Acceder

¿Se puede abrir una cuenta corriente en un banco físico con 5 titulares y que la gestione uno sólo?

10 respuestas
¿Se puede abrir una cuenta corriente en un banco físico con 5 titulares y que la gestione uno sólo?
¿Se puede abrir una cuenta corriente en un banco físico con 5 titulares y que la gestione uno sólo?
Página
2 / 2
#9

Re: ¿Se puede abrir una cuenta corriente en un banco físico con 5 titulares y que la gestione uno sólo?

Espero que alguien le diga a este señor los problemas que le puede acarrear tener mas titulares en la cuenta. Efectivamente tener mas titulares es pagar menos porque el dinero se reparte entre los titulares, lo que quiere decir que si cualquiera de sus sobrinos,se muere, tiene un embargo, etcc. lo va a pagar el. Y te puedo asegurar que si por casualidad le llega un cargo de una multa de cualquier sobrino simplemente porque no hayan podido notificarsela y embargaran el importe de cualquiera de sus cuentas con la mala suerte de dar con esta, estais todos desheredados. Y lo digo por experiencia ajena

#10

Re: ¿Se puede abrir una cuenta corriente en un banco físico con 5 titulares y que la gestione uno sólo?

Legítima ????

No es lo mismo 'herederos legales' que 'herederos forzosos' (o 'legitimarios'). En este caso, de tios a sobrinos, no hay legítima. Toda la herencia, si el tio hace testamento, es de 'libre disposición' y se lo puede dejar a los sobrinos que quiera, o para misas. Si no hace testamento, entonces si que pueden aparecere más herederos (hermanos, otros sobrinos...).

Sobre lo que dice Jaloke, no sólo una multa de tráfico. Puede llegarle también embargo de S.Social, Hacienda, de entidad bancaria por financiacion fallida, una deuda por alimentos,... en fin, cualquier deuda que desemboque en un embargo.

S2

#11

Re: ¿Se puede abrir una cuenta corriente en un banco físico con 5 titulares y que la gestione uno sólo?

Tienes razón, me he equivocado al utilizar el término legal en vez del forzoso.

Sobre lo que comentas de "libre disposición" de toda la herencia. No sé si dependerá de la CCAA, pero al menos aquí, en Euskadi tengo entendido que no puedes dejar fuera de la herencia a los herederos forzosos.