Duda alquiler IRPF
Sabéis alguno si el alquiler de una propiedad compartida por ej. por un matrimonio:
1- le es necesario la constitución de una comunidad de bienes ó en qué casos si es necesario montar la com.bienes para alquiler un piso? Porque si es necesario no se podría declarar como rendimientos de capital inmobiliario (apartado C)no? y tendría que ir a "atribución de rentas" (apartado F)?
2- Los gastos deducibles de amortización por la compra de la propiedad le es aplicable el coeficiente al precio de compra + iva + gtos notario y registro? Por lo que entiendo en el manual sí. ¿Y para los muebles que lleva consigo el piso alquilado lo mismo no?
Gracias anticipadas.
s2.