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Participaciones del usuario Xelo Ribera

Xelo Ribera 26/01/18 10:04
Ha respondido al tema Gestamp (GEST): seguimiento de la acción
Parece que su estrategia de expansión por China va viento en popa. Ayer firmó con BHAP crear una filial conjunta, y parece muy interesante ya que BHAP forma parte del Grupo BAIC ( productor automovilístico importante). Tanto BHAP como Grupo BAIC tienen filiales conjuntas con otros fabricantes de otros países por lo que pueden abrir puertas para Gestamp para aumentar ventas.  
Xelo Ribera 26/01/18 09:37
Ha respondido al tema Banco Santander (SAN)
Santander ya ha logrado restablecerse su valor en libros y cotiza a 1,001 veces su valor contable. Ha conseguido abandonar la lista de bancos débiles del mercado.    
Xelo Ribera 25/01/18 17:41
Ha respondido al tema Duda sobre venta de acciones. Att. Xelo Ribera
Hola Romy, no me queda claro desde que año tienes las acciones ( 1992, 2005, 2007.....) pero te adjunto un archivo  donde está la cotización de Repsol desde el año 1994 hasta 2018. Lo que tienes que ver es el valor de compra y el valor de la venta para ver si es beneficio o pérdida. Hay un problema, en el foro no te puedo adjuntar el archivo pero lo puedes bajar del siguiente enlace, entra a la pestaña de Info.Histórica http://www.bolsamadrid.es/esp/aspx/Empresas/InfHistorica.aspx?ISIN=ES0173516115&ClvEmis=73516 Las plusvalías generadas con la venta de acciones por un precio superior al que se adquirieron son ganancias patrimoniales que tributan como rentas del ahorro. Sin embargo, no hay retención en el momento en el que se produce la ganancia. Sólo se paga a Hacienda al realizar la declaración de la renta. Entre 0 y 6.000 euros: se paga el 19% Entre 6.000,01 y 50.000 euros: se paga el 21% Más de 50.000 euros: se paga el 23% La Agencia Tributaria permite compensar ganancias con pérdidas en las declaraciones de la renta. Por ejemplo, las plusvalías generadas por la venta de una acción con beneficios se puede compensar con una minusvalía al haber vendido otra con un precio inferior al comprado. En este último caso, las pérdidas se pueden usar para la compensación de las ganancias durante los tres años siguientes a producirse.   Ganancias y pérdidas patrimoniales en el apartado G2 y la página 9. Hacienda divide el IRPF en varias secciones dependiendo del tipo de inversión. Casilla 290. Importe global de las transmisiones efectuadas. En ella rellenarás todos los datos correspondientes a los movimientos que hayas realizado en bolsa distinguiendo la entidad emisora, así como el tipo de valores. Selecciona el primero para acciones . Al contabilizar tus operaciones no te olvides que puedes deducir los gastos de administración y depósito y las comisiones de compra-venta en el caso de las acciones.   Los dividendos sí están sujetos a retención del 19%, con lo que en el IRPF se ajusta en función del tramo correspondiente por ganancias de capital, ya que son “rendimientos del capital mobiliario como cualquier interés cobrado por la tenencia de un activo”. La retribución al accionista tributa al completo, ya que desde 2015 no existe la exención de los primeros 1.500 euros cobrados por dividendos. En Rendimientos de Capital Mobiliario busca el apartado B de Rendimientos de capital mobiliario, situado en la página 3. Dentro de éstos, nos vamos a centrar en los rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro, que incluye las casillas que van de la 022 a la 034   Casilla 024. Rendimiento por dividendos. Se refiere a los dividendos que hayas cobrado por tus inversiones. Al incluirnos no olvides poner las retenciones y los gastos de administración y depósito, ya que se restarán de los ingresos íntegros.   Hasta 2015 las ganancias patrimoniales y los rendimientos del capital mobiliario, aunque tributan con los mismos tramos del ahorro, eran compartimentos cerrados a la hora de tener en cuenta las ganancias y las pérdidas. Es decir, no se podía reducir el pago a Hacienda por el beneficio obtenido con una acción con el menor precio de un bono vendido. Desde hace dos años, es posible hacerlo con un máximo del 15% de la base imponible del ahorro. Ahora que ya has incluido tus operaciones queda una cuestión clave: compensar pérdidas de ejercicios anteriores. Para ello hay que acudir a las casillas que van de la 394 a la 396. Casilla 394.  