Entrega de la Bonificación.
Verificado por el Banco el cumplimiento de los requisitos de la presente Promoción, la entrega
de la bonificación de 300€ (243 euros netos2
) correspondientes, de acuerdo con lo establecido
en el Artículo III, se realizará en la cuenta especificada en el proceso de adhesión (también es
la cuenta donde debe domiciliarse el ingreso). El abono se realizará una vez trascurridos los
primeros 14 días de primer mes, una vez verificado por el Banco la domiciliación de la nómina,
pensión o ingreso recurrente y el cumplimiento de la vinculación adicional mediante
domiciliación y pago de un mínimo de dos recibos o haber realizado dicho movimiento de
tarjeta de crédito.
Transcurridos los primeros 14 días del segundo mes, una vez verificado por el Banco que
ambos importes son iguales o superiores a 2.500 € y que provienen de una nómina o pensión
y no de un ingreso recurrente, se procederá al abono de la bonificación de los 100 € brutos(81€ netos3
) restantes.
Los primeros 14 días de cada mes, se verificará por el Banco la domiciliación de la nómina,
pensión o ingreso recurrente y el cumplimiento de los criterios de vinculación adicional:
el pago de al menos dos recibos o haber realizado dicho movimiento de tarjeta de crédito