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Agravios comparativos

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Agravios comparativos

AGRAVIOS COMPARATIVOS; TRATOS DE FAVOR Y AMIGUISMOS

El Estado pagará el 62% de las indemnizaciones de los ahorradores que compraron acciones de Bankia.
Ante todo nos alegramos por los ahorradores de Bankia, por las personas que pusieron sus ahorros, pero no comprendemos por qué exiten estos tratos de favor, cuando hablamos de las empresas sometidas.
Bankia es una empresa privada, y los errores cometidos han sido propiciados por la propia entidad y sus dirigentes.
Aún así el "papa" Estado les ayuda.
Debería de hacerse cargo, de dichos errores, la propia entidad Bankia, de solventar esas compras de acciones de los inversores y no ser el Estado quien aporte tal cantidad de dinero. Hasta 600 millones de Euros.
En cambio a Afinsa y Fórum, las hundieron, y si te veo no me acuerdo.
Las empresas Afinsa y Fòrum, nunca engañaron como si lo hizo Bankia.
Las empresas Afinsa y Fórum, tenian suficiente capacidad para devolver hasta el último centimo a todos y cada uno de sus ahorradores.
Y para colmo "papa" Estado, no tan siquiera no tiene intenciones de ayudar a los ahorradores de Afinsa y de Fórum, si no que aún están extrayendo por medio de los Administradores Concursales los dineros que todavía existen.

En un estado de derecho como el que se supone estamos, exigimos el mismo trato, no porque sean mejores o peores las empresas de las que hablamos, Afinsa, Fórum, Bankia, si no porque, si ayudan a unos "ladrones", deberían de hacerlo con los honestos.
Cuando como menos los afectados no tienen porque verse en estas situaciones.


Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda, junto a Luis de Guindos, ministro de Economía
Fuente: http://www.elmundo.es/economia/2015/02/04/54d1277fca474112368b458a.html
El Gobierno asumirá el 62% del coste de las indemnizaciones que los jueces establezcan para los inversores particulares que compraron engañados acciones de Bankia, según confirmaron a EL MUNDO fuentes solventes conocedoras de las conversaciones entre el fondo estatal Frob y la entidad financiera. Este porcentaje equivale a un coste adicional de las ayudas a Bankia de hasta 600 millones de euros, según estimaciones preliminares por las demandas planteadas hasta ahora por la vía civil.
Esta cifra sería la aportación directa de Banco Financiero de Ahorros (BFA), propiedad al 100% del Fondo Estatal de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob) a costear las derrotas judiciales. El 38% restante, unos 400 millones, deberá ser aportado por Bankia que, a su vez, es propiedad al 62% de BFA, por lo que también hay contribución indirecta del Estado.
Estas cifras no incluyen la posible condena por estafa en vía penal. De ganar UPyD, el coste a repartir superaría los 4.000 millones, porque implicaría devolver el dinero a todo accionista sin discriminación. De momento, Bankia considera que no será necesario que ni esta entidad ni su matriz BFA necesiten recibir aportaciones adicionales. Aseguran que en la gigantesca inyección pública concedida en 2012, superior a los 22.000 millones, hay margen como para hacer frente a este coste adicional, derivado de que cada vez hay más sentencias civiles favorables a accionistas que compraron bankias en la salida a Bolsa de 2011.
EL MENOR COSTE PARA EL CONTRIBUYENTE
Las fuentes consultadas señalan que el criterio de distribución de esta nueva carga entre BFA y Bankia obedece a usar el mismo porcentaje de propiedad que posee el Estado en la entidad que presidía Rodrigo Rato. Los ministros de Economía, Luis de Guindos, y de Hacienda, Cristóbal Montoro, han alcanzado un principio de acuerdo sobre esta distribución, aunque fuentes del Ministerio de Hacienda declinan hacer comentarios más allá de que es interés de su Departamento que el coste para el contribuyente sea siempre el mínimo posible.
Para eso, y a primera vista, habría que cargar el lastre exclusivamente sobre Bankia, puesto que aunque el Estado tiene un 62% existe el citado 38% en manos privadas. Sin embargo, no es tan simple la cuenta. Por un lado, ese 38% incluye un 30% de accionistas derivados de ostentar preferentes y que ya sufrieron penalización. Por otro, existe un alto número de inversores extranjeros que compraron acciones al Estado en la primera privatización de 2013 sin tener constancia de que podía recaer esta carga del pasado.
El presidente de Bankia, José Ignacio Goirigolzarri, ha manejado el argumento de que cuanto más cargue Bankia, más difícil será para el Estado recuperar sus ayudas en el futuro, porque será más complicado privatizarla si los inversores creen que aún hay cadáveres que sufragar en el armario.
Lo que no han aceptado Guindos ni Montoro es que BFA asuma todo el coste, puesto que quien comercializó las acciones fue Bankia. De hecho, en el Ministerio de Economía se limitan a señalar que no existe aún ninguna decisión oficial ni cuantía alguna prevista. El diario El País publicó ayer que el coste podría alcanzar los 1.400 millones en total, a repartir entre BFA y Bankia.
Las acciones del banco se recuperaron el martes a los niveles previos del brusco movimiento de Goirigolzarri del pasado viernes, cuando éste desconvocó de pronto la presentación de resultados para el lunes alertando al mercado de que había una duda significativa. Su movimiento ha provocado malestar en el Gobierno, porque coincidía además que De Guindos viajaba ese mismo lunes a Nueva York a vender la mejora de la economía española a grandes inversores.
Goirigolzarri ha alegado que no era solo él, sino su propio consejo de administración el que consideraba imprudente presentar resultados sin saber qué parte del fiasco tenía que asumir. Además, la auditora Ernst & Young podía presentar esa salvedad en las cuentas, evocando la etapa previa a la nacionalización.
Fuentes de Bankia aseguran que su objetivo no era desafiar al Gobierno, sino asegurar que se hace una presentación de las cuentas sin sorpresas posteriores que obliguen a reformular. En el Frob discrepan sobre que hubiera tal prisa de zanjar este asunto cuando es aún prematuro aventurar cuantías a provisionar, pero no obstante siguen trabajando para tomar una decisión definitiva en los próximos días, cuando esté asegurado el pleno respaldo jurídico financiero y no desate problemas posteriores con el Tribunal de Cuentas, que podría cuestionar la distribución de la carga.

