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Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.

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Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.
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Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.
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#1

Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.

Buenos días amigos rankianos.

Hace unos días falleció mi madre. 

Ella era titular junto a mi padre (que aún vive) de la única cuenta bancaria que tenían en casa.

En ella cobra la pensión mi padre (mi madre no cobraba absolutamente nada) y tienen domiciliados todos los recibos (luz, agua, .....).

Las pregunta son:

¿Debo comunicar al banco que ha fallecido uno de los dos titulares?

¿Bloquearan la cuenta o algo parecido? (lo digo porque mi padre la necesita activa para seguir pagando sus recibos y demás).

En definitiva...¿cual es el procedimiento a seguir  y que va ocurrir ahora y que va a hacer el banco?

Muchas gracias por vuestra ayuda.


#2

Re: Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.

Hasta que no tengas el certificado de defunción el banco no bloqueará nada. Una vez lo tengas y lo presentes en el banco el banco procederá a bloquera el 50% de la cuenta, ya que el otro 50% corresponde a tu padre que está vivo.
En la cuenta se podrá operar con toda normalidad, salvo que el 50% del saldo que habia a fecha de la defunción de tu madre no se podrá usar. Este bloqueo se levantará cuando presentes la documentación que te requerirá los servicios juridicos de tu banco, entre ellos el testamento para saber quienes son los herederos y los modelos relativos al impuesto de successiones.
Siento lo de tu madre.
#3

Re: Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.

Muchas gracias Yuri78 por tu respuesta.

Me quedo un poco más tranquilo porque yo lo que quería es que mi padre (persona de 90 años con dependencia total) no tuviera ahora ningun "problema" administrativo/burocratico.

Si el banco solo bloquea la mitad del saldo, en principio no hay ningun problema.

Muchas gracias por tu ayuda en estos momentos.



Edito: Y si vamos ahora y sacamos todo el dinero de la cuenta y lo dejamos en casa de mi padre en metálico y la dejamos la cuenta con 1000€ (por decir algo para hacer frente a los recibos que vayan llegando)... el banco ya no podría bloquear nada... creo que se me escapa algo.
#4

Re: Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.

 y sacamos todo el dinero de la cuenta y lo dejamos en casa de mi padre en metálico y la dejamos la cuenta con 1000€  

mala idea
#5

Re: Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.

Hola hasr32.... no si no lo vamos a hacer,  pero claro al leer lo otro a los dos minutos me ha venido a la cabeza esto....
#6

Re: Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.

El banco sabe el saldo que habia en la cuenta a fecha de la defunción de tu madre y la mitad era de tu madre. Si no lo hay a dia de hoy, este dinero se deberá dar a los herederos de alguna forma que desconozco. Como te han dicho, no es bueno idea retiarlo ya que podria ser considerado como un alzamiento de bienes y meterte en problemas (y tramitar una herencia no es un proceso de dos dias y libre de escollos especialmente con Hacienda).
#7

Re: Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.

Gracias a todos. 

No, no lo vamos a tocar (solo nos falta eso: tener algun problema con hacienda).... Lo importante era que mi padre puede seguir haciendo uso de la cuenta (no la bloquean) para su dia a dia.

Gracias a todos.
#8

Re: Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.

¿Debo comunicar al banco que ha fallecido uno de los dos titulares?
Al banco cuanto menos mejor. 

Tienes que presentar el impuesto de sucesiones en la delegación de hacienda de tu comunidad antes de 6 meses desde el fallecimiento. Para presentarlo te piden un extracto bancario del año anterior al fallecimiento. Si vas al banco y dices que ha fallecido, lo primero que hacen es bloquear media cuenta incluso sin presentar el certificado de defunción.

No hay obligación de comunicar nada al banco.

Si quieres presentar el impuesto de sucesiones sin que el banco te bloquee nada, puedes imprimir el extracto en tu casa o ir al banco y decir que quieres el extracto sin decir nada de la defunción.

