Sociedades Urgentes. El nuevo NEGOSIOH
Alucino con esta publicidad de Google que he visto hoy:
Buff:
sociedadesurgentes.com ¿Qué coño es esto?
Escuchen esto y vean el grado de cinismo al que llega este hombre:
http://www.ontinet.com/cgi-bin/d/gmc.cgi?url=http://www.gmc24.com/invtv_audio.zip
Lean esto:
¿Hasta qué punto existe confidencialidad en estas operaciones?
Total confidencialidad en el servicio
Muchas de las operaciones de nuestro servicio 24 horas son realizadas, lógicamente, por la agilización de los trámites de constitución, los cuales se reducen de entre 45 y 60 días que es lo habitual, a menos de 24 horas.
No obstante, no es menos cierto que otras operaciones se realizan con la intención de que la titularidad de alguno de los socios no sea de dominio público.
GMC24, desde sus inicios en 1990 ha basado su crecimiento y afianzamiento en el mercado, garantizando la total confidencialidad de todos los asuntos tratados. Somos conscientes de que manejamos información delicada y que debemos de custodiarla continuamente. De hecho, nuestra POLÍTICA DE CALIDAD, en vigor desde 1990 incluye en su punto décimo:
-Guardar y custodiar siempre la total confidencialidad de cada cliente
Todo lo relacionado con la operación de venta, así como todo el asesoramiento que se dé en cada caso, forma parte de nuestro secreto profesional, y en ningún caso trasciende al exterior. En cuanto a la información que figura en Notaría, tenemos también la absoluta seguridad de que es totalmente confidencial (salvo las comunicaciones que por Ley deban realizarse), y nos consta la absoluta seriedad de todos los Notarios y oficiales de Notaría con los que habitualmente trabajamos.
Desde nuestro despacho solo se facilitan datos que sean públicos (administrador, domicilio, objeto, y en definitiva todo lo que se inscribe en el oportuno Registro Mercantil.
¿Entonces, puedo tener la certeza de que si compro una sociedad NADIE SABRÁ QUE SOY SOCIO DE LA MISMA?
Con la legislación vigente, podemos garantizar que esto es prácticamente así. Por una parte, nosotros garantizamos que nunca comunicamos quiénes son los compradores de nuestras sociedades (sería necesario un mandato judicial). Los Notarios también tienen su secreto profesional y únicamente comunican las compraventas de forma estadística a la Hacienda Autonómica. La compraventa de participaciones es un acto NO INSCRIBIBLE, y por lo tanto nunca aparecen en el Registro Mercantil los compradores de las participaciones/acciones de sociedades, a diferencia de los socios constituyentes que sí que figuran como fundadores. Sólo hay una excepción: Cuando la sociedad se convierte en UNIPERSONAL. En dichos casos, hay obligación de declarar esa unipersonalidad dentro de los seis meses posteriores a la compra; no obstante, es muy fácil de evitar esa obligación. CONSÚLTENNOS.
El caso del administrador es distinto. Han de tener en cuenta que el nombramiento del administrador sí que se inscribe en el Registro Mercantil, por lo que sus datos sí que son públicos, pero el administrador no tiene por qué ser necesariamente socio de la mercantil, de manera que si el administrador es una persona y los socios son distintos, nadie tiene acceso a esta información, lo cual es totalmente legítimo siempre que los socios cumplan con sus obligaciones fiscales si las tienen.
Necesitamos comprar una sociedad, pero todavía no disponemos de administrador. ¿Podemos cambiarlo más adelante? Ustedes pueden cambiar el administrador tantas veces como lo crean necesario. Lo que no es posible es que no se nombre a ningún administrador en el momento de la firma y que sea el administrador constituyente el que permanezca en el cargo. Tampoco es posible nombrar a un administrador que no esté presente (salvo en el caso que mencionamos del poder especial en otro punto de esta sección) con el fin de que ratifique posteriormente.
No es que no sea jurídicamente posible, porque sí lo es, pero con el fin de garantizar a nuestros clientes un servicio correcto y ágil que no les dé p