Si lo conseguirá .... con mucha paciencia, pero se consigue .... http://www.bde.es/f/webbde/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/11/MSR2011.pdf página 150 ...
Comisión de reclamaciones de posiciones deudoras
Esta comisión constituye una práctica bancaria habitual, que tiene por objeto el cobro de los costes en que ha incurrido la entidad al efectuar las reclamaciones necesarias para la recuperación de los saldos deudores de su(s) cliente(s). Ahora bien, desde la óptica de las
buenas prácticas bancarias y ante la dificultad de las entidades de determinar a priori, y
de justificar, a posteriori, para cada caso concreto, la existencia efectiva de gestiones de
reclamación, es criterio del Servicio de Reclamaciones que su adeudo solo puede ser
posible si, además de aparecer recogido en el contrato, se acredita que:
– Su devengo está vinculado a la existencia efectiva de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor (algo que, a juicio de este Servicio, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el ordenador).
– Es única en la reclamación de un mismo saldo. En consecuencia, de declararse vencida anticipadamente la totalidad de la deuda, solo podría adeudarse una nueva comisión por este concepto, con independencia de que, por criterios internos de recuperación de impagados, dicha deuda sea pasada al cobro total o parcialmente. Caso distinto sería que en esas circunstancias se llegara a un acuerdo de refinanciación de la misma, de la que resultara un calendario de
nuevas cuotas a pagar. En este caso sí que sería admisible, de llegar a producirse nuevos impagos de las mismas, la aplicación de la comisión de referencia.
No obstante, se considera que su adeudo es compatible con la repercusión de los gastos soportados por la entidad como consecuencia, en su caso, de la intervención de terceros en las gestiones de reclamación (por ejemplo, notaría).
Por cierto, si se busca el mismo informe de 2010, de 2009 .... indica exactamente lo mismo, pero en otras páginas, creo que en uno está sobre la 60 y pico, y en el otro la noventa y algo, o al revés ...