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¿Hasta cuándo puedo reclamar los intereses de mis tarjetas revolving?

¿Hasta cuándo puedo reclamar los intereses de mis tarjetas revolving?

Si tienes una tarjeta revolving y sospechas que te han cobrado intereses abusivos, lo primero que debes saber es que tienes derechos a reclamarlos. Las tarjetas revolving, conocidas por su flexibilidad para aplazar pagos y disponer de crédito continuo, han ganado notoriedad debido a las altas tasas de interés que aplican, llegando a superar el 20% TAE (Tasa Anual Equivalente) y la falta de transparencia en su comercialización. En este artículo te explicamos cómo funcionan estas tarjetas, qué problemas puedes encontrar y cómo proceder para reclamar esos intereses abusivos.

¿Por qué puedes reclamar los intereses abusivos?

El Tribunal Supremo ha establecido que los contratos de crédito con intereses que superen en seis puntos porcentuales el interés medio del mercado pueden considerarse usurarios. Esto significa que, si los intereses de tu tarjeta revolving son excesivamente altos, puedes pedir la nulidad del contrato y solicitar la devolución de los intereses pagados.

Además, si no te informaron claramente sobre las condiciones del contrato, también podrías reclamar por falta de transparencia.

¿Pasos para reclamar los intereses abusivos de tu tarjeta revolving?

Reclamar los intereses abusivos puede parecer complicado, pero siguiendo los pasos adecuados puedes hacerlo de manera efectiva. Aquí te detallamos el proceso paso a paso, desde la recopilación de documentos hasta la vía judicial, si fuera necesario. 
1️⃣Reúne toda la documentación
Antes de empezar, reúne toda la información sobre tu tarjeta revolving, como el contrato, los recibos mensuales y cualquier correspondencia con el banco. Es crucial que tengas claro cuánto has pagado en intereses y bajo qué condiciones. 
2️⃣Contacta con tu entidad bancaria
Presenta una reclamación formal ante tu banco. Debes explicar los motivos de tu queja, ya sea por los altos intereses o por la falta de transparencia. El banco tiene un plazo de dos meses para responder. 
3️⃣Presenta una reclamación ante el Banco de España
Si la respuesta del banco no te satisface, puedes presentar una reclamación ante el Banco de España. Este organismo puede mediar en el conflicto y emitir un informe que, aunque no es vinculante, te puede ayudar a reforzar tu reclamación. 

4️⃣Acude a la vía judicial
Si no consigues resolver el problema de manera amistosa, puedes considerar llevar tu caso a los tribunales. En este punto, te recomiendo que consultes con un abogado especializado en derecho bancario para asegurarte de que tu reclamación tenga las máximas garantías de éxito. 

¿Qué plazo tengo para reclamar los intereses de mi tarjeta revolving?

Debes tener en cuenta que el plazo de prescripción para reclamar los intereses y comisiones de una tarjeta revolving es de 5 años, a contar desde que realizaste el último pago indebido. 

Este plazo fue establecido tras la reforma del Código Civil en diciembre de 2020. 

Importancia de la sentencia del Tribunal Supremo y la nueva normativa

El Tribunal Supremo dictaminó que los contratos con intereses notablemente superiores al promedio del mercado pueden ser anulados por usura. Sin embargo, no especificó un umbral exacto, lo que ha provocado que cada caso se valore de manera individual en los tribunales.

Además, la nueva normativa de 2023 refuerza la protección al consumidor frente a las tarjetas revolving. Los bancos están obligados a ser más transparentes y claros en la información que proporcionan, y se ha limitado la publicidad engañosa de estos productos. También se han impuesto límites más estrictos a los intereses que pueden aplicarse.

Consejos para evitar problemas con las tarjetas revolving

Evitar problemas con las tarjetas revolving desde el principio es posible si tomas ciertas precauciones. Aquí te ofrecemos algunos consejos útiles para que no caigas en la trampa de los intereses elevados y la falta de transparencia. 

  • Lee y comprende el contrato: Antes de contratar una tarjeta revolving, asegúrate de leer bien el contrato y entender todas las condiciones, sobre todo las tasas de interés y las consecuencias de pagar solo el mínimo mensual.
  • Compara ofertas: No te quedes con la primera tarjeta que te ofrezcan. Compara distintas opciones y busca la que tenga mejores condiciones y mayor transparencia.
  • Mantente informado: Conoce tus derechos como consumidor y las normativas actuales sobre créditos al consumo. Esto te permitirá tomar decisiones más informadas y protegerte de posibles abusos.

