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Blog La fiscalidad explicada con sencillez
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Comprar vivienda. El fin de la deducción y el nuevo tipo del IVA

Existe un tema de actualidad para los que estamos en el mundillo de la fiscalidad: ¿Qué pasa con la deducción por vivienda habitual?

 

La respuesta es sencilla, con el Proyecto de Ley de Economía Sostenible, ahora en el Congreso, se acabo la deducción por vivienda habitual el 31 de diciembre de este año. Así de claro tenemos siete meses y algunos días para adquirir una nueva vivienda si queremos gozar de está deducción por adquirir una vivienda habitual, deducción que implicará un beneficio fiscal cercano a los 30.000 euros en una hipoteca a 30 años.

Que eliminen la deducción no implica que los que actualmente gozan de ella la pierdan, sino que desaparece para los nuevos adquirentes de viviendo que no gocen de la deducción actual. En otras palabras si me compre una casa en 2007 sigo pudiendo deducirme dicha adquisición, por lo menos durante un tiempo -me explicare más adelante-, pero si adquiero una vivienda el 1 de enero de 2011 ya no me puedo dar dicha deducción. Se mantiene exclusivamente para las rentas bajas (menos de 24.000 euros, pero de forma regresiva, es decir a menos renta más deducción).

Además el proyecto de ley se carga la exención por reinversión en vivienda habitual, lo que realmente es un problema. Para los que actualmente tengan una vivienda habitual esto será su principal problema ya que implicará que la plusvalía -la diferencia entre el valor de venta y de compra de una vivienda- tributará.

Existen muchas cuestiones que no están clarificadas definitivamente en la norma, como que ocurre con las cuentas viviendas, o la nueva deducción por rehabilitación aprobada en el Real Decreto Ley 10/2010, pero cuando la Ley este clara -se realizaran múltiples enmiendas a lo largo de su tramitación- lo analizaremos.

Lo que unido a la subida del IVA del 7 por 100 al 8 por 100 el 1 de julio de 2010 -tengo un post que analiza dicha subida a la espera de la publicación de una consulta ala DGT- hacen que estos dos próximos meses veamos un aumento de las ventas de viviendas por motivos meramente fiscales.

Finalmente una cuestión que apunte, la duración de la deducción por vivienda habitual para los que veníamos gozando de ella. En principio estamos ante un derecho adquirido, es decir que su retirada por vía legislativo sería una expropiación -dicho todo de una forma muy simple- que según jurisprudencia constitucional debe ser compensada económicamente. Sin embargo dicha tesis no tiene porque permitir el mantenimiento sine die de dicha norma, sino simplemente mantenerla un tiempo razonable, como sucedió por ejemplo con los coeficientes de abatimiento, que como sabéis desde 2006 están en retroceso. ¿es justa o necesaria la retirada de dicha deducción? Espero respuestas de los lectores. La mía, no es ni necesaria ni justa, ya que era la única medida fiscal que el común de los mortales se podía dar...

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  1. en respuesta a Fiscalidad
    -
    #14
    22/04/10 00:53

    Una duda que me ha surgido es el hecho de comprar una vivienda contigua a la que es la habitual ,al cabo de un tiempo, seria considerable considerarla como una "aMPLIACION" de la vivienda habitual y por tanto podemos (comprandola antes de la prevista reforma)deducirnos esta compra al igual que la vivienda habitual o tambien se podria considerar una "reforma" de la vivienda y poder deducirnos los gastos que nos llevaria p.e unir ambas casas.

    Me gustaria saber opiniones sobre como tratar este caso

  2. #13
    21/04/10 18:21

    Lo que tengo claro es que esto es solo una medida proyectada y aun no aprobada por lo que tranquilidad, y cuando este clara la norma la desgranaremos en profundidad (cuentas vivienda y demás incluidos).

  3. en respuesta a al.rodrigo
    -
    #12
    21/04/10 18:19

    Querido rodrigo;

    No era un comentario técnico, ya que me parecia mejor pasar a vuela pluma sobre el tema. Esto sería algo más tecnico.

    1) Se reduce su ámbito subjetivo de aplicación: si en la actualidad es una deducción de general aplicación, a partir de la entrada en vigor de la Ley de Economía Sostenible sólo tendrán derecho a aplicarla los contribuyentes con una base imponible inferior a 24.107,20€ 4 . La misma limitación afecta a los contribuyentes en los supuestos de nulidad matrimonial, divorcio o separación judicial que puedan acogerse a esta deducción.

