Aunque todos entendemos que no merece la pena perder el tiempo, en contestar a las tonterías que a menudo se escriben, fruto de la ignorancia supina de algunos, parece conveniente, no obstante, aclarar ciertas cosas importantes y con objeto de no dejar caer en una posible confusión a muchos de los lectores de éste foro.
Cito, para ello, un extracto del trabajo realizado por el economista Rafael Sánchez, en un Master de Consumo para la Universidad de Salamanca y que los lectores más informados ya conocerán, sin duda, desde hace tiempo
… Años antes, en junio de 1987, la Subdirección General de Inspección Financiera de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera del Ministerio de Economía y Hacienda incoó un expediente disciplinario sancionador a Fórum Filatélico, con fecha 8 de Junio de1987, al entender que estaba efectuando una actividad financiera con apelación al ahorro público sin contar con las preceptivas autorizaciones administrativas. Dicho expediente se sobreseyó al concluirse que las actividades desarrolladas por Fórum tenían carácter mercantil y NO financiero. El expediente de 1987 se había iniciado de oficio por la polémica en la calificación de la actividad de la empresa y tras varios meses de “investigación” fue archivado … En el año 1993 se interpuso una denuncia de un particular ante el Banco de España apuntando a determinadas irregularidades en la actividad de las filatélicas intervenidas. El Banco de España dio traslado del escrito de denuncia a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que la archivó por no observar indicios delictivos. La propia Fiscalía interpondría 13 años después la querella contra FÓRUM y AFINSA por presuntos delitos, si bien la actividad de esas dos empresas y su forma de operar ha sido la misma durante los 25 años de vida. EN ESTE PUNTO, PARA NO LLAMARNOS A ENGAÑOS Y NO PERDER LA OBJETIVIDAD, ES IMPORTANTE RELATIVIZAR LA EXISTENCIA DE ESTAS DOS DENUNCIAS. ESTAMOS HABLANDO DE DOS GRANDES EMPRESAS CON MILES DE CLIENTES CADA UNA QUE REALIZABAN MILES DE OPERACIONES AL AÑO Y QUE A LO LARGO DE25 AÑOS ENTRE LAS DOS SOLO RECIBEN ESAS DENUNCIAS, DENUNCIAS DE LAS QUE EL BANCO DE ESPAÑA NO DIO TRASLADO A LAS EMPRESAS. ESTO ENTRA DENTRO DE LA NORMALIDAD EN CUALQUIER ACTIVIDAD EMPRESARIAL, COMPARADO POR EJEMPLO CON LAS 7.449 DENUNCIAS QUE RECIBIÓ EL BANCO DE ESPAÑA EN UN SOLO AÑO, EL 2008, DE ELLAS APROXIMADAMENTE A LA MITAD, 4.312 SÍ LES DIO TRASLADO A LAS ENTIDADES, Y DE ELLAS 443 SE DIRIGIERON A UNA SOLA ENTIDAD, EL BANCO SANTANDER (UTILIZO EL BANCO SANTANDER PARA REALIZAR LA COMPARACIÓN POR SER EL PRIMERO EN LA LISTA POR NUMERO DE DENUNCIAS), LO QUE BIEN PODRÍAN SUPONER EN 25 AÑOS MÁS DE 10.000 DENUNCIAS ENTRE TRASLADADAS Y NO TRASLADADAS PARA UNA SOLA ENTIDAD, FRENTE A LAS 2 RECIBIDAS POR LAS DOS FILATÉLICAS INTERVENIDAS, EN EL MISMO PERIODO ...
EL CASO FÓRUM- AFINSA: UNA PARANOIA INTELECTUAL GENERALIZADA ¿DÓNDE QUEDA EL CONSUMIDOR?
RAFAEL SÁNCHEZ BOYERO
En base a ello, parece bastante lógico deducir que la torticeramente y mal interpretada declaración de J. A. Cano solo podía hacer referencia al hecho de que Afinsa jamás RECIBIÓ DENUNCIA alguna que propiciara un RESULTADO EFECTIVO, de cambio, sobre su actividad mercantil cotidiana.