Problemas comunes con las tarjetas revolving

Las tarjetas revolving no solo tienen altos intereses, sino que también suelen ser poco transparentes. A continuación, te contamos los problemas más comunes que presentan este tipo de productos para que sepas a qué te enfrentas al reclamar.
 
  • Tasas de interés elevadas: Las tarjetas revolving aplican tasas de interés que, en muchos casos, superan el 20% TAE. Esto significa que podrías terminar pagando mucho más de lo que originalmente solicitaste.

  • Falta de transparencia: Es común que los bancos no te informen de manera clara sobre las condiciones de estas tarjetas. A veces, no entiendes completamente cómo se calculan los pagos o los intereses, lo que puede llevarte a endeudarte más de lo esperado.

En resumen, reclamar los intereses abusivos de una tarjeta revolving puede ser un proceso largo, pero con las recientes sentencias judiciales y la nueva normativa de tu lado, tienes más oportunidades de éxito. Si alguna vez has pagado intereses desproporcionadamente altos en una tarjeta revolving, podrías estar en tu derecho de exigir una compensación.
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  1. en respuesta a Consumerista
    -
    #10
    18/01/24 17:19
    Totalmente de acuerdo.  100% por mi experiencia hablamos de la nulidad de un contrato y mayoritariamente los jueces dicen que no hay plazo que valga.  Lo cual es lógico, si me permiten opinar.
  2. en respuesta a Mavercick
    -
    #9
    15/12/22 15:52
    Amén 
  3. #8
    19/08/22 21:22
    Iba a decir que empiezo a pensar que Rankia tiene bastante interés en asustar al consumidor pero claro, mientras escribo este post veo la publicidad que rodea la página y todo es de Wizink, así que sobran las palabras.
    También empiezo a pensar que estos blogs son ficticios, con foto y nombre inventado, y financiados por el lobby bancario, porque no es normal que todas las publicaciones de este bloguero sean sobre las bondades de tarjetas de crédito y seguros. Vaya tela...
    Qué publiqueis una sentencia (1) y de Barcelona (que para que la gente lo sepa, es el fuero más favorable a las entidades financieras) frente a las miles en contra, es de traca. Pero voy más allá, esa sentencia es carne de cañón ante una hipotética apelación ante el Supremo por varias razones, que expondré:
    1º) Art 3 de la Ley de Azcárate " Declarada con arreglo a esta ley la nulidad de un contrato, el prestatario estará obligado a entregar tan sólo la suma recibida; y si hubiera satisfecho parte de aquélla y los intereses vencidos, el prestamista devolverá al prestatario lo que, tomando en cuenta el total de lo percibido, exceda del capital prestado" (sin límite de tiempo, todo)
    2º) Sentencia del Tribunal Supremo (Sigma 2015) - Nulidad, radical y absoluta, imprescriptible no suceptible de convalidación ni confirmación.
    3º) Principio de Efectividad (devolución desde la formalización del contrato independientemente del tiempo transcurrido) confirmada tanto en la Sentencia del TJUE de 17/05/2022 como en la sentencia del TS del 26/07/2022. No hace falta recordarles que dicho pº es la piedra angular de la Directiva 93/13/CEE de protección de los consumidores.

    No existe acción de restitución independiente de la acción de nulidad, aquella deriva o es consecuencia de ésta, que es imprescriptible. Como en todas las profesiones hay gente competente y gente poco preparada, y como es lógico habrá por ahí suelto algún juez que desconozca el principio de Iura novit curia. Lamentable. 

    Qué poca vergüenza y decencia tenéis...
  4. en respuesta a Javi Falonsma
    -
    #7
    02/08/22 14:17
    Por mucho que se empeñen, lo dicho por el TS en noviembre de 2015 es lo que prevalece, es decir, que la nulidad de este tipo de contratos por usura es "radical, absoluta y originaria, que no admite convalidación confirmatoria, porque es fatalmente insubsanable, ni es susceptible de prescripción extintiva". Y lo mismo sucede con las nulidades por falta de transparencia.

