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Estos si, vaskos con dos kojones

11 respuestas
Estos si, vaskos con dos kojones
Estos si, vaskos con dos kojones
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#2

Re: Estos si, vaskos con dos kojones

Grisson desde hoy te digo que este gobierno irá casi de pleno a la cárcel o los imputarán por corrupción y otras fechorías más adelante...como el del Sr. González.

El tiempo lo dirá...

Un saludo

#3

Re: Estos si, vaskos con dos kojones

No lo dudo, pero es que esto seria muy fuerte, ver a todos desfilar por el banquillo no me lo perderia por nada del mundo. Mira el nombre de todos estos personajillos de farandula, son pateticos.

corto y pego.

TRAMA FILATÉLICA

Afectados por la crisis de Fórum Filatélico se querellan contra 12 ministros del PSOE y el PP

Les acusan de omisión del deber de perseguir delitos y abandono colectivo de un servicio público

BELÉN FERRERAS

BILBAO.- Un grupo de afectados por la crisis de Fórum Filatélico, en su mayoría del País Vasco, ha interpuesto una querella criminal ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo por una presunta comisión de delitos contra la Administración Pública, contra 12 ministros -ocho de Sanidad y Consumo y cuatro de Economía y Hacienda- de los distintos Gobiernos del PP y del PSOE desde el año 1989 hasta ahora.

La querella, dirigida también contra 11 funcionarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y del Instituto Nacional de Consumo, entre ellos los sucesivos directores de estos organismos, imputa a estas autoridades la presunta comisión de dos delitos tipificados en el Código Penal en relación con la «omisión del deber de perseguir delitos» y «el abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público esencial». Por ello, solicitan la «responsabilidad penal de las autoridades y funcionarios» contra los que va dirigida la denuncia y la consecuente responsabilidad patrimonial del Estado por entender que han cometido una infracción por acción u omisión.

Es decir, consideran que la infracción se ha producido bien «permitiendo que (los afectados) invirtieran en una empresa que presuntamente actuaba fuera de la legalidad», si se acredita que sus responsables estaban delinquiendo desde hace años, o bien, «creando una alarma social sin precedentes que ha puesto en peligro la recuperación de las inversiones efectuadas», si se demuestra que sus operaciones eran correctas.

La querella, presentada por el letrado Javier Martínez de San Vicente, del bufete Abogados Asociados Alaveses, representa a un total de 300 afectados, más de la mitad de ellos de Vizcaya y Alava, y el resto de Guipúzcoa, La Rioja, Navarra, Madrid, Palencia y Extremadura. Actualmente está pendiente del informe del fiscal para su admisión o no a trámite, y ha sido presentada ante el Tribunal Supremo por la condición de aforados de muchos de los denunciados, ya que incluye a ex ministros que son ahora diputados o senadores o miembros del actual Gobierno.

Los ministros denunciados son Julián García Vargas, Julián García Valverde, José Antonio Griñán, María Angeles Amador, José Manuel Romay Beccaría, Celia Villalobos y Elena Salgado, como responsables de la cartera de Sanidad y Consumo desde 1989 hasta hoy. En cuanto a responsables del Ministerio de Economía y Hacienda, la querella se dirige contra Carlos Solchaga, Rodrigo Rato, Cristóbal Montoro y Pedro Solbes. Por su parte, entre los altos funcionarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria figuran Ignacio Ruiz-Jarabo, Juan Costa, Estanislao Rodríguez Ponga y el nuevo gobernador del Banco de España, Miguel Angel Fernández Ordóñez.

El escrito considera «obvio» que los responsables de la presunta estafa «no actuaron escondidos o mediante engaño». «Sería la primera estafa donde todos los agentes sociales tienen conocimiento de ella, y sin embargo, permiten su comisión», dice. Además, argumenta basándose en la querella de los fiscales contra Fórum que «su presunta irregular forma de proceder ha sido una constante desde que hace más de 20 años comenzaron a captar dinero». En este sentido, considera «rocambolesco y trágico» todo lo ocurrido y duda de que «un desfase patrimonial de estas dimensiones», 3.500 millones y 350.000 personas afectadas, «pueda ser tan imperceptible para clientes, auditores, empleados, aseguradoras, inspectores y demás involucrados en el negocio; y que de la noche a la mañana, una actividad, en principio de buen funcionamiento, con benefic

