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Interpretación Disposición Transitoria 34
De momento, fijo, que hay varios miles de personas que no han solicitado la jubilación... y esperemos a ver..
Zanoni19/03/26 00:21
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Po zi 🙄
Zanoni19/03/26 00:03
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https://www.facebook.com/share/v/1aixJ6RPNT/Vaya tela ¡¡
Zanoni18/03/26 21:48
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Interpretación Disposición Transitoria 34
Ojalá tengas razón :-)
Zanoni18/03/26 20:33
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Interpretación Disposición Transitoria 34
Trabajo muchad décadas en la administración pública. Imagino perfectamente los "enfrentamientos" que habrá entre distintos departamentos y cómo, personalmente, según afecte a cada cual se buscarán salidas o se pondrán candados. Lo que es obvio es que si "de verdad" (no de boquilla) vence la voluntad de volver a la DT 34.2 solo cabe "nueva interpretación" vs " cambio legislativo", con el lío que conlleva nuestro singular Parlamento si hay que cambiar la ley.Un abrazo.
Zanoni18/03/26 17:09
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Pero en definitiva requieres el concurso del Congreso... y los que allí se sientan tienen otros problemas e intereses
Zanoni18/03/26 17:06
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Interpretación Disposición Transitoria 34
Eso sería pedir que hubiesen tenido sentido común al redactar la ley.
Zanoni18/03/26 16:57
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Así es. Servidor lleva 49 años currados..Por cambio de criterio de SS podría ser, pero el Congreso ya sabemos que es un polvorín...
Zanoni18/03/26 16:47
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Interpretación Disposición Transitoria 34
Ese funcionario de la SS (del video) fue el primero y ha sido el último en hablar de la DT 34... y no muestra mucha convicción, en mi opinión...
Zanoni18/03/26 16:43
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Interpretación Disposición Transitoria 34
La Disposición Transitoria forma parte de una Ley. Para cambiarla hay que ir alParlamento. Ojalá hubiese consenso (dentro del propio Ministerio) sobre la manera de "interpretarla" sin entrar en otro OBUS, quiero decir OMNIBUS, que los carga el diablo...