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Carta de una Plataforma Blanca a Gil Robles Abogados

50 respuestas
Carta de una Plataforma Blanca a Gil Robles Abogados
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#1

Carta de una Plataforma Blanca a Gil Robles Abogados

He recibido en mi e-mail esta carta, que reproduzco pues me parece de interés:

Sr Gil Robles, desde la Plataforma de xxxxxxxxxxxxxx, nos ponemos en comunicación con Vd., tras los últimos comunicados que nos ha remitido y dado que tras una pormenorizada lectura de los mismos, hay muchas cuestiones que se nos escapan, y seguramente Vd. nos podrá aclarar varios puntos.

En primer lugar no entendemos como se califica de “propaganda”, lo que sencillamente es reproducir lo pronunciado por el Juez de lo Mercantil, Sr. Vaquer cuando en su Providencia de fecha 18 de enero de 2011, les indica a los Administradores Concursales, que vuelvan a presentar el plan de liquidación, teniendo en cuenta la doctrina establecida por la Sentencia de la Sala 4ª (entendemos que su Señoría quiso decir sala 3ª) del Tribunal Supremo de 9.12.2010 y 13.12.2010. Recordamos que en estas sentencias se dictamina la NATURALEZA MERCANTIL de las operaciones entre Afinsa y sus Clientes, y desde su bufete, reiteradamente nos han venido diciendo que estas sentencias de lo contencioso no afectarían al proceso concursal. Bueno, pues vemos que ya están afectando.

Otra cuestión de la Providencia del Juez de lo Mercantil, es que indica también a la Adm. Concursal, que elabore nuevamente el Plan de Liquidación teniendo en cuenta “la individualización e identificación de los bienes afectos a los contratos de compraventa (RECONOCE EL JUEZ QUE SON MERCANTILES POR TANTO) celebrados con los clientes”. Aquí surge inmediatamente la cuestión de que siendo nosotros PROPIETARIOS DE LA FILATELIA quienes queramos recuperar lo que es de nuestra propiedad, qué pasos tenemos que dar, y ello aun cuando se nos diga que vamos a dejar de ser acreedores de este concurso.

Lo último relativo a esta providencia. Dado que Vd. tiene mucha más experiencia que nosotros en estos temas, podría aclararnos qué ha querido decir el Juez Vaquer cuando en su Providencia les dice a los Adm. Concursales que “en cuanto a la conformación del activo NO HAY FUERZA DE COSA JUZGADA y sin embargo en cuanto a la conformación del pasivo SI HAY FUERZA DE COSA JUZGADA”. Nosotros tal y como lo entendemos e interpretamos es que el activo se puede modificar ( los sellos que figuraban como propiedad de Afinsa se sacan del activo) y por el contrario el pasivo es inalterable (las deudas con los clientes van a seguir estando ahí pase lo que pase, incluso si yo retiro la filatelia DE MI PROPIEDAD). No lo entendemos, y le pedimos a Vd si puede aclararnos este punto.

Para acabar, tras la lectura de sus respuestas dadas a los miembros de la Federación, solo nos cabe plantear si Vd. como abogado nuestro realmente busca nuestra defensa o solo la condena de los a día de hoy SOLO IMPUTADOS y nos explicamos:

Tras leer el citado documento, vemos que nos viene a decir que la única posibilidad de que recuperemos nuestro dinero se daría en el caso “poco probable” de que en el proceso penal, los a día de hoy SOLO IMPUTADOS fuesen absueltos. Esto lo decimos porque parece descartar la vía del Tribunal Constitucional, la vía de los Tribunales Europeos, nos dice también que en caso de condena penal de aquí podremos recuperar lo que del patrimonio de los ENTONCES SÍ CONDENADOS se pueda sacar, la vía política tampoco parece tener buena pinta y en definitiva qué nos queda. Por esto mismo es por lo que le decimos que si realmente nos defiende a sus clientes afectados, tome la línea que más nos pueda beneficiar (entendido esto como RECUPERAR LA MAYOR PARTE DE NUESTRO DINERO).

En conclusión y como ya le dijimos en nuestra anterior comunicación de principios de enero:

¿Qué podemos esperar de sus actuaciones jurídicas y qué piensa que podemos recuperar?

¿Si lo que recuperemos, exclusivamente procede de la liquidación que se lleve a cabo, qué nos diferencia a nosotros de otros afectados que no están representados por nadie?

¿Si en su escrito de contestaciones señala que solamente en caso de archivo o absolución, por parte de la empresa se podrían reclamar y recuperar, en su caso, 2.600 millones aproximadamente que pasarían a formar parte de la masa, cual es la razón jurídica de no impulsar este camino?

En caso de que se abriera otra vía de reclamación contra determinadas personas, aun cuando fuera favorable a los antiguos administradores de Afinsa, ¿desde su bufete se emprenderían las acciones pertinentes en este sentido, cuando ello nos fuera favorable a los afectados clientes suyos?

Nos despedimos agradeciéndole su interés y remitiendo a nuestros asociados esta consulta, al igual que al resto de Plataformas por si alguna quiere añadir algo no mencionado por nosotros.

