Javivi, gracias pero lo que has puesto ya lo conocía y eso no es. Lo que has puesto es la orden que regula la declaración de movimientos de medios de pago, esto es para movimientos de efectivo y cheques con origen en territorio nacional.
Viene a decir que si vas a mover 10.000 euros en algunas de esas formas con destino en el extranjero o 100.000 euros con destino nacional, tienes que pasar por una oficina de Hacienda y rellenar una declaración. Esta orden la sacaron en 2006 sobre todo para actualizar las cantidades, que antes eran de 6.000 y de 80.500 euros, respectivamente.
En esa orden no se dice nada de los movimientos bancarios y mucho menos de que los bancos deban informar a partir de 3.000 euros. De hecho, me parece una cantidad muy pequeña.