El impuesto de sucesiones tributa por el saldo el día de la defunción pero se mira hasta un año antes si se ha sacado gran cantidad y entonces calculen por saldo medio. No estoy seguro pero creo que calculan por el mayor entre el saldo medio anual o saldo a fecha fallecimiento. O sea, que si sacas mucha pasta tras el fallecimiento, no importa porque tributarás por el saldo a fecha del fallecimiento.

Cuando vayas a quitar a tu madre de titular de la cuenta (realmente no hay un plazo), el banco entonces se enteraría del fallecimiento y entonces es cuando bloquearía la cuenta y para desbloquear te pide copia del impuesto de sucesiones y testamento.
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Tampoco hay que pagar la plusvalía tras 4 años si no se vende o hereda. Hay gente que va y la paga sin saber que en su caso particular se la podía haber ahorrado.

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#9

Re: Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.

Eso si algún heredero denuncia porque no reciba lo que le toca.

Si es hijo único o se hace repartiendo de común acuerdo entre los herederos antes de que el banco bloquee, no pasa nada.

El banco no es un fiscal y repito que a Hacienda sólo le importa el saldo a fecha del fallecimiento y no le importa lo que se haga tras esa fecha. Tras esa fecha es un tema entre herederos.

Luego está el tema del testamento. Normalmente al cónyuge vivo le queda el usufructo, o sea, que tu padre dispondrá de todo el dinero tras el desbloqueo en el banco.

La "norma" popular es no mover papeles ni dineros hasta que mueran los 2 titulares (salvo el impuesto de sucesiones que es individual).

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#10

Re: Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.

Muchisimas gracias Monillo por la información.

La verdad es que en todos estos temas fiscales/administrativos yo soy lerdo total (reconozco mi incompetencia, las cosas como son).

Te explico:

Explico la situación para ponernos en contexto:

Matrimonio (mis padres) titulares de una cuenta.

Vivienda habitual (piso) de los dos: No sé si la vivienda era solo de mi madre o por el contrario era de mi madre y  al estar casado en regimen de gananciales pasó a ser de los dos (lo desconozco).
Por descontado que mi  padre va a seguir viviendo en su casa  hasta el final de sus días (faltaría más) y el dinero que hay en la cuenta (que no es mucho, más bien lo contrario) va a ser todo para él porque dado su situación lo necesita (hay que pagar a su cuidadora que está todo el día con él,....etc).

No hay nada más (ni acciones, ni plazos fijos, ni otras propiedades): repito solo la cuenta del banco y su vivienda habitual.

Mis padres siempre han sido unas personas humildes y trabajadoras.

Entonces ahora Monillo...¿cuales serían los pasos?

1.- Sacar un extracto bancario del ultimo año ...¿es correcto?  ¿del ultimo año natural (del 2022) o del ultimo año tomando como fecha la del fallecimiento?

2.- ¿Tenemos que ir al notario, registro o algo parecido?

3.- Para presentar el impuesto de suecesiones....¿hay que hacer primero algo de lo anterior (registro, notario...? ¿lo podemos hacer nosotros o lo tiene que hacer algun profesional (gestor, ....)

Como podrás ver estamos un poco perdidos y no sabemos muy bien cómo funcionan todos estos tramites. Afortunadamente para nosotros, es la primera vez que nos enfrentamos a ellos.

Gracias de nuevo por la ayuda a todos amigos Rankianos.

P.D: Mientras escribía estas líneas he puesto lo que los "abuelos" tenian/tienen y he puesto: SOLO el piso y una cuenta bancaria (con poco dinero), sin embargo lo más valioso nos lo dieron (con mucho sacrificio y esfuerzo por su parte)  en vida: educación y estudios y esto vale más que todo el dinero y propiedades que uno pueda tener... y en momento como éste te das cuenta.

#11

Re: Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.

 1.- Sacar un extracto bancario del ultimo año ...¿es correcto?  ¿del ultimo año natural (del 2022) o del ultimo año tomando como fecha la del fallecimiento?

2.- ¿Tenemos que ir al notario, registro o algo parecido?

