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Intereses por descubierto por retrocesion

5 respuestas
Intereses por descubierto por retrocesion
Intereses por descubierto por retrocesion
#1

Intereses por descubierto por retrocesion

El día 27/02/2014 me llego una transferencia duplicada. Moví el dinero a otra cuenta. El día 03/03/2014, con fecha valor 27/02/2014 y SIN AVISARME
, el Banco Santander ha hecho una retrocesion de la transferencia cuyo valor correspondía con la cantidad transferida de forma incorrecta. Producto de esto es que en la cuenta en la que me hicieron la retrocesion tuve un descubierto entre los días 03/03/2014 y 04/03/2014, de 1189,95. Este descubierto fue subsanado el mismo día 04/03/2014. ¿Pueden cobrarme intereses por este descubierto?

#2

Re: Intereses por descubierto por retrocesion

Si estás en descubierto en la cuenta aunque sea un sólo día, te cobran intereses por el descubierto, y por lo que comentas estuviste 1 día. El importe medio de la comisión de reclamación por posiciones deudoras es de 32,65€ (oscila entre 30 y 36,5€), a lo que habría que sumarle la comisión de descubierto, donde el mínimo son 18€ (4,5% de la cantidad), más el interés de demora que es el 29% TAE.

Sería  32,65€ + 18€ + 1,89€ (29% TAE) = 52,54€

Me parece que lo he calculado bien, pero aún así he cogido datos medios. Lo que más encarece los descubiertos son las elevadas comisiones por reclamación y el mínimo de posición por descubierto.

Aquí tienes las  comisiones del Banco Santander

#3

Re: Intereses por descubierto por retrocesion

Si te llega una transferencia duplicada lo normal es que avises al banco o al ordenante de que se ha producido un error.

Mover el dinero para otra cuenta es una mala opción como has podido comprobar.

En cuanto a lo del descubierto, posiblemente no te cobren si fue error del banco lo de la duplicidad. Si fue error del ordenante de la transferencia, posiblemente te cobren tratándose del Santander.

#4

Re: Intereses por descubierto por retrocesion

Para que te cobren la comisión por reclamación de posiciones deudoras tienen que reclamártelo efectivamente: con una llamada telefónica grabada, burofax, o similar.

#5

Re: Intereses por descubierto por retrocesion

Tu comentario da verdadero asco. Te retratas.

Únicamente tepodran cobrar según la Ley de Crédito al Consumo, una comisión de descubierto en cuentas corrientes de personas físicas máximo de 2,5 veces el interés legal del dinero (anual). Contrólalo porque se suelen cobrar más. Si el interés es del 4%, máximo te pueden cobrar el 10%. Un sólo día al 10% sobre 1190€ son unos 33centimos de euro, o 0.33€.

Por otro lado, la reclamación de posiciones deudoras debe estar justificada, es decir, notificada al cliente por correo o burofax certificado, no valiendo una carta automatizada. Esto es lo que dice el Banco de España al respecto de esta mala práctica bancaria; "En los expedientes relacionados, las entidades adeudaron a sus clientes la citada comisión sin haber acreditado que hubieran realizadones efectivas de reclamación, o que se cumplieran los requisitos que se indican anteriormente en los criterios generales,para que se estime que la aplicación de esta comisión es confo gestiorme con las buenas prácticas bancarias. A este respecto, se considera que resulta, cuanto menos, discutible que el automatismo del envío de cartas (diferido unos días respecto de cada fecha de impago/descubierto), generadas por ordenador comunicando la existencia del impago/descubierto, constituya una verdadera gestión."

No permitas que te cobren. Reclama, porque el banco de España te dará la razón. Hay infinidad de casos que ya se han resuelto a favor de los clientes bancarios.

#6

Re: Intereses por descubierto por retrocesion

Has usado un dinero que sabias que no correspondia. No veo por qué no han de cobrar.