Se entiende la nuda propiedad como el derecho de una persona sobre un bien en la que su relación con el recae en ser únicamente el propietario. Pero no puede disfrutar de el, ya que no tiene su posesión por haber sido cedido este a través de un derecho real que se llama usufructo. Es decir, en la nuda propiedad, adquieres una propiedad sin el derecho a utilizarla, ya que este derecho le corresponde al usufructo. Sin embargo, el usufructo no puede ser indefinido, y siempre tiene un término o fijo o vitalicio.
- El nudo propietario tiene el derecho a recuperar el bien en buen estado a la extinción del usufructo.
- El nudo propietario puede vender su nuda propiedad.
- Otros derechos accesorios, en el caso de bienes específicos como acciones.
El usufructo
El usufructuario puede dar en arriendo el usufructo y cederlo a quien quiera, a título oneroso o gratuito. Cedido el usufructo a un tercero, el cedente permanece siempre directamente responsable al propietario.Pero no podrá el usufructuario arrendar ni ceder el usufructo si se lo hubiere prohibido el constituyente; a menos que le propietario le releve de la prohibición. El usufructuario que contraviniere a esta disposición, perderá el derecho de usufructo
- De forma simultánea, usando el bien al mismo tiempo todos los usufructuarios.
- Según la forma determinada por el constituyente, pudiendo dividir los usufructuarios, el usufructo como quieran.
Ejemplos de nuda propiedad
Un ejemplo de nuda propiedad es en el caso de las herencias cuando una persona fallece y deja como usufructuaria a su esposa y como propietarios del piso a sus hijos, teniendo la nuda propiedad de la vivienda. La madre podrá utilizar la vivienda hasta que fallezca pero la propiedad es de sus hijos.
