Empieza a filtrarse el informe de los A. Concursales
Es sorprendente cómo puede estar pasando ésto en un sumario declarado secreto. Al menos así tenemos información, pero uno se hace una idea del nivel de profesionalidad que existe en éste país.
http://www.expansion.com/edicion/expansion/inversion/es/desarrollo/746972.html
Como no podía ser de otra forma, el informe parece que avala que las operaciones eran financieras, aunque tampoco argumenta de forma extensa porqué. Sólo dice que se trataba de captación de ahorro y eso parece demasiado ambiguo. Según la diposición adicional IV, Afinsa debería de adaptarse a éste párrafo para considerarse mercantil:
"1. Lo dispuesto en la presente disposición será de aplicación a la actividad, que se efectúe profesionalmente, llevada a cabo por cualquier persona física o jurídica que consista en la formalización de un mandato de compra y venta de bienes u otro contrato que permita instrumentar una actividad análoga, percibiendo el precio de adquisición de los mismos o una comisión y comprometiéndose a enajenarlos por cuenta del cliente, entregando a éste, en varios o en un único pago, el importe de su venta o una cantidad para el supuesto de que no halle un tercero adquirente de los bienes en la fecha pactada."
Y ésto por supuesto quedará a la interpretación del Juez, que es única y exclusivamente quien decide sobre la calificación.
También dice que los miembros del Consejo de Administración no estaban entre los grandes inversores de Afinsa. Parece lógico que los propietarios Cano y Figueiredo ya tenían un 50% de acciones y esa era su inversión. Quedarían Carlos Figueiredo y V. Martín Peña, que aunque no niega que tengan inversiones, dice que no son significativas. Aquí la verdad es que se me pone un poco de mala hostia porque si bien lo lógico es diversificar tus inversiones, también creo que lo lógico sería tener una buena cantidad de ellas en la empresa que diriges. También es curioso que los A.Concursales digan que "Los antiguos directivos de la firma no tenían inversiones significativas en ningún material filatélico comercializado por la compañía", cuando por ejemplo Figueiredo tenía una colección filatélica considerada de las mejores del mundo. De cualquier forma, me gustaría saber las cifras de las que estamos hablando.
Aún así... creo que lo más preocupante para los afectados será la valoración que se hará de la filatelia, para conseguir así afirmar la insolvencia que tanto anelan los concursales y los fiscales para que no se les caiga el muerto encima. Y esa valoración será estadística y basada en una muestra... además con tres variables que se aportarán en el informe: "el valor del sello en un comercio minorista, el valor para comerciantes mayoristas y un valor liquidativo."
De ésto último podríamos sacar muchas valoraciones. Yo creo que la impugnación que consultaré con mi abogado presentar partirá de esa valoración estadística ya que yo he comprado sellos bajo un catálogo internacional de prestigio e independiente. Y si el juez estima que esa valoración no sirve, tendría entonces que considerar mi contrato nulo y cambiar la prioridad de cobro de mi deuda. También habrá que tener en cuenta la cantidad que la Administración Concursal reconozca como deuda ya que si no incluyen las revalorizaciones pactadas también podría considerarse que está declarando nulo el contrato.
Saludos en un día lluvioso y gris.