http://asociacionforumafinsa.blogspot.com.es/

#2

Re: Agravios comparativos

Cuanta razon tienes amigo, aqui no dicen la chorrada de duros a pesetas y demas tonterias por el estilo

#3

Re: Agravios comparativos

Cuanto vale la filatelia de AFINSA.Porque si el valor de la filatelia avala las deudas de la compañia,podemos decir que el culpable fue el gobierno, pero si la filatelia no cubre la cuarta parte de las deudas,por favor por higiene mental dejar de defender a AFINSA y llamar estafadores a los dueños de AFINSA y a sus complices: medios de comunicacion,empresa auditora ,gobiernos anteriores.Comerciales de AFINSA no digais tonterias para justificaros

#4

Re: Agravios comparativos

Los meritos del Fiscal LUZON: 477.000 personas arruinadas (Artículo de opinión)

A estas alturas los argumentos Jurídicos que nos avalan son categóricos (7 sentencias y 2 leyes) y no es el momento de listar las irregularidades, anomalías e ilegalidades que se han sucedido en ambos procesos, nos centraremos en aclarar la autoría del germen de toda la desdicha, que han padecido esas 477.000 personas durante estos últimos nueve años, al verse privados de sus ahorros, que según nuestra opinión quizás debamos adjudicársela al Fiscal Luzón, firmante de las querellas junto con el Fiscal Pavía.

1.- La fiscalía admitió a trámite unas denuncias de la inspectora de Hacienda Dª Teresa Yabar, basadas en un cambio de criterio en la calificación de las actividades de dos empresas, Forum y Afinsa, que ella consideró financieras. Esto era contrario a la Ley 35/2003 y contrario al criterio que les venía exigiendo la AEAT, y la Audiencia Nacional, (véase Sentencia de 22 de marzo de 2006 de Audiencia Nacional Sala de Contencioso Administrativo, Sección Quinta) por lo que deberían NO haberlas admitido a trámite (en nuestra opinión).
2.- No nos vamos a entretener en si había o no sellos o si estos eran o no falsos..., en nuestra opinión, ellos saben desde el principio que eso no se ajustaba a la realidad, por lo que ni se molestaron en aportar pruebas de sus afirmaciones y nos desviariamos de lo realmente importante de la querella.

