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Fiscalidad del dividendo de Endesa en la Declaración de la Renta de 2014

Fiscalidad del dividendo de Endesa en la Declaración de la Renta de 2014

La empresa Endesa va a repartir un dividendo el próximo miércoles 29 de Octubre de 13,795 euros por acción. Un dividendo más que suculento para los accionistas de esta empresa, pero muchos de ellos no conocen cuál es la fiscalidad del dividendo en la próxima Declaración de la Renta de 2014
 
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Fiscalidad del dividendo de Endesa

Un inversor en bolsa que se haya enterado de esta noticia hoy, 27 de Octubre, y decide comprar acciones de Endesa con el objetivo de cobrar el dividendos. ¿Qué debe conocer sobre la fiscalidad del dividendo de Endesa?
 
Vamos a poner un ejemplo para conocer cómo tributaría el importe recibido por un inversor en concepto de dividendos en la próxima Declaración de la Renta:
 
  • Fecha de la compra de las acciones de Endesa: 27 de Octubre de 2014
  • Fecha del reparto del dividendo: 29 de Octubre de 2014
  • Fecha de la venta de las acciones de Endesa: esta es la clave para conocer la fiscalidad del dividendo. 
 
Si el inversor quiere aplicar la exención de los primeros 1.500 euros en dividendos en la Declaración de la Renta de 2014, ¿cuánto tiempo tiene que tener en cartera las acciones de Endesa?
 
 
Según la ley del IRPF para la fiscalidad de los dividendos:
 
La exención de los 1.500 primeros euros no se aplicará a los dividendos y beneficios distribuidos por las instituciones de inversión colectiva, ni a los procedentes de valores o participaciones adquiridas dentro de los dos meses anteriores a la fecha en que aquéllos se hubieran satisfecho cuando, con posterioridad a esta fecha, dentro del mismo plazo, se produzca una transmisión de valores homogéneos.
 
El cobro del dividendo de Endesa estará incluido dentro de la exención de hasta 1.500 euros siempre y cuando se cumpla el período de mantenimiento de las acciones en la cartera, dos meses antes o dos meses después del pago del mismo. Es decir, como hemos comprado las acciones con menos de 2 meses de antelación, deberemos mantenerlas en cartera durante más de dos meses desde la fecha del reparto del dividendo.
 
Para poder aplicar la exención de los primeros 1.500 euros, deberemos vender las acciones de Endesa a partir de 30 de Diciembre.
  • Si las acciones se venden el 30 o 31 de Diciembre, tributarán en la Declaración de la Renta de 2014, y con el ejemplo que hemos puesto generarían una ganancia o pérdida patrimonial a corto plazo que se imputa en la base imponible general. 
  • Si las acciones se venden a partir del 1 de Enero de 2015, tributarán en la Declaración de la Renta de 2015, y de acorde con la Reforma Fiscal, la ganancia o pérdida patrimonial se imputará en la base imponible del ahorro. 
 
Por último, comentar que con la Reforma Fiscal se eliminará esta exención para aquellos dividendos pagados desde el 1 de Enero de 2015, que tributarán en la Declaración de la Renta de 2015. 
  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • sector energético
  1. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #6
    29/10/14 16:49

    Tenemos 2 meses si queremos que estos dividendos estén incluidos en la exección de los 1500 (o 3000), pero si ya estás sobrepasando esta cifra en dividendos obtenidos.. no hace falta esperarse los dos meses para venderlas.
    Como tú dices, hay muchas posibilidades, dependiendo de la situación de cada uno (Y en el tema que yo te apunto, puede ser insignificante si la base general es pequeña; pero muy importante si la BG es alta y por tanto, el marginal es muy alto (hasta el 53%).
    Un saludo (era sólo un apunte)

  2. en respuesta a Pelos sr
    -
    Top 100
    #5
    29/10/14 11:28

    En este tipo de operaciones, debemos de tener en cuenta el plazo de los dos meses. Si compramos las acciones ahora para obtener el dividendo, tenemos que esperar para venderlas hasta el 30 de diciembre; y si queremos venderlas en 2014 para tributar por la ganancia o pérdida patrimonial en la base imponible general, tendremos solo 2 días para hacer la venta, seguramemte se obtendrá una pérdida como comentas, lo que puede resultar interesante si durante este año hemos tenido ganancias a corto plazo que qerramos compensar,

    Depende de muchos aspectos, una opción u otra será más ventajosa fiscalmente.
    Un saludo,

  3. #4
    28/10/14 22:04

    Hola Amparo... buen artículo, pero no has tratado lo que para mí es el tema importante de la "operación endesa"
    Bien está el recibir el dividendo y que los 1500 euros (o 3000 en declaración conjunta) queden exentos, PERO... donde de verdadpuede haber un gran ahorro fiscal es en el tema de GENERAR MINUSVALÍAS,MENORES de un año, para compensar con ganancias si las hubiere, y lo que es más importante, con el 10% de la base general.(hasta el 10 % del resto de ingresos de la base general, es decir se puede ahorrar por lo que pierdes, de tu su tipo marginal)
    Es decir, comprar las acciones (mejor hace un mes cuando ya se sabía), obtener el dividendo y venderlas (con minusvalía por cotizar ex dividendo)
    En según que casos se sale muy beneficiado (aunque "se pierda momentaneamente" el 21% de la retención.
    Un saludete, ojazos

  4. #3
    28/10/14 17:03

    hola buenas tardes si compro acciones hoy tendre apcion a tener dividendos,gracias.......

  5. en respuesta a Tarsicio
    -
    Top 100
    #2
    28/10/14 09:22

    Buenos días,

    Pero para poder aplicar la exención de los primeros 1.500€ en dividendos, se deben de tener las acciones en cartera durante dos meses. Así que en el caso que comentas, deberías hacer un cálculo de los dividendos para ver en qué parte (30% de los dividendos) se podría aplicar esta exención.

    Para el resto de los dividendos, el 70% se debería tributar al tipo del 21%, 25% o 27%, en función del importe.

    Saludos,

  6. #1
    28/10/14 01:13

    ¿Y si no teniendo Endesas a dīa de hoy, se compran 100, por ejemplo, y se venden 70 a los dos días, pero se mantienen las 30 restantes hasta el 31 de diciembre?

    Yo entiendo que en ese supuesto pagarías el 21% por las 70, pero podrías tener exentas las 30 restantes que sí cumplen el plazo. ¿Es correcto?

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