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Morosa por problemas con el banco en 1993

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Morosa por problemas con el banco en 1993
Morosa por problemas con el banco en 1993
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Morosa por problemas con el banco en 1993

Hola,quisiera exponer brevemente un tema relacionado con mi mujer. En el año 1993 mi mujer trabaja en una empresa en la que su jefe le indica que necesita un crédito y que como a él no le dan más créditos que lo pida ella para él, en esa reunión se encuentra el director de la sucursal dónde tenía cuenta el jefe de mi señora el cual le indica que no se tiene que preocupar y que ella no tiene que pagar nada. Para inducirla a firmar le muestran un papel dictado por su jefe en el que se indica que él se hace cargo de las deudas del préstamo. El hecho es que se pagan un par de cuotas del préstamo y ahí se queda todo. El crédito vencía en 1998. En esos primeros años recibe una visita de la Entidad para constatar los hechos y la tratan como insolvente y nunca más vuelve a tener noticias del asunto ni tampoco ha recibido ninguna notificación de que sea una morosa.

Yo me entero de todo esto en 1998 y como da la casualidad que trabajo en el mismo banco dónde ella contrajo la deuda empiezo a intentar aclarar qué pasó. Mis propios compañeros me indican que se va a todas luces que hay una presunta estafa de por medio y encima me entero de que le costó el puesto al director de la oficina por las prácticas que hacía. Intento pedirle a los compañeros de la oficina que me aclaren la naturaleza contable de unos movimientos extraños de su cuenta pero nunca recibo respuesta.

Ya en el año 2010 me dirijo a la unidad de recuperaciones y contacto con el responsable funcional de morosidad de la Entidad, el cual tras una investigación concluye que se trata de una presunta estafa y solicita la condonación de la deuda. Para llevar a cabo esa condonación de la deuda el proceso ha de iniciarlo la oficina. La oficina se niega y todo queda muerto.

Ahora ha recibido mi mujer una carta de una empresa que ha recibido en cesión la deuda y que se la reclama. Según tengo entendido el artículo 1964 del código cívil establece un período de 15 años para efectuar reclamaciones o de 5 años según el artículo 1966 del código cívil. Obviamente han pasado mas de esos 15 años pero la deuda es como el guadiana y acaba de aparecer aunque la notificación ha llegado por correo ordinario.

Vivimos en Granada, ¿sabéis de algún profesional que pueda ayudarnos a deshacer este entuerto?