- Lo realmente importante, y que luego fue la disculpa que esgrimieron los jueces de la Audiencia para justificar la intervención, para poder considerar en situación de Quiebra a Afinsa (con Forum el planteamiento es similar) está en el Fundamento de Hecho Tercero, párrafo 10, y se basan en entender las operaciones como auténticos Préstamos.

Y todo parece apuntar a que esto se debe a un “error” en la aplicación de la normativa contable, trataremos de explicarlo brevemente:

En la Querella, en el Fundamento Tercero, Párrafo 1 , reconoce que son OPERACIONES CON PÁCTO DE RETROCESIÓN,

En el párrafo 3 reconoce que estas operaciones con pacto de retrocesión son OPCIONALES.

En el párrafo 4, se salta la legalidad para concluir que son financieras, con la única finalidad, en nuestra opinión, de poder aplicar la siguiente normativa solo prevista para empresas financieras.

En el párrafo 6 dice textualmente:

En realidad, tal como señalaba el Instituto de Contabilidad y Auditoría Contable (ICAC) en la Consulta nº 7 publicada en el BOICAC, número 6, de julio de 1991, la adquisición de activos con pacto de retrocesión no opcional debe considerarse como un auténtico «préstamo» del cliente al vendedor

Aquí es donde se da el “error” al que nos refererimos. Pero en primer lugar es importante saber que las respuestas del ICAC, a consultas, no son vinculantes.

En segundo lugar la normativa aplicable y en la que, entendemos, se debió basar esa Consulta nº 7 ( como se explica minuciosamente en la página 13 y siguientes del informe "FORUM-AFINSA una Paranoia Intelectual Generalizada". ) es la siguiente:

La Circular del Banco de España 4/1991, de 14 de Junio, publicada en el B.O.E. del 27/6/91, que dedica su Norma Decimocuarta a las cesiones temporales de activos financieros. En el segundo párrafo del punto 1. de dicha norma establece:
“A los efectos de esta Circular, se considerará pacto de retrocesión no opcional, sea cual sea su forma instrumental, aquella operación por la que vendedor y comprador queden comprometidos a la recompra por el primero de los mismos títulos o efectos cedidos, u otros tantos de la misma clase.”

Por lo que aquí no encajan las operaciones de las filatélicas.
En el párrafo 3 reconoce, porque así es, que son Opcionales, pero el “error” está en aplicar la norma contable, casualmente, como si se tratara de NO opcionales para que resulten Préstamos en el párrafo 6.

El precepto es clarísimo, veamos lo que dice el punto 4 de la misma norma:

“En las cesiones con derecho de retrocesión a ejercer por el cesionario (compraventas opcionales), éste dará de alta los activos en el balance, según las normas de valoración que les sean aplicables. El cedente tratará la operación como una venta, reflejando en cuentas de orden la contingencia de la eventual recompra, valorándola al precio convenido para ésta y provisionando, en su caso, la pérdida potencial resultante de la diferencia entre dicho valor y el de mercado”.

Como aclaración, señalar que el cesionario es el cliente, que el cedente es la sociedad filatélica, y que la compraventa es opcional porque la recompra es una opción a ejercer por el cliente. Y lo que es aún más importante, la sociedad filatélica tratará esta operación como una venta, y no como un préstamo. Por tanto, no debe hacerse reestructuración de la contabilidad, y por tanto, la solvencia que aparece en los balances es correcta y no existe insolvencia punible ni ninguno de los demás delitos artificiosamente ligados a aquél.

En resumen, aunque a fecha de 9 de mayo de 2006, se hubieran considerado financieras, dado que son compraventas opcionales (como se reconoce en el párrafo 3 de la Querella), según la Circular del Banco de España 4/1991, punto 4, el cedente debe tratar la operación como una VENTA y no como un PRÉSTAMO y por tanto no existe la quiebra de la que habla en el párrafo 10, y por tanto no hay argumento para la intervención.

De lo expuesto se deriva que ya no tiene importancia ser considerada financiera o no financiera, pues siempre se deberían haber contabilizado como VENTAS, como lo venían haciendo hasta la intervención, al ser operaciones con pacto de retrocesión OPCIONAL, como se reconoce en las querellas.