    Es cierto que algún Juez de 1ª Instancia y alguna que otra sección de AP están dando por válido el argumento de la prescripción de 5 años, así que habrá que llevar este asunto a casación y esperar a que se pronuncie de nuevo el TS, confiando en que se reafirme en lo dicho en 2015.

    También hay que matizar que de existir una posible prescripción, ésta no debería afectar nunca a contratos vivos, sino únicamente a los que ya no se encuentren vigentes.

    Por lo demás, animo a todas las afectadas a reclamar hasta el último céntimo, tanto de tarjetas revolving contratadas antes de mayo de 2020, como de préstamos personales (como los famosos Click&Go de CaixaBank), líneas de crédito (como las de Creditea o Cofidis) y por supuesto los préstamos rápidos de Vivus, Moneyman y demás sociedades de crédito que aplican TAE's descomunales.
  5. en respuesta a Mafiaabogados
    -
    #6
    21/03/22 11:17
    Y las que les quedan por pagar.

    En mi caso, ya estan en el juzgado (entre unas cosas y otras más de 5). Lo han querido así pues así nos veremos.

    GRACIAS y saludos
  6. en respuesta a Javi Falonsma
    -
    #5
    21/03/22 10:53
    Al principio no lo hacían. Ahora que les han condenado a hacerlo y les han hecho pagar costas cientos y cientos de veces, ya sí han cambiado su forma de actuar. Y han dado órdenes a sus trabajadores para que devuelvan el dinero a todo el que amenace seriamente con demandarles. No es que se hayan vuelto buena gente de repente. Es que han visto que les sale más barato devolver el dinero que ir a juicio. Por eso siempre hay que intentar que te devuelvan el dinero reclamando directamente al banco. Porque en muchos casos ya se soluciona así y no hace falta gastar en abogados o esperar meses o incluso años al juicio
  7. en respuesta a Mafiaabogados
    -
    #4
    20/03/22 10:25
    Como bien dices y hablo por mí. Desde hace 12 años.

    La sentencia se basa en 1 pilar muy importante: Que su señoría lo considere USURA y no puesta en contrato.

    De momento tengo dos sentencias, de este año y contratos de 8 y 10 años.

    Hay otro, que no las tengo yo muy conmigo, ya que fue adquirida por diversas empresas hasta el día de hoy. Pero si he visto sentencias en la que les obligada igualmente a devolver todo y en este caso hablamos de 15 años.


  8. en respuesta a Mafiaabogados
    -
    #3
    20/03/22 10:21
    Con todos mis respeto.

    No he visto/leído por ningún lado que la ENTIDD financiera (Sea o no Banco) por iniciativa del consumidor devuelva TODO EL DINERO.

    Una vez reciben la demanda, ahí ya empieza la 2a pelea. Eso si con una quita de aproximadamente el 90% del total que deben de restituir.

    Saludos
  9. #2
    24/09/21 19:52
    Yo trataría de reclamar siempre, hayan pasado los años que hayan pasado. Ahora bien, la clave es reclamar tú directamente al banco y no caer en los engaños que está habiendo de algunos despachos de abogados que actúan como factorías y buscan su propio beneficio y no el de los clientes. ¿Y qué hacer para que el banco te haga caso y te devuelva los intereses pagados de más? Pues decirle los mensajes clave que hacen que activen el protocolo de devolución. Aquí se explican: https://mafiaabogados.blogspot.com/2021/09/tarjeta-revolving.html
  10. #1
    19/07/21 17:28
    Ese plazo de cinco años para reclamar la devolución de intereses es el criterio de algunos jueces, coincidente con la defensa de las financieras y bancos que emitieron las tarjetas usurarias. Pero no es el criterio mayoritario ni, creo, el correcto. La usura da lugar a la nulidad del contrato, nulidad que, en palabras del Tribunal Supremo, es «radical, absoluta y originaria, que no admite convalidación confirmatoria, porque es fatalmente insubsanable, ni es susceptible de prescripción extintiva». Al tratarse de un supuesto de nulidad radical o absoluta, creo que la reclamación de devolución de intereses no tiene plazo, ya que es la consecuencia natural de la propia nulidad, y éste es el criterio que siguen los Juzgados y la Audiencia Provincial de Asturias, entre otros muchos tribunales.
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