Desenlace final. Bueno, ya está entendido, aunque el palo me lo llevo puesto.
Gracias a la referencia dada por Fitz pude consultar la normativa europea que establece que desde el 1 de julio del presente año, las transferencias en euros a la comunidad europea llevarán asociadas el cobro de comisiones iguales a las correspondientes a una transferencia en territorios nacional (no tuve acceso a los documentos originales, solo a la noticia). PERO, para poder disfrutar de tal ventaja debe suministrarse el número del IBAN, no el de la cuenta de destino. En efecto, en el mismo modelo de documento para efectuar transferencias que "La Caixa" posee, existe el apartado "Cuenta/IBAN". La transferencia que realicé el pasado 15 de este mes fue a una cuenta de la que se me suministró el IBAN, mientras que la transferencia realizada ayer se hizo a una cuenta en la que se me suministró únicamente el número de cuenta. Me cuadra con la superior competencia que le supongo al dueño de la primera cuenta, y que me ofreció datos de sentido común.
Al parecer en las transferencias hay unos costes asociados a un fondo denominado "Swift", o algo similar. No me extiendo porque no he pedido aclaraciones al respecto, pero viene a significar que no todo el monto de la comisión queda en manos del banco emisor, sino que hay otras entidades que también mojan el pedacito de pan en la yema.
El empleado que me ha atendido se ha extrañado al comparar los dos resguardos de transferencia, declarando que la de 2'7 euros era una comisión muy baja, y que la de 22 euros le parecía la correcta. Ha consultado a un "experto" que luego ha salido acompañándole (por si había mosqueo que frenar, ya se entiende) y me han dado las explicaciones oportunas.
Pero está claro que no se desviven por informar y cuidar estos detalles, ya que de aquí sacan no poco dinero. Ahora entiendo menos el anuncio publicitario (ya no me gustaba) que "La Caixa" está emitiendo en los medios públicos con el lema "¿Hablamos?". Porque callar, se callan cuando les interesa.
Pero está la parte de autocrítica: cuidar la elección del banco en el que contratas un determinado servicio, la necesidad de informarse, preguntar... Me llamó sin embargo muy fuertemente la atención de que esta normativa europea haya salido adelante por abusos tales como el cobro de 24 euros de comisión por una transferencia de 100 euros. Imagino que es el caso límite, el ejemplo más extremo, pero da a entender el extraordinario abuso que suponen las comisiones.
Me parece muy interesante el hecho de que tal vez exista una relación entre la incentivación de compras (comercio) en la comunidad y desde la comunidad. Durante varios años he ido realizando pequeñas compras a los EEUU, hasta que desagradables experiencias como graves desperfectos en las mercancías (demasiado trasiego y sin cuidado), aranceles, esperas desagradables en Aduanas, malos tratos de gente de Hacienda en aduanas (al intentar ver si se podía hacer algo al respecto de una mercancía delicada rota por maltrato, una agente que pasaba por allí me dijo: "¿Quién me dice que no lo has roto tú?"... aún aprieto los dientes al acordarme, seguramente pagué por algún otro pecador) IVAS (no es en sí el problema, pero si lo hacen mal, te lo cobran indebidamente allí y luego Hacienda te lo cobra aquí, lo pagas dos veces), etc, etc... en fin, he preferido pensar en comprar productos similares en Europa. Pero estas cositas de los bancos también frenan.
Corto ya. Espero que a alguno os pueda servir para no regalar dinero y me sentiré satisfecho en tal caso, penas compartidas son menos penas.
Saludos a todos.