    2) Aunque en su conjunto se incrementa simbólicamente la base máxima de la deducción –de 9.015€ a 9.040€–, se limita para los contribuyentes con una base imponible comprendida entre 17.707,20€ y 24.107,20€, para quienes la base máxima de la deducción será la derivada de minorar 9.040 por el resultado de multiplicar la diferencia entre la base imponible y 17.707.20€ anuales por 1,4125.

    3) Se limita igualmente, aunque con menor intensidad, el ámbito subjetivo del derecho a practicar deducciones por inversiones en obras e instalaciones necesarias para la accesibilidad de personas con discapacidad, que se reconoce únicamente a los contribuyentes con base imponible inferior a la cantidad anteriormente señalada.

    En este caso la base máxima de deducción de 12.080€, se ve reducida cuando la base imponible se encuentra entre 17.707,20 y 24.107,20€ resultando ser la que se derive de minorar la suma de 12.080€ por el resultado de multiplicar la diferencia entre la base imponible y 17.707,20 por el coeficiente 1,8875. No obstante, se mantiene igualmente, para estos contribuyentes el régimen que se encuentre vigente el 31 de diciembre de 2010 siempre que las obras o instalaciones estén concluidas antes del 1 de enero de 2015 en virtud de la disposición transitoria antes mencionada.

    La Disposición Transitoria decimoctava por el apartado Dos del artículo 113 del Proyecto de ley –antes artículo 133 del Anteproyecto supone el mantenimiento del régimen actualmente vigente para los que hubieran adquirido o satisfecho cantidades para su adquisición con anterioridad al 1 de enero de 2011 siempre que, en el caso de las cantidades destinadas a rehabilitación, las obras estén finalizadas antes del 1 de enero de 2015.

    En cuanto a la retirada de la exención no está en el Proyecto pero si en el Anteproyecto y seguramente será una carta en juego a lo largo de la tramitación parlamentaria. Seguramente no, seguro.

  4. #11
    21/04/10 18:14

    Esta claro que la principal finalidad de todo esto es fomentar la compra/venta apresurada. Veremos después del 2011 lo que pasa, lo mismo vuelven a aplicar la deducción porque las ventas serán nulas. Si algo hay arraigado en este pais es el sentimiento de propiedad de la vivienda, cueste lo que cueste está demostrado que un elevado % de la población está dispuesta a endeudarse por encima de sus posibilidades para ser propietarios. Y los políticos a sacar tajada y fomentar la especulación. Lo dicho, veremos después del 2011.

    Por otra parte, y si tan mal estamos y es buen momento para recaudar, no entiendo como la admon. no pone medidas para evitar el fraude. Yo vivo de alquiler, pago vía transferencia todos los meses, y me consta que mi casero no ha declarado nunca y no lo hace (ni lo hará). La mayoría no declara, y no pasa nada. Es más fácil subir el IVA y joder a todos.

    Lo peor es que esto no depende del partido político de turno, es generalizado. Los españoles tenemos un problema: consentimos que esta gentuza nos gobierne y nos dirija.

    SL2

  5. #10
    21/04/10 13:31

    Desde que se creó el ministerio de vivienda nos repiten de forma sistematica el "es un buen momento para comprar", me da la impresion que es otra medida de presion para que la gente compre ya. Nadie se pregunta, ¿por que tienen tanta prisa?

  6. #9
    21/04/10 13:04

    Creo que hay que incluir varios matices, tanto al artículo como a los comentarios posteriores.

    Lo previsto (todavía tiene que pasar todo el trámite parlamentario, de momento, el 27.04.2010 finaliza el plazo de presentación de enmiendas) es el mantenimiento de la deducción para ciertos niveles de renta... pero los niveles comentados de 17.707,20 euros y de 24.107,20 euros no son rendimientos íntegros, son bases imponibles, por tanto hay que tener en cuenta la reducción por la obtención de rendimientos del trabajo, si existen partidas negativas pendientes de compensación de años anteriores...

    Por último, no he encontrado en el Proyecto ninguna modificación al artículo 38 de la Ley 35/2006, que es el que regula la exención de la ganancia obtenida en la venta de la vivienda habitual por reinversión... puede que me lo haya saltado.

    Saludos.

  7. #8
    21/04/10 11:57

    Y las personas que tengan abierta una cuenta ahorro vivienda, pongamos por ejemplo desde hace uno o dos años) ¿siguen disfrutando de esa deducción? entiendo que es lo mismo que haber comprado una casa, mientras se umplan los plazos de adquisición impuestos por la ley.