#5

Re: QUE NO NOS CONFUNDAN

Hablar de conspiraciones políticas, judiciales o errores de cierta inspectora de hacienda... es ridículo y solo puede formar parte de esa “blancura colectiva” que sobrevuela por esta estafa. Decir que una inspectora se puso a investigar un caso hace unos años y que cierto día exploto todo por un acuerdo político-judicial para tapar “el caso” Bono de gran repercusión mundial y que todavía colea por los medios toda España como “el escándalo” más importante de nuestra historia... es tan ridículo... y ahora ampliar esta conspiración “de las mas importantes de la historia de la humanidad” para esconder el fin dialogado de la violencia es decir ridiculeces de magnitudes desconocidas. Repito que decir estas cosas solo puede formar parte de esa blancura colectiva que no quiere entender que con un patrimonio de 570 millones de euros que según el administrador judicial, es imposible cumplir con los compromisos que tienen con nosotros de comprarnos nuestros sellos por mas de 2100 millones de euros que como dice el fiscal Alejandro Luzón, el debate no es si la sociedad es financiera o mercantil, sino el desfase patrimonial que tenía la entidad y que el conjunto de activos estaban una sexta parte por debajo de lo que debían devolver en los compromisos financieros de recompra y la rentabilidad ofrecidas... Que los directivos de Afinsa están acusados de un delito de estafa de los artículos 248 y siguientes del Código Penal, así como de un delito de falsedad documental, castigado en el artículo 395 del Código Penal. Sin perjuicio de una mejor calificación una vez determinados con precisión los hechos tras la pertinente instrucción... blanqueo de capitales, administración desleal, un delito contra la hacienda publica y de un delito de insolvencia punible... en fin... delitos de los que nos acusan todos los días a los Españoles... Que si las informaciones periodísticas son las ciertas y el capital liquido que disponía Afinsa es de solo 170 millones de euros... y pensando que todo ese dinero estuviera únicamente disponible para rescindir nuestros contratos (no para pagar impuestos, salarios de empleados, hipotecas...) con solo un 5% de personas que quisiéramos rescindir nuestros contratos la empresa se quedaría con liquidez cero... en fin... la solvencia de la empresa en que confiábamos en era ¿impresionante?... por no hablar de bienes tangibles que se pueden comprar con “rebajas” del 92%, pagando 8 sobre lo que valía 100 cuando su proveedor aun los adquiría mucho mas barato y se enriqueció de la nada... es decir... quizás Guijarro los adquiría por 2 o 3... es una tomadura de pelo... ¿quién puede comprar miles de pisos con rebajas del 92%? ¿Quién puede comprar miles de obras de arte pagando un 92% menos de su supuesto valor? La demanda que existía se reduce solo a que cada día que pasaba éramos mas los estafados, cada día que pasaba algunos timados mas su unían a nuestro club... una estructura piramidal como bien hemos aprendido y que nunca se nos olvidara lo que significa. Repito que no existía negocio, que los sellos no se revalorizaban y que dudo mucho que los expertos filatélicos se abalancen como animales por unas “estampitas” que ni son antiguas, ni exclusivas y sobre todo que parecen difíciles de colocar... por no entrar en lo ya confirmado del caso Forum... donde el fiscal anticorrupción añadió además que, en el negocio, se "fingían" pagos como intereses, tal y como reconoció uno de los consejeros, Francisco López-Gilarte, ante el juez Fernando Grande-Marlaska, titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional... en fin... "era una burbuja que tenía que acabar por reventar"... en fin... UNA ESTAFA que ha durado más de 25 años...

#6

Re: Código Penal... en fin... AFINSA era una estafa

Lo que dice el Código Penal relativo a las estafas.

CAPÍTULO VI.

DE LAS DEFRAUDACIONES.

SECCIÓN 1. DE LAS ESTAFAS.

Artículo 248.

1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.

2. También se consideran reos de estafa los que, con ánimo de lucro, y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante consigan la transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de tercero.

3. La misma pena se aplicará a los que fabricaren, introdujeren, poseyeren o facilitaren programas de ordenador específicamente destinados a la comisión de las estafas previstas en este artículo.

Artículo 249.

Los reos de estafa serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años, si la cuantía de lo defraudado excediere de 400 euros. Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios empleados por éste y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción.

Artículo 250.

1. El delito de estafa será castigado con las penas de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses, cuando:

a)Recaiga sobre cosas de primera necesidad, viviendas u otros bienes de reconocida utilidad social.

b)Se realice con simulación de pleito o empleo de otro fraude procesal.

c)Se realice mediante cheque, pagaré, letra de cambio en blanco o negocio cambiario ficticio.

d)Se perpetre abusando de firma de otro, o sustrayendo, ocultando o inutilizando, en todo o en parte, algún proceso, expediente, protocolo o documento público u oficial de cualquier clase.

e)Recaiga sobre bienes que integren el patrimonio artístico, histórico, cultural o científico.

f)Revista especial gravedad, atendiendo al valor de la defraudación, a la entidad del perjuicio y a la situación económica en que deje a la víctima o a su familia.

g)Se cometa abuso de las relaciones personales existentes entre víctima y defraudador, o aproveche éste su credibilidad empresarial o profesional.

2. Si concurrieran las circunstancias 6 o 7 con la 1 del número anterior, se impondrán las penas de prisión de cuatro a ocho años y multa de doce a veinticuatro meses.

Artículo 251.

Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años:

1.Quien, atribuyéndose falsamente sobre una cosa mueble o inmueble facultad de disposición de la que carece, bien por no haberla tenido nunca, bien por haberla ya ejercitado, la enajenare, gravare o arrendare a otro, en perjuicio de éste o de tercero.

2.El que dispusiere de una cosa mueble o inmueble ocultando la existencia de cualquier carga sobre la misma, o el que, habiéndola enajenado como libre, la gravare o enajenare nuevamente antes de la definitiva transmisión al adquirente, en perjuicio de éste, o de un tercero.

3.El que otorgare en perjuicio de otro un contrato simulado

#8

Antonio100 y ud, a quien quiere engañar?

No creo que nadie se crea que es ud, un pobre presuntamente estafado, para mi es un infiltrado que esta muy activo ultimamente , sus jefes se estan poniendo nerviosos?.
No me hable de leyes que los que las tienen que respetar son los primeros que pasan de ellos . Ejemplo, el mismo PSOE ha reconocido(claro internamente) que la intervención no ha sido legal. pero que hay que seguir adelante.