Sanciones
Buenas,
tengo una serie de dudas con respecto a la nueva ley por la cual hay que informar de las cuentas abiertas en el extranjero y posibles sanciones que según leo son 10000 euros, yo tengo abierta una cuenta en Francia, pero de manera más bien simbólica, es decir, apenas he tenido una media de 150 euros en ella y están en la cuenta corriente, por lo que ni tan siquiera me ha rentado nada, ni por supuesto he contratado productos de ningún tipo en dicha entidad. Supongo que esas sanciones irán encaminadas a aquella gente que haya obtenido rentabilidades a través de productos comercializados por dichas entidades extranjeras y no lo hayan declarado, y no simplemente por tener una cuenta abierta, no sé, si alguien me lo puede aclarar...
Desconozco también cuando entrará esta ley en vigor y supongo que informarán a la gente debidamente la forma de proceder.