JUNTA DIRECTIVA P.B XXXXXXXXXXXX

#2

Re: Carta de una Plataforma Blanca a Gil Robles Abogados

No entiendo el "misterio" de la autoria de esta carta. Se trata de Ciudad Real y no es ningún secreto, la habéis enviado a las Plataformas, aunque la mayoría, me consta que ni se sienten dueños de los sellos, ni los van a reclamar porque no son sellos lo que queriamos los afectados, sino el interés pactado.
Y tampoco es un secreto la "tendencia" de la citada Plataforma, a la cabeza de la cual creo que hay un ex delegado de Afinsa y donde hay exempleados de Afinsa, ya se sabe que siguen la linea conocida por todos.
Están en su derecho, aunque la mayoría de afectados vayamos por otro camino.

#3

Re: Carta de una Plataforma Blanca a Gil Robles Abogados

les indica a los Administradores Concursales, que vuelvan a presentar el plan de liquidación,
es que indica también a la Adm. Concursal, que elabore nuevamente el Plan de Liquidación
No indica eso, no tienen que "volver" a presentar, ni nuevo, pide COMPLEMENTAR CON ALTERNATIVO.
siendo nosotros PROPIETARIOS DE LA FILATELIA quienes queramos recuperar lo que es de nuestra propiedad
A quién quieren engañar? que afectados de verdad quieren esos sellos? Veis lo que decía? si no se deja bien clara la postura de la mayoria estos cuelgan la rueda de molino.
tome la línea que más nos pueda beneficiar (entendido esto como RECUPERAR LA MAYOR PARTE DE NUESTRO DINERO).
Entonces que quieren sellos o dinero?..... que se aclaren.... Que quieren decir? que para ellos recuperar el dinero es recuperar los sellos?,...... PERO A ESTAS ALTURAS QUEDA ALGUIEN QUE CREA QUE LOS SELLOS VALEN ALGOOOOO????. Y eso por no hablar de la defensa de los de momento "solo" imputados....
#4

Re: Carta de una Plataforma Blanca a Gil Robles Abogados

A mí me parece que quieren ambas cosas, primero sus sellos, porque son suyos según opina tambíen últimamente el Juez Vaquer, y luego recuperar su dinero en base a los pactos recogidos en los contratos que se han reconocido como mercantiles, legales y válidos por el mismísimo Tribunal Supremo. Aunque solamente es mi opinión, mejor les preguntas a ellos y sales de dudas.

#5

Re: Carta de una Plataforma Blanca a Gil Robles Abogados

En un par de semanas, voy a asistir a una asamblea de una Plataforma. Espero pregunten si alguien está interesado en recuperar los sellos y si no lo preguntan, lo plantearé yo.

Yo, desde luego, no quiero para nada las estampitas, porque nada valen y NUNCA QUISE COMPRARLAS, SINO EL INTERÉS QUE ME OFRECIAN POR EL PLAZO FIJO, aunque tuviese otro nombre.

Pero prometo informaros sobre la aceptación de esa "propiedad" con toda la claridad que allá se nos diga. Adelanto que en comentarios con otros afectados y en otras reuniones, nunca nadie manifestó el mínimo interés por los sellitos. NADIE.

#6

Re: Carta de una Plataforma Blanca a Gil Robles Abogados

Tú lo puedes llamar como quieras, imposición a plazo fijo o deconstrucción de jamón de jabugo, o mejor todavía, quiniela filatélica. Eso no cambia nada ¿No crees? Es la normativa vigente, las leyes y normas las que definen la naturaleza de las transacciones y negocios que realizan las personas. Las cosas son lo que son y como son. Las opiniones son algo absolutamente subjetivo y no necesariamente se ajustan a la realidad.

#7

Re: Carta de una Plataforma Blanca a Gil Robles Abogados

Veo que no me explico...lo de "deconstrucción del jamón", sea de Jabugo, sea de Guijuelo, es cosa tuya en la que no entro. Las normas, no determinan la naturaleza, es la naturaleza quien condiciona las normas. Si hay tempestad, puedes llamarle calma chicha, pero no deja de llover, relampaguear y rafaguear el viento y por ello, la naturaleza, actúa como es, aunque lo llamemos "calma chicha" o bonanza...que es lo que pretendeis hacer algunos.

Si yo te vendo mis sellos -aprovecho la ocasión: ¿los quieres a mitad de precio?- sin cláusula de recompra ni condición de intereses, sería en mi opinión, y en la de un novel en derecho mercantil, una compraventa especulativa y por ende, una operación mercantil. Aunque algunos de vosotros, la llameis financiera para justificar lo injustificable.

Otra cosa, es que vayamos a las pajinianas normas de la Aido y empecemos con lo de "miembros y miembras" para cambiarlo todo y, a partir de ahora, para asentir, digamos "NO" y para negar, digamos "SI", camino por el que empezáis a andar algunos y que es respetable, aunque no se entienda.

#8

Re: Carta de una Plataforma Blanca a Gil Robles Abogados

Que denomines "normas pajinianas" a las sentencias de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo ya tiene su gracia, ya. Yo no empiezo a andar ni a desandar nada. Es el propio asunto el que va discurriendo por caminos que no gustan a todos, según compruebo.

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