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Novedades Fiscales y Laborales para 2010


La Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 y alguna otra disposición más, recogen todo un conjunto de novedades fiscales y sociolaborales de bastante calado aplicables a lo largo de este 2010 y que a continuación trataré de resumir:


MATERIA FISCAL
I.R.P.F.

Elevación en los tipos del ahorro, la cuota estatal hasta 6.000 € se gravará al 11,72 % y el resto al 12,95 %. La cuota autonómica hasta 6.000 € se gravará al 7,28 % y el resto al 8,05 %. Todos los porcentajes de retención que en 2009 estaban al 18% pasan al 19% (rendimientos capital mobiliario, ganancia patrimoniales de transmisiones o reembolso acciones, aprovechamientos forestales vecinos, premios, arrendamiento inmuebles urbanos, propiedad intelectual, etc.

Actualización de los coeficientes correctores del valor de adquisición al 1%, a efectos del cálculo de las ganancias patrimoniales, derivadas de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas, efectuadas durante 2010.
Elevación de la cuantía límite exenta prestaciones de desempleo en la modalidad pago único a 15.500 €.
Supresión gradual de la deducción de los 400 euros de ZP de la siguiente forma. Para bases imponibles de hasta 8.000 euros: deducción íntegra, esto es, los 400 euros. Para bases imponibles comprendidas entre los 8.000,01 y 12.000 euros: la deducción será progresiva, esto es, 400 euros menos el resultado de multiplicar por 0,1 la diferencia entre la base imponible que se tenga y los 8.000 euros anuales de mínima. A modo de ejemplo tenemos que para Bases imponibles de 9000 euros serán 300 euros de deducción, para 10.000 euros serán 200 y para 11.000 euros serán 100 euros de deducción total. Y finalmente, para bases imponibles desde 12.000,01 Euros en adelante (la gran mayoría): 0 euros.

Reducción del rendimiento neto de actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo durante los periodo impositivos 2009, 2010 y 2011. Reducción del 20% rendimiento neto positivo declarado, minorado en su caso por las reducciones del art.32. El importe de la reducción así calculado no podrá ser superior al 50 % del importe de las retribuciones satisfechas en el ejercicio al conjunto de sus trabajadores. Se exige que importe neto de la cifra de negocios para el conjunto de las actividades sea inferior a 5 millones de euros y tengan una plantilla media inferior a 25 empleados.

Para 2010 se mantiene la deducción fiscal por vivienda habitual. Será la futura Ley de Economía Sostenible la que incluya una redefinición de los incentivos fiscales, si bien, se prevé su práctica supresión a partir 2011 para rentas superiores a 24.107,20 euros, aunque parece que se respetará la situación de los contribuyentes que hayan adquirido su vivienda con anterioridad.

Se modifica el régimen de los trabajadores desplazados a territorio español, de manera que este régimen, que les permite tributar como no residentes, deja de ser aplicable si la retribución previsible excede de 600.000 euros. La reforma no afecta a los trabajadores desplazados a España con anterioridad al 1 de enero de 2010.


IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (IS)

El porcentaje retención general previsto pasa del 18 al 19%.

Modificación de los tipos aplicables en el IS para 2009, 2010 y 2011 para aquellas empresas con una cifra de negocios inferior a 5 millones de euros y menos de 25 trabajadores. Los tipos aplicables para estos supuestos serán del 20% hasta 120.202,41 euros, y el 25%, para el resto de la base liquidable, siempre que mantenga o cree empleo.


IMPUESTOS LOCALES
IBI: todos los valores catastrales de los bienes inmuebles se actualizarán mediante la aplicación del coeficiente 1,01 (1%).


I.V.A
Con efectos de 01-07-2010 el tipo general del 16 % pasa al 18% y el tipo reducido del 7% pasa al 8% .



MATERIA LABORAL

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2010 se incrementa en un 1,5%, situándolo en 633,3 € brutos/mes y a 8866,20 € brutos/año.

Respecto al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) tendrá las siguientes cuantías durante 2010: Diario: 17.75 €/día y Mensual: 532,51 € (de este importe cabe recordar que el 20%, esto es,106,50€, sirve de exclusión de cotización para ciertas cuantías salariales).

En el Régimen General de la Seguridad Social la base máxima de cotización para 2010 será de 3.198 euros mensuales y la mínima 787.50 euros mensuales, manteniéndose los mismos tipos de cotización que hasta la fecha.

En el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, la base máxima de cotización para 2010 será de 3.198 euros mensuales y la base mínima de cotización será de 841,80 euros mensuales. Para aquellos s trabajadores autónomos que, a primero de enero de 2010, tuvieran 50 o más años cumplidos, la base de cotización (salvo ciertas excepciones) estará comprendida entre las cuantías de 907,50 y 1.665,90 euros mensuales.

Modificación de la tabla-tarifa de primas por contingencias de trabajo y enfermedades profesionales contenida en la DA Cuarta ley 42/2006.

Incremento de las pensiones para 2010 en un 1 %.


OTRAS DISPOSICIONES

Interés legal del dinero se fija en el 4% para 2010.
Interés demora para 2010: 5 %.
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