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Blog de Juan Carlos Burguera
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"Soluciones para las hipotecas multidivisa"

El pasado 13 de octubre, pudimos asistir al webinar "Soluciones para las hipotecas multidivisa" impartido por Juan Carlos Burguera, abogado y director de Burgera Abogados.

En el webinar, Juan Carlos Burguera nos ayuda a comprender qué es una hipoteca multidivisa y cuáles son las posibilidades de recuperación del dinero invertido en este tipo de activos.

Los temas tratados durante el webinar fueron:

¿Qué son las hipotecas multidivisa?

Las hipotecas multidivisa según el TS es un préstamo con garantía hipotecaria realizado con un interés variable, que se referencia tanto las cuotas como el capital una divisa extranjera, apoyándose en un índice de referencia diferente al Euribor, habitualmente el Libor.

El atractivo que hizo que estas hipotecas que colocaran tan rápido era el bajo tipo del Libor en el momento. Las dividas más utilizadas eran el Yen japonés y el Franco suizo.

Los riesgos que tienen estas hipotecas multidivisas es que el tiempo de interés es muy variante en el tiempo. Y la flucctuación de la moneda tanto en la cuota mensual como en el capital pendiente de amortizar.
De esta forma gran parte de los clientes de hipotecas multividsas se han encontrado en los últimos años en una situación en la que tras unos años de hipoteca, deben una cantidad (en euros) muy superior a el capital inicial por el cual se pedía la hipoteca.

Podemos decir, por tanto, que se trata de un producto complejo, especulativo, de alto riesgo y de naturaleza híbrida al que se le debe aplicar la Ley del Mercado de Valores.

Legislación aplicable a las hipotecas multidivisa

La legislación aplicable a las hipotecas multidivisa es:

  • Código Civil: artículo 7. En el que se reconoce el deber de actuar conforme a las exigencias de la buena fe.
  • Ley 26/1988 de 29 de julio sobre Disciplina e intervención de las Entidades de Crédito.
  • Ley del Mercado de Valores.
  • Orden de 5 de mayo de 1994 sobre transparencia en las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios.
  • Ley 36/2003 de 11 de noviembre sobre medidas de reforma económica.
  • Ley 1/2007 que aprueba el TRLGDCYU (Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios).
  • Directiva 93/13//CEE del consejo, de 5 de abril de 1993 sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.
  • Directiva 2014/17 de 4 de febrero de 2014.
  • Constitución Española.

La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

La línea en la que ha actuado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea queda recogida en dos sentencias:

  • Sentencia de 30 de abril de 2014
  • Sentencia de 14 de marzo de 2013

En la primera sentencia de 30 de abril de 2014 se establece que no es suficiente que la claridad y la comprensión gramatical se puede conocer el significado de la hipoteca, exigiendo que sea el banco el que explique de manera comprensible las condiciones de la hipoteca.
A nivel nacional se establece en dichas sentencias las formas en las que deberían actuar los juzgados españoles respecto a estos asuntos.

La sentencia de 30 de junio de 2015 que se dictó a nivel español es una referencia para la estimación y desestimación de los recursos contra la cláusula multidivisa. Pues aunque esta sentencia en concreto se desestima , se fija una forma de actuación en la que se define que hay posibilidades de llegar a una sentencia estimatoria en aquellos casos en los que los contratantes no tienen conocimientos previos en divisas, valores financieros etc; mientras que serían desestimadas aquellas reclamaciones contratadas por profesionales del sector, con conocimientos en divisas, en valores, etc.

Por tanto podemos decir que existen dos casos diferenciados que influyen de forma relevante en la estimación o desestimación del recurso de la hipoteca multidivisa.

El deber de información y transparencia en los préstamos hipotecarios

Estos son los dos principios que recogen las sentencias citadas. Tanto el deber de información como el deber de transparencia de los préstamos hipotecarios son los principios que más se incumplen en los préstamos hipotecarios.
En el webinar Juan Carlos Burguera nos comenta cuáles son las omisiones principales que llevan a cabo los bancos.

La especial protección a consumidores y usuarios

Tras la sentencia de de 30 de junio de 2015, existen dos perfiles de clientes de hipotecas multidivisas, según el cual es más o menos probable que las reclamaciones sean admitidas. Así pues, los parámetros a tener en cuenta para clasificar a los usuarios son:

  • Formación académica.
  • Tipo de trabajo.
  • Historial de productos financieros que se posean.
  • Conocimientos sobre cambios de divisa.

Por último, se pasó a las preguntas de los internautas y al resumen de algunas de las preguntas más frecuentes por los clientes.

 

Para ver la grabación completa del webinar haz clic en el siguiente botón:

acciones bankia resumen webinar

 

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