En nuestra opinión, el considerarlas PRÉSTAMOS solo obedece a “error” en la aplicación de la norma al considerar a las operaciones NO opcionales en contra de la realidad como indican en el párrafo 3.

Todo apunta a que esta "mentira" es la base jurídica donde se asienta la ruina de 500.000 personas que ningún juez ha “sabido” ver, y se constituye en uno de los grandes méritos del Sr. Fiscal Luzón.

No dudamos que tendrá otros y desde aquí le felicitamos por su “merecido” ascenso

Como a ustedes nos surge la pregunta ¿si estos son los meritos del Teniente cuales no serán los del General?

Llevamos 9 años siendo víctimas de un engaño clamoroso del que ha sido participe toda la sociedad española y todo apunta a que nadie quiere ponerle coto a esta injusticia.

http://anvifa.blogspot.com.es/2015/01/los-meritos-del-fiscal-luzon-477000.html#comment-form

#5

Re: Agravios comparativos

los precios de la filatelia de AFINSA,despues de nueve años de la intervencion avalan las obligaciones que tenian contraidas con los inversores si puedes me lo constestas.Porque esa corporacion avalada por AFINSA solo garantiza el 15 por ciento de la inversion,porque para mi si los precios de lo sellos depues de 14 años de media,solo me garantizan el 15 por ciento pienso que me estafo AFINSA y no RUBALCABA ni la operacion atrio

#6

Re: Agravios comparativos

Los precios de cualquier bien lo pone el mercado, nadie puede decir lo vale algo, eso si ,si aniquilas el mercado a base de metralletas el bien pierde todo su valor.

#7

Re: Agravios comparativos

Si yo pregunto el precio de mercado,despues de nueve años ya se habra recuperado el mercado o el precio hace nueve años era una autentica farsa

#8

Re: Agravios comparativos

como le digo el mercado ya no existe en españa, se le cargaron cuando entraron con las metralletas en las sedes de las empresas filatelicas, lo poco que existe esta totalmente desacreditado.

#9

Re: Agravios comparativos

un ejemplo de que el precio lo pone el mercado... hace dos dias un señor de Catar ha comprado un cuadro por 220 millones de euros, para mi no vale ni para decorar la pared de mi salón, pero no soy yo el que le diga a nadie lo que esta dispuesto a pagar por ello. y lo que estaria peor es qu yo entre con una metralleta en casa del propietario, le quite su cuadro y encima le diga que le han estafado.

#10

Re: Agravios comparativos

Como dice un refrán la ignorancia es la madre del atrevimiento, señor alberto53, simplemente comentarte que cuando se produjo este atentado de terrorismo político financiero, la filial de Afinsa en el Nasda valia alrededor de 500 millones de euros, lo han vendido por la decima parte, fíjate que intención tendrían los canallas.............y todavía hay gente que está dudando y apoyando la masacre que cometieron con nosotros por no meter el dinero en los bancos.

#11

Re: Agravios comparativos

Entonces ilustrado Alberto53 que me dices del precio de la vivienda ya me dirás lo que se ha recuperado. Para tu conocimiento se cargaron el mercado de bienes tangibles para que a nadie como así lo dijo el ex presidente de la CNMV se le ocurra poner su dinero fuera de los bancos, y eso que poco después apareció la estafa de las preferentes................

#12

Re: Agravios comparativos

Yo solo he preguntado el precio de la filatelia nueve años despues de la intervencion,si eso te irrita perdona la ofensa,luego me dices que habia una burbuja como con la vivienda pero la vivienda no vale el 20 por ciento de hace nueve años,eso que la intervencion se ha cargado los precios a nivel mundial hay que tener mucha fe para creer semejante invencion

#13

Re: Agravios comparativos

9 años después la filatelia que designaban a los clientes no vale nada, pero es que hace 9 años valía lo mismo, o sea nada. Bien clarito lo deja el auto del juez con pelos y señales.

#14

Re: Agravios comparativos

Mejor te vas pensando en pagar la cuota correspondiente a tus amigos de Arfi y déjate de elucubraciones inmobiliarias, que por otro lado no tiene nada que ver con los sellos de Afinsa.

#15

Re: Agravios comparativos

Ya se que los verdugos no tenéis que pagar ninguna cuota, que os estáis regocijando con la desgracia que habéis provocado a medio millón de españoles, hace falta ser viles.

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