    Saludos

  8. #7
    21/04/10 11:08

    Buenos días,

    Debido al régimen especial existente, ¿ Tienes conocimiento de que se vaya a terminar la deducción también en el Pais Vasco ?

    Un Saludo

  9. en respuesta a Lacaseton
    -
    Top 100
    #6
    21/04/10 02:39

    No si la puntilla la están dando este año.... te lo digo yo que algún ojo he echado a alguna vivienda pero todos están con que corre corre que se te acaban las deducciones... pues bueno oye... el año que viene ¿alguien querrá vender o quedará algo por vender o alguien querra comprar? Ese sería un buen análisis a ver que está pasando con esto. Por que insisto que me parece muy bien eliminarlo por que lo veo un despilfarro y veo CORRECTISIMO evidentemente que no te puedas deducir más si te compras otra vivienda aunque entiendo que el dinero de la venta de una si que podrá servir sin declarar para comprar otra nueva pero por haber comprado en su día no vas a poder desgravarte de por vida por que si es así me compro ni que sea una casa de 3000 euros en un pueblo (de esas que están en el suelo) y a deducir de por vida cambiando de una a otra.

    De todos modos seguimos diciendo 'tonterias' pro que en realidad NADIE sabe loq ue pasará... es más yo CREO que al final mucho cacarear pero que no lo eliminarán o al menos flexibilizarán mucho al alza pro que lo que han hecho es una chorrada (aunque así pueden decir que ayudan a lso más desfavorecidos aunque es mentira también).

  10. #5
    20/04/10 23:14

    Gracias por la información. No sabía que tenían la intención de eliminar la exención por reinversión... otra puntilla, no poco importante, a los precios de la burbuja inmobiliaria...

    Saludos

  11. en respuesta a Kretan
    -
    #4
    20/04/10 20:51

    OK Kretan. Tienes razón, en realidad es hacerla desaparecer porque no conozco aun al director del banco que te dé una hipoteca cuando tus ingresos son tan bajos...

    También estoy de acuerdo con lo que dices; han sido tradicionalmente un despilfarro y una estrategia comercial básica para los comerciales de los bancos que tenían que vender sus hipotecas. Ahora bien, creo que el problema es que tampoco hay una apuesta clara por el arrendamiento, salvo para los grandes stocks inmobiliarios de los bancos (SOCIMIs, Entidades de Arrendamiento de Viviendas, fondos de inversión inmobiliaria de dudosa liquidez...).

    Saludos.

  12. en respuesta a Libertonia
    -
    Top 100
    #3
    20/04/10 20:42

    Según lo que de momento está se mantiene INTEGRA para los que cobran menos de 17 mil anuales, parcialmente para los que cobran entre 17 y 24 mil. Pero claro eso y nada es lo mismo ya que 17 mil brutos serán un poco menos netos así que para deducir integramente deberás dedicar más del 70% de tu salario neto a pagar una hipoteca así que va a ser que en realidad es casi como si desapareciera ya que con el precio de la vivienda y ganando menos de 17 mil euros pues va a ser que no te puedes comprar una vivienda. Los que estén entre 17 y 24 mil veremos como les queda la cosa.

    Personalmente me parece un DESPILFARRO el conceder estas deducciones y yo las habría suprimido hace mucho tiempo.

  13. #2
    20/04/10 20:33

    De todas formas, se mantiene para las rentas bajas verdad? Creo recordar que para aquellas inferiores a 24.040 euros... o ha cambiado esto último desde el último borrador y la han eliminado ya directamente para todos?

    Por otro lado, es preocupante que tampoco el alquiler de vivienda sea hoy en día una herramienta que fiscalmente pueda atraer a los inquilinos. Ni para el casero, que hasta ahora sí lo era, ya que van a recortar la bonificación del 100 por 100 para el arrendador por razón de la edad del arrendatario (de los 35 lo rebajan a los 30 años).

    Parecía inevitable la eliminación de la deducción por inversión en vivienda habitual, pero a la vez tampoco hay un plan B...

  14. #1
    El sujeto pasivo
    20/04/10 19:43

    No tenía conocimiento de la desaparición de la deducción por reinversión.

    La deducción por adquisición fue una de las patas que sostuvo la burbuja inmobiliaria.

    Tengo la impresión de que a partir de 2011 y durnate mucho tiempo se va a construir y vender muy muy poco.


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