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Seguros hogar vinculados a préstamos hipotecarios

A la hora de contratar una hipoteca con una entidad bancaria, nos obligan en el 100% de los casos a contratar el seguro de hogar con la entidad. Cosas interesantes que debéis saber a este respecto:
    

  • El seguro que contratas suele ser entre un 40 y hasta un 100% más caro del precio que puedes encontrar en cualquier aseguradora, esto se debe a que el banco media como agente  colaborador de las aseguradores y suma el cobro de su comisión a la prima del seguro.
  • En ninguno caso, te pueden obligar a contratar el seguro de hogar con ellos (que es lo que suelen decir) la ley solo indica que cualquier casa con hipoteca debe tener un seguro de cobertura del continente, o comúnmente conocido como seguro de incendios, cuyo beneficiario sea la entidad bancaria prestataria de la hipoteca. Se pude contratar con cualquier aseguradora y no ponen ningún impedimento a que el beneficiario del continente sea una entidad bancaria.
  • Y tercero y más importante: a menudo los bancos contratan el importe del continente por el mismo importe que el capital de la hipoteca, dígase 150.000 eur, cuando debe estar contratado por el importe de reposición que indica la tasación, normalmente suele ser la mitad, puesto que en caso de incendios, te indemnizaran con la estimación que el perito de la aseguradora haga sobre los daños causados en la vivienda, y puesto que el suelo es tuyo no entra dentro de esa valoración, en resumen aunque tengas un seguro de 150.000 eur te pagaran lo que el perito estime como valor de reposición. Este punto es importante a la hora de abaratar la prima.
     

 

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  1. en respuesta a Acrasoles
    -
    #11
    04/01/20 20:39

    No sabia que se hacia discriminación entre sexos en este foro...

  2. en respuesta a Jcdjcd
    -
    #10
    31/12/19 12:45

    Otro que trabaja mas en el bar que en la oficina.
    Donde leches esta prohibido tener dos seguros del mismo bien? de Continente o de Contenido o de coche.
    Joder que estamos a fin de año y me vais a amargar el dia.

  3. en respuesta a Blancas
    -
    #9
    31/12/19 12:43

    Uf. Y esto lo dices porque tu lo sabes, o porque lo has oído en el bar.
    Que las mujeres ahora también vais a los bares (antes a las cafeterias) y charlais o hablais como siempre de todo, sin saber ni atender a razón alguna.

  4. en respuesta a Jcdjcd
    -
    #8
    29/12/19 23:32

    El seguro comunitario solo te cubre las paredes de piso e instalaciones comunitarias, no las instalaciones privativas, si se origina un incendio o inundacion o explosion un siniestro por una instalacion que no sea comunitaria y no tienes asegurado el continente de tu piso o al menos las instalaciones privativas, no te van a reconstruir nada.

  5. #7
    22/05/12 18:17

    También os digo que si por casualidad alguno de vosotros vive en un Edificio, con ese seguro es suficiente a efectos del banco. Simplemente es sacar el coeficiente de participación de esa vivienda y hacer subrogación.
    Al mismo tiempo quitar de vuestro seguro la parte de continente. Recordad, está prohibido enriquecerse con el seguro. Si tenéis seguro de Comunidad y tenéis seguro de hogar (cte. y cdo.!!) estáis duplicando una cobertura y eso un seguro, según la DGS. está prohibido.
    Un saludo

  6. en respuesta a Aforado
    -
    #7
    30/09/11 12:44

    Y hay veces que ni la reconstruyen...juegan al desgaste del asegurado, para luego ofrecerles lo mínimo.
    Nosotros llevamos con nuestra casa quemada desde hace un año y Segurcaixa todavía no nos ha pagado!!!les hemos aportado miles de pruebas en contra de la clúsula que nos quieren aplicar y no entran en razón, nos quieren llevar a un juicio que durará años, y mientras que? como pagamos dos casas?(la que hemos tenido que alquilar y la quemada)y como seguimos con nuestra vida y con nuestros cuatro hijos????.
    así que a la hora de la verdad no pagan!!!, eso si, si al final vamos a juicio les saldrá mas caro seguro.
    Meteros en YOutube: segurcaixa , el primer video es de como esta nuestra casa y otro de no siempre somos la estrella mas abajo también es nuestro.

  7. Top 100
    #5
    06/02/11 18:07

    Perdona que te diga pero creo que estas enredado.
    Un saludo

  8. #4
    06/02/11 00:28

    Por Dios que articulo mas mediocre. Espero que nadie se "asesore" con el.

    Solo un boton: la ley no obliga a contratar un seguro de continente, sino un seguro de incendio, que no es lo mismo.

  9. #3
    Aforado
    05/02/11 15:28

    Tengo que corregirte: El seguro de hogar no te va a pagar nada de nada. El valor de continente se utiliza para medir el coste de reconstrucción. Que nadie queme la casa que no le van a pagar, sólo se la van a reconstruir. Por otro lado hay que aceptar el importe que proponga la aseguradora y que garantice la aplicación de la regla proporcional, es decir que ponga lo que ponga te la reconstruyen. A veces puede parecer infraseguro, pero si el contrato indica que aplicarán la regla proporcional tranquis que cumplen. En caso de sobreseguro hay que reclamar, no vamos a pagar más por lo mismo.

  10. Top 100
    #2
    05/02/11 11:35

    hola, yo en mi caso tengo cesion de derechos, no es obligatorio ponerlos de beneficiarios, y ademas creo que tampoco es obligado (aunque muy recomendable) ni siquiera tenerlo, excepto que sirva la hipoteca como garantia de alguna emision del banco, esto es lo que yo tengo entendido, gracias por el post, saludos

  11. #1
    05/02/11 06:48

    Gracias por la aportación, en mi escritura del préstamo hipotecario se atrevieron a poner "sera asegurado por una compañia aceptable por el banco" ésto a mi no me amedrenta por que el seguro lo pago yo. Que nadie se amedrente si tiene cosas de este tipo en la escritura. Saludos.

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