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Duda alquiler IRPF

3 respuestas
Duda alquiler IRPF
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#1

Duda alquiler IRPF

Sabéis alguno si el alquiler de una propiedad compartida por ej. por un matrimonio:
1- le es necesario la constitución de una comunidad de bienes ó en qué casos si es necesario montar la com.bienes para alquiler un piso? Porque si es necesario no se podría declarar como rendimientos de capital inmobiliario (apartado C)no? y tendría que ir a "atribución de rentas" (apartado F)?
2- Los gastos deducibles de amortización por la compra de la propiedad le es aplicable el coeficiente al precio de compra + iva + gtos notario y registro? Por lo que entiendo en el manual sí. ¿Y para los muebles que lleva consigo el piso alquilado lo mismo no?
Gracias anticipadas.
s2.

#2

Re: Duda alquiler IRPF

Cuando sobre algún derecho o algún bien existe cotitularidad ya existe una comunidad de bienes. Es más, la comunidad de bienes más común es la sociedad de gananciales.

Sucede que algunas comunidades de bienes además actúan como empresario (también válido en alguna otra excepción), y deben de cumplir unas formalidades, entre ellas las fiscales, y es aquí cuando entramos en el régimen especial de atribución de rentas.

Para calcular la amortización del inmueble debes de tener en cuenta que es el 3% sobre el mayor de dos valores: el coste de adquisición satisfecho (incluidos los gastos inherentes a dicha adquisición) o el valor catastral. En ambos casos debe de excluirse el valor del suelo. Y si este valor del suelo no se conoce se calcula prorrateando el coste de adquisición entre los valores catastrales del suelo y de la construcción de cada año.

Pero para el mobiliario cedido junto con el inmueble hay que aplicar las tablas de amortización aprobadas en relación con los bienes afectos a actividades económicas en régimen de estimación directa simplificada (en el manual de renta de la aeat la tienes en la página 178).

Saludos.

#3

Re: Duda alquiler IRPF

Pero ¿cuando a la comunidad de bienes le obligan a pedir el NIF y entonces tributar por "atribución de rentas"? Me imagino que será sólo en el caso de que alquiles un local o parking, los cuales repercutes el IVA y para pedir además la devolución del iva soportado de la compra o es posible también en el caso del alquiler de un piso que te obliguen a constituir "formalmente" una comunidad bienes y pedir el NIF a Hacienda? Perdona que te lo pregunte pero es que el Manual de la Renta no lo aclara específicamente.
Por otra parte, leyéndome dicho Manual, he visto que se puede aplicar el 3% de amortización a "la parte de la construcción" del precio de compra del piso más "los gastos inherentes a la compra". ¿Entiendes tú como yo que se podría incluir los gastos de notario, registro e impuestos de la hipoteca que sirvió para financiar esa compra? Y los gastos de comisión del 5% de la finca que te vende el piso también es "gasto inherente" tal como se define en "gastos de agencia"?
Como siempre en estos asuntos, estamos hablando de cómo lo interprete uno y otro, salvo que la experiencia te ayude a descifrar dicha interpretación.
Saludos y mercès como siempre al.rodrigo!

#4

Re: Duda alquiler IRPF

Cuando actúan como empresario o profesional, realizando una actividad empresarial o profesional es cuando lo van a exigir.

Efectivamente, gastos inherentes a la compra son el notario, el registro, el IVA o ITP, la comisión de la agencia.

Saludos.