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Cálculo del desempleo.

11 respuestas
Cálculo del desempleo.
Cálculo del desempleo.
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#9

Re: Cálculo del desempleo.

Evidentemente existe una clara diferencia de criterio a la hora de interpretar la ley entre nosotros y el INEM. El problema es que mientras no de su brazo a torcer o los tribunales digan otra cosa, lo que nosotros creamos no sirve para nada.

Entiendo que las diferencias no deben ser muy grandes, pero molesta el racaneo por su parte y la forma descarada de barrer para casa. De la misma forma que el trabajador que percibe sueldo mensual tiene que estar a las duras y a las maduras respecto a esa circunstancia, el INEM también debería pasar por el aro.

Yo calcularía la base reguladora según su criterio, más que nada para confirmar que no estoy equivocado en mis cálculos y que no se me está escapando algo.

EJEMPLO:

Si estoy en desempleo desde el 1 de marzo y tengo seis bases de cotización mensuales de 1.000,00 €, tengo 5.000,00 € correspondientes a febrero, enero, diciembre, noviembre y octubre, correspondientes a 151 días. Me faltan 29 días de septiembre y ahí viene la golfada: 1.000,00 / 30 * 29 = 966,67 €. Lo que nos daría 5.966,67 en lugar de 6.000,00.

La base reguladora diaria de la prestación sería 5.966,67 / 180 = 33,15, en lugar de 33,33.

Lo más curioso es que si haces las cuentas en el simulador de su web, nuestro criterio es el correcto. Claro que ya se curan en salud advirtiendo que solo tiene carácter meramente informativo y que el resultado no es vinculante.

No tienes más alternativa que presentar la reclamación previa a la vía judicial, en la que harás constar con los argumentos que consideres pertinentes, los motivos por los que estás en desacuerdo con la resolución y pedir su revisión. Con ello conseguirás que quede constancia de la pataleta y forzarás al INEM a que te de una respuesta por escrito que debería estar motivada y fundamentada en derecho. Lo más normal será que la reclamación sea desestimada, lo que te permitiría acudir a la vía judicial, aunque supongo que teniendo en cuenta que las diferencias son pequeñas, no creo que tengas ganas de rascarte el bolsillo y perder el tiempo, salvo que tengas ganas de guerra, que estés afiliado a un sindicato para que el proceso judicial te salga gratis o estés en condiciones de acceder a un abogado de oficio.

#10

Re: Cálculo del desempleo.

De nuevo gracias por tu respuesta. Pues si, voy a hacer lo que dices, voy a presentarles mi reclamación con el detalle de mis argumentos y así no tendrán más remedio que darme sus explicaciones basadas, aunque sea, en su interpretación de la Ley. Si la reclamación me la desestiman, como tu con buen criterio crees, lo dejaré correr, no estoy para pleitear en estos momentos ni para emplear unos cuantos euros en una batalla que tiene visos de estar perdida de antemano. Si no te importa te informaré de la respuesta que reciba del INEM.

#11

Re: Cálculo del desempleo.

Ha pasado ya algo más de un mes y como la prometido es deuda aquí tienes la ultima información sobre el tema. Efectivamente realicé la reclamación al INEM explicando los detalles en la cual basaba mi reclamación y la respuesta ha sido la esperada, la han desestimado, con un simple párrafo que dice en el apartado de Hechos:“No habiendo quedado desvirtuados los hechos en los que se fundamentó la Resolución inicial ante las alegaciones efectuadas, procede mantenerlos en los mismo términos. En los últimos 180 días naturales cotizados desde el 29/10/2008 al 3/05/2008 acredita una cotización total de ….. euros , es decir ….. euros diarios”. Acuerda: "Desestimar la reclamación previa mencionada” En mi caso como mi ultimo día laboral fue el 29 de Octubre, el INEM cuenta los días naturales desde aquí para atrás hasta llegar a los 180 días, es decir; 29 días de Oct., 30 días de Sept., 31 días de Ago., 31 días de Jul., 30 días de Jun. y 29 días de Mayo, que son los que les falta para llegar a los 180 días. Tanto en el mes de Octubre como en el mes de Mayo toman los días indicados haciendo el cálculo como tu bien dices; la base de cotización del mes divido por 30 y multiplicado por 29 días respectivamente. Total que el INEM me está cotizando cada mes por algunos euros menos respecto a la base de cotización que tenía en activo. En mi caso como ya me encuentro en el tramo de los últimos 15 años de cotización, esta forma de cálculo que hace el INEM me afecta negativamente en el cómputo global de cálculo de la futura pensión que pueda tener cuando llegue a la jubilación. Una vez llegado a este punto lo dejaré aquí, veo que no vale la pena seguir por la vía judicial y quemarme en una batalla que se ve perdida, aunque da mucha rabia que se salgan con la suya sin ser a mi juicio justo. Gracias por tu ayuda.

#12

Re: Cálculo del desempleo.

Ha pasado ya algo más de un mes y como la prometido es deuda aquí tienes la ultima información sobre el tema. Efectivamente realicé la reclamación al INEM explicando los detalles en la cual basaba mi reclamación y la respuesta ha sido la esperada, la han desestimado, con un simple párrafo que dice en el apartado de Hechos:“No habiendo quedado desvirtuados los hechos en los que se fundamentó la Resolución inicial ante las alegaciones efectuadas, procede mantenerlos en los mismo términos. En los últimos 180 días naturales cotizados desde el 29/10/2008 al 3/05/2008 acredita una cotización total de ….. euros , es decir ….. euros diarios”. Acuerda: "Desestimar la reclamación previa mencionada” En mi caso como mi ultimo día laboral fue el 29 de Octubre, el INEM cuenta los días naturales desde aquí para atrás hasta llegar a los 180 días, es decir; 29 días de Oct., 30 días de Sept., 31 días de Ago., 31 días de Jul., 30 días de Jun. y 29 días de Mayo, que son los que les falta para llegar a los 180 días. Tanto en el mes de Octubre como en el mes de Mayo toman los días indicados haciendo el cálculo como tu bien dices; la base de cotización del mes divido por 30 y multiplicado por 29 días respectivamente. Total que el INEM me está cotizando cada mes por algunos euros menos respecto a la base de cotización que tenía en activo. En mi caso como ya me encuentro en el tramo de los últimos 15 años de cotización, esta forma de cálculo que hace el INEM me afecta negativamente en el cómputo global de cálculo de la futura pensión que pueda tener cuando llegue a la jubilación. Una vez llegado a este punto lo dejaré aquí, veo que no vale la pena seguir por la vía judicial y quemarme en una batalla que se ve perdida, aunque da mucha rabia que se salgan con la suya sin ser a mi juicio justo. Gracias por tu ayuda.
(veras que por error hace unos dias me contesté a mi mismo cuando queria hacerlo a ti)