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El dividendo flexible de Iberdrola (II)

Tal y como estaba previsto el pasado día 10 Iberdrola envió un hecho relevante a la CNMV en el que se comunicaba que el número de derechos necesarios para recibir una acción son 26 y también se comunicó que el compromiso de compra de cada uno de los derechos es 0,191 euros. Sabemos también que el número máximo de acciones nuevas que se van a emitir en el caso de que todos los accionistas acudiéramos a esta opción es 202.012.450 acciones.

Ahora falta saber cual es la decisión de cada uno de los accionistas. Poniéndonos en el caso extremo de que todos decidiéramos cobrar el dividendo, es decir acudir al compromiso de compra por parte de Iberdrola a 0,191 euros por derecho, no se emitiría ninguna acción nueva y la empresa tendría que desembolsar 1.003 millones de euros en dividendos. En el caso contrario de que todos los accionistas decidiésemos optar por convertir los derechos en acciones se emitirían 202.012.450 acciones nuevas y la empresa no tendría que desembolsar ningún euro como dividendo, solo tendría que hacer un apunte contable por importe de 151,50 millones sin desembolso. Personalmente este creo que es el verdadero motivo de la propuesta del dividendo flexible: Intentar desembolsar la menor cantidad posible de efectivo para no aumentar la deuda e intentar reducirla en la medida de lo posible. Está claro que en la práctica se quedará en una solución intermedia, ya que habrá gustos para todo.

¿Fiscalmente como nos afecta la decisión que tomemos?

En el caso de que nos decidamos por la opción de cobrar el dividendo, acudiendo al compromiso de compra por Iberdrola de los derechos a 0,191 euros, tenemos que comunicarlo a nuestro depositario de las acciones antes del día 23 y el tratamiento fiscal será el de todos los años. El importe cobrado lo tendremos que incluir en el apartado de rendimiento del capital mobiliario de nuestra declaración de la renta. Iberdrola nos hará la retención correspondiente y tendremos derecho a la exención de 1.500 euros del total de dividendos cobrados de todas las empresas que nos lo paguen.

En el caso de que nos decidamos por la opción de quedarnos con las acciones que nos correspondan, no tenemos que comunicarlo a nadie ya que automáticamente nos las asignarán el día 1 de Julio y fiscalmente no nos afectará mientras no vendamos las acciones. Entonces el tratamiento fiscal será el mismo que el de cualquier acción y tendremos que incluir en nuestra declaración de la renta la ganancia o perdida patrimonial que nos ocasione. El importe de la transmisión será el obtenido por la venta de todas las acciones y el importe de la compra será el que pagamos por la compra del número de acciones que compramos en su día.

En el caso de que decidamos vender nuestros derechos en el mercado, total o parcialmente, tampoco tenemos que incluir el importe obtenido por esta transmisión en nuestra declaración de la renta mientras no vendamos las acciones de las que proceden los derechos. Cuando vendamos nuestras acciones deberemos tener en cuenta, y así incluirlo en nuestra declaración (incremento o perdida patrimonial), que el importe de la compra se ha visto reducido en la cantidad cobrada por la venta de los derechos.

Está claro que para los accionistas que compraron las acciones buscando la alta rentabilidad por dividendo que ofrece la empresa la opción que parece más razonable es la de acudir al compromiso de recompra por parte de Iberdrola de los derechos por 0,191 euros (no olvidar que necesariamente hay que comunicarlo al banco antes del día 23), ya que se tiene la ventaja fiscal de la exención de los primeros 1.500 euros cobrados por dividendos. Solo en el caso de que los derechos cotizaran en el mercado a un precio superior que compensara esta exención fiscal merecería la pena la venta en el mercado y cada caso particular tiene un precio diferente. Por ejemplo, en el caso de que se pueda tener derecho a la exención fiscal por otros dividendos, cualquier precio de mercado por encima de 0,191 euros es mejor opción y en teoría teniendo en cuenta que la acción cerró el viernes a 5,404 euros, el derecho debería comenzar a cotizar el lunes a 0,20 euros.

En el caso de ACS como supongo que necesitarán cobrar el dividendo para utilizarlo como pago a los bancos por la deuda contraída tienen dos opciones: cobrar el dividendo o vender los derechos en el mercado a un mejor precio. A igualdad de precio está claro que le interesa cobrar el dividendo, y además le interesa que así lo hagamos todos los accionistas ya que es la única forma de que no vean diluida su participación. Si las venden en el mercado automáticamente están diluyendo su participación así que supongo que no lo harán.

Para los inversores a largo plazo, según mi opinión, lo mejor es acudir a la ampliación, sobre todo si el dinero ahorrado se destina a reducir deuda, ya que además de no ver diluida la participación se podrán mejorar el ratio de solvencia de la empresa.

Saludos.

Nota: Para ver el indice de las empresas publicadas pinche aqui

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  1. en respuesta a Pablillo
    -
    #2
    14/06/10 23:53

    Hola Pablillo:

    Lo de diluir la participación de ACS les viene bien, pero personalmente no creo que sea el motivo principal. Espero que lo que consigan ahorrar en dividendos lo destinen a reducir deuda, que realmente les hace falta.

    Saludos.

  2. #1
    14/06/10 11:37

    Según iba leyendo la entrada he tenido un cambio de opinión. Al principio no podía estar más de acuerdo contigo: pagar con acciones es una opción de retribución bastante buena si la empresa desea así reducir la cantidad de efectivo destinada a dividendos, y así poder utilizarla para amortizar deuda. Pero luego leí lo de ACS y ahí es cuando me he dado cuenta de las verdaderas intenciones de Galán y su equipo: son MUY listos porque si retribuyen con acciones consiguen dos cosas:

    1) Dan por culo (con el perdon de la mesa) hasta cotas inimaginables a ACS: si cobra los dividendos y los usa para pagar los intereses generados por la deuda como tenía previsto tito Floren, su participación SE DILUYE. Si no los cobra, consigue mantener esa participación constante, pero los intereses HAY QUE PAGARLOS ¿de donde? ¿tendrían esto previsto en ACS?. No debe ser facil tener un activo que no te genera liquidez de ningun tipo mientras pagas intereses por los prestamos que conllevó su compra.

    2) Si ahorran efectivo, más que reduciendo deuda, les veo usandolo para crecer a base de COMPRAS. Si ya joden a ACS porque les ponen entre la espada y la pared al hacerles elegir entre efectivo o no dilución, sin encima eso que dejan de pagar a ACS se lo gastan en inversiones y crecimiento, mejor que mejor, porque aumentan el valor de la empresa y se convierten en un bocado que cada dia es más dificil de morder.

    Desde mi punto de vista, todo esto forma parte de la ESTRATEGIA que Iberdrola está llevando a cabo para evitar que ACS la degluta.

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