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Garantía inmobiliaria y garantía personal: ¿en qué se diferencian?

Garantía inmobiliaria y garantía personal: ¿en qué se diferencian?

¿Conoces la diferencia entre la garantía personal y garantía hipotecaria? ¿Cuándo se aplican este tipo de garantías? Estas son dos preguntas que suelen hacerse los clientes que quieren contratar una hipoteca, ya que este préstamo requiere que el hipotecado ofrezca un aval o garantía de que cumplirá con los pagos. Veamos a continuación qué es garantía personal y garantía inmobiliaria y cuáles son sus funciones. 


Garantía inmobiliaria y garantía persona, ¿en qué se diferencian?
Garantía inmobiliaria y garantía persona, ¿en qué se diferencian?


¿Qué es la garantía inmobiliaria?

La garantía inmobiliaria, o garantía hipotecaria, como su nombre lo indica es aquella en la que el aval de pago es la propiedad hipotecada en sí misma. Esta es la característica básica de las hipotecas, que dejamos un bien el propiedad como garantía ante un posible impago.
 
La garantía inmobiliaria también se aplica a otros préstamos en los que el deudor ya posee un inmueble en propiedad, generalmente libre de cargas, y lo ofrece como garantía de pago de otro préstamo. A esto se le conoce como préstamo con garantía hipotecario o inmobiliaria.

En este caso se entrega como garantía de pago un bien en específico, contrario a la garantía personal, donde no se tiene claro qué parte de los fondos funcionan como respaldo del préstamo, sino que será cualquier fuente de solvencia que sea o vaya a ser parte del patrimonio del deudor, o de su avalista si aplica.

En otras palabras, la garantía inmobiliaria compromete un bien inmueble, ya sea el objeto de la hipoteca, o bien una propiedad en la que el deudor ya sea el dueño. Estos bienes son embargables en caso de incumplimiento en el pago de la deuda, de acuerdo a lo establecido en el contrato.

A la hora de contratar una hipoteca, dejar el inmueble en garantía para el cualnos van a financiar es obligatorio, peor la mayoría de bancos suelen pedirnos, además un garantía persona. Veamos en qué consiste. 


¿Qué es una garantía personal?

Una garantía personal es un tipo de aval sustentado en bienes personales que el deudor  tenga en el presente o pueda tener en el futuro, siempre que estos estén dentro de los límites del contrato de hipoteca. Este tipo de garantía no debe depender de un tercero, sino del patrimonio del propio hipotecado. A diferencia de las garantías reales, las garantías personales son intangibles y están basadas en la solvencia del deudor, es decir, en los fondos o patrimonio que tenga o llegue a tener en el futuro.

Algunos ejemplos de garantía personal son: tener un depósito a plazo, participaciones en un fondo de inversión o acciones en empresas de marcado crecimiento. Estos fondos forman parte del patrimonio del deudor, por lo que funcionan como avales para respaldar el préstamo hipotecario en caso de un incumplimiento de pagos de la cuota de la hipoteca. 

En algunos casos, la garantía personal también puede darse por un avalista, es decir, un tercero que asuma la responsabilidad de pagar en caso de mora del deudor. Pero como hemos mencionado, esto no es suele ser muy común, ya que la garantía personal se basa en la propia solvencia del deudor y no en la de otros. 


Hipoteca sin garantía personal, ¿es posible?

Teniendo en cuenta que la garantía personal es un requisito casi ineludible para contratar una hipoteca, sí existe una hipoteca, en este caso la hipoteca Bankinter, en la que solo nos piden la garantía inmobiliario. Es decir, que ante un impago continuado de las cuotas, solo haremos frente a la deuda con la vivienda, y no respodneremos a dicha deuda con otros bienes que poseamos, es decir, que no tendremos una garantía persona.

Esta única hipoteca del mercado es la Hipoteca Sin Más de Bankinter, una hipoteca cuya única garantía es inmobiliaria, es decir, la vivienda hipotecada. Esta opción permite que las personas que no puedan cubrir una garantía personal accedan a la vivienda que necesitan sin más avales que el mismo inmueble.

La Hipoteca Sin Más está destinada para personas residentes en España que tengan ingresos mensuales superiores a los 2.000 €. Financia hasta un 80% de la propiedad (el menor de los valores entre el precio de compra y el valor de tasación), y tiene un plazo de 30 años.
 
Con dación en pago
Hipoteca Sin Más
  • TAE Variable
    4,15%
  • 1.25% TIN el 1er año
    Euribor + 0,75%
  • Comisión de apertura
    500 €
  • Cuota mensual
    582,45 €
  • Productos bonificables
    4

   

¿Te parece una ventaja contar con una hipoteca sin más garantía que la inmobiliaria? Cuéntanos tus experiencias y opiniones. 

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