Cuando un contribuyente invierte en valores extranjeros, debe de saber que existe la doble imposición en el dividendo por activos de empresas extranjeras.
En el caso de valores extranjeros, los dividendos o cupones que se reciban pueden disfrutar de un trato fiscal favorable, limitando la retención al 15%. Esto ocurrirá en los casos en que selos paises hayan firmado el convenio referentes.
Alemania o Estados Unidos son dos de los países donde existe el convenio firmado. De este modo, la retención que se aplica al cobro de dividendos o cupones se limita al 15%, o en el caso de que se haya practicado una retención mayor, el inversor tendrá derecho a la devolución del exceso sobre este porcentaje.
En el caso de valores alemanes, el inversor deberá solicitar que se le practique el tipo reducido mediante la cumplimentación del documento DBA-SPANIEN/Kapitalerträge, que facilitan en cualquier oficina de la Agencia Tributaria y que se debe enviar al Bundesamt für Finanzen-Bonn-Bad Godesberg.
En el caso de valores americanos, el inversor deberá solicitar que se le practique el tipo reducido mediante la cumplimentación del formulario W-8BEN “Certificado de estado de persona extranjera del propietario beneficiario para retenciones fiscales de Estados Unidos”, que se debe remitir a las autoridades fiscales de EEUU.
En ambos caso, el propio broker puede facilitar la tramitación y el envio de los documentos.
Formulario W-8BEN
Al rellenar y enviar el formulario W-8BEN el inversor disfruta de una menor retención para los dividendos y cupones obtenidos con valores americanos.
Este es el formulario W-8BEN a rellenar:
Como contribuyente español, se tiene que realizar la Declaración en España; y la retención española que se practique en el cobro de dividendos o cupones se considerará igual que cualquier otra retención, como un pago a cuenta.
En la Declaración de la Renta, existe una casilla denominada Deducción por doble imposición internacional. En el caso en que el contribuyente se pueda acoger a esta casilla, podrá deducirse la menor de las dos cantidades siguientes:
- Impuesto pagado en el extranjero (retención practicada en el extranjero).
- Resultado de aplicar el tipo medio efectivo a la parte de la base liquidable gravada en el extranjero.
Para poder disfrutar de un trato fiscal más favorable, reduciéndose las retenciones de impuestos sobre los pagos de intereses y dividendos de tales valores, es necesario que se haya firmado y enviado el certificado correspondiente que, en el caso de valores americanos es el formulario W-8 BEN acreditando que no es residente en Estados Unidos y que puede beneficiarse de una menor retención en el pago de dividendos y cupones.