3.- Para presentar el impuesto de suecesiones....¿hay que hacer primero algo de lo anterior (registro, notario...? ¿lo podemos hacer nosotros o lo tiene que hacer algun profesional (gestor, ....) 
1.- Lo único obligatorio mínimo es el impuesto de sucesiones antes de 6 meses.
- Si te lo hace una gestoría te olvidas de todo excepto de pagarle los honorarios de una pasta fija (unos 200€) + otra por cada heredero.
- Si lo presentas tú, pues gratis. Se puede descargar el programa de internet, instalarlo y rellenarlo. Es similar al programa PADRE antiguo de Hacienda para hacer la declaración.
Hay que acompañar al impuesto con el certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, testamento, extracto bancario de 365 días anteriores a la fecha del fallecimiento y ya no recuerdo si copia de las escrituras de las casas heredadas. La documentación exigida la indica el programa.

2.- No hay que ir al notario ni nada si heredan los hijos/cónyuge exclusivamente. 
- La plusvalía se debe pagar al Ayuntamiento antes de 6 meses, de 6 meses a 4 años con recargo y tras 4 años exenta de pagar. Así que si venderás o heredarás (cambiar el titular del piso en el registro de la propiedad) antes de 4 años, debes pagarlo ya. Si no lo pagas ahora y tu padre fallece en 2 años, pagarás recargo o tendrás que esperar hasta los 4 años de exento de pagar, para vender o heredar sin recargo.

3.- Lo puede hacer el interesado o una gestoría.

- Al notario se va cuando hereda alguien que no sea hijo/cónyuge.
- Si se va a cambiar la titularidad de alguna casa, el registro de la propiedad exige tener pagada la plusvalía. 
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Orden:
- Notario si hay herederos no hijos/conyuge para hacer documento de partición de herencia.
- Impuesto de sucesiones (único paso obligatorio. Incluye cert defunción, voluntades, testamento y cuentas).
- Banco: llevar el impuesto de sucesiones para desbloquear o cambiar titulares.
- Plusvalía si se prevee heredar o vender antes de 4 años.
- Registro de la propiedad para cambiar los titulares de las casas (piden plusvalía y pagas el impuesto de transmisiones patrimoniales).

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#12

Re: Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.

Hola Monillo de nuevo.

Acabo de sacar un extracto de la cuenta de mis padres por la web del banco.

Este extracto empieza con unos datos de identificación:
Nº de Cuenta: .....
Divisa: .... 
Titular: Manuel................. 
Selección: Desde el 01/01/2021 hasta el 11/06/2022 (las fechas que yo le he puesto.

Después de esto ya viene todo el listado de operaciónes de la cuenta.

Monillo; no sé si es correcto o no, pero en titular solo pone Manuel (mi padre) y no aparece mi madre.
No sé si es porque solo aparece el primer titular o por qué a lo mejor mi madre era solo autorizada de la cuenta (como lo soy yo) y no titular.... Ahora me queda ya la duda al ver esto.
#13

Re: Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.

En la web del banco te dirá los titulares e incluso se puede solicitar un certificado de titularidad de la cuenta. En la cartilla también pone los titulares en la primera página.
Si el único titular es tu padre y tu madre era autorizada, pues en teoría tu madre no tributa nada de la cuenta.
Si hay 2 titulares y el extracto sólo pone uno también te puede servir si aparece el numero de cuenta y adjuntas un certificado de titularidad.

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#14

Re: Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.

Llevo un rato intentandolo (en la web del Banco Sabadell) y no me sale.
Le doy a la opción de certificado y me dice: Titular a certificar: Manuel.... que es mi padre, pero no me da la opción de escoger a mi madre.
¿Será por que realmente no era titular de la cuenta y era solo autorizada?  (me va a tocar ir al banco a preguntarlo)
#15

Re: Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria.

- Mira la cartilla de papel.
- Lo mismo es que sólo te aparecen los datos del usuario y clave con el que entras a la banca online.
- Incluso puedes mirar los datos fiscales de Hacienda para ver todas las cuentas de las que es titular tu madre.

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