Está destinada a los saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales que no deriven de la transmisión de valores recibidos por operaciones de deuda subordinada o de participaciones preferentes, de 2012 a 2014 pendientes de compensación a 1 de enero de 2016, a integrar en la base imponible del ahorro. Casilla 395.  Está destinada a los saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales que sí deriven de la transmisión de valores recibidos por operaciones de deuda subordinada o de participaciones preferentes, de 2012 a 2014 pendientes de compensación a 1 de enero de 2016, a integrar en la base imponible del ahorro. Casilla 396. Esta es la más importante y es para los Saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales de 2015, pendientes de compensación a 1 de enero de 2016, a integrar en la base imponible del ahorro. En el caso de los rendimientos del capital mobiliario las casillas a vigilar serán la 400, 401 y 402 que seguirán el mismo orden en la distribución de activos que la anterior. Aquí lo tienes todo. Saludos          
Xelo Ribera 25/01/18 10:51
Ha respondido al tema Seguimiento de Logista (LOG)
Un mal trago para Logista que está siendo investigada por la Autoridad de la Competencia de Francia por malas prácticas en las reglas de la competencia en actividad de producción, importación y distribución de productos de tabaco. Aunque Logista considera que cumple totalmente con todas las reglas y está cooperando con ellos. Estaremos pendientes a ver como termina todo. Saludos     .
Xelo Ribera 25/01/18 10:39
Ha respondido al tema Recuperacion retencion por dividendos extranjeros
Hola, hay un plazo para la recuperación de retenciones que depende de cada país. El convenio de doble imposición permite recuperar la retención en origen. Te paso un enlace de un artículo que pienso que te puede ayudar. https://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/2754760-como-tributan-dividendos-extranjeros España tiene convenio de doble imposición en Italia. Te paso el enlace de la Agencia Tributaria.  http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Segmentos_Usuarios/Ciudadanos/Rentas_obtenidas_en_el_extranjero/Italia.pdf Aquí te paso enlace de la Agencia tributaria para que veas los convenios de los países que necesites.  http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Normativa/Fiscalidad_Internacional/Convenios_de_doble_imposicion_firmados_por_Espana/Convenios_de_doble_imposicion_firmados_por_Espana.shtml Espero que te sirvan de ayuda. Saludos
Xelo Ribera 25/01/18 09:35
Ha respondido al tema Inmobiliaria Colonial (COL)
La CNMV autorizó el folleto de la opa que Colonial lanzó sobre el 100% de su competidor Axiare el pasado 13 de noviembre. Esta mañana, han anunciado el plazo de aceptación de la opa, que comienza hoy y concluye el día 29 de enero de 2018.
Xelo Ribera 25/01/18 09:31
Ha respondido al tema Análisis Axiare Patrimonio SOCIMI (AXIA)
La CNMV  autorizó ayer el folleto de la opa que Colonial lanzó sobre el 100% de su competidor Axiare el pasado 13 de noviembre. Esta mañana, se ha anunciado el plazo de aceptación de la opa, que comienza hoy y concluye el día 29 de enero de 2018.  
Xelo Ribera 24/01/18 11:08
Ha comentado en el artículo Presentación del Blog
Muchas gracias por compartir con todos tus conocimientos, seguro que nos sirve de mucha ayuda. Son temas muy interesantes. Saludos
Xelo Ribera 24/01/18 11:02
Ha comentado en el artículo Unicaja: Una salida a bolsa exitosa por estar bien planificada
Muy interesante, el precio parece razonable y a corto plazo la situación del sector es buena (se espera que suba el tipo de interés). La entidad está razonablemente saneada, con un riesgo de negocio inferior a la media de la industria y a un precio de colocación muy atractivo.
Xelo Ribera 24/01/18 10:48
Ha comentado en el artículo Piensa en porcentajes no en unidades. No es lo mismo una escoba que un paraguas.
Algunos puristas le llaman a esta escala semi-logarítmica, porque no afecta a ambos ejes, sino sólo al eje vertical. Sabiendo que la rentabilidad es la proporción de una variación sobre una inversión y partiendo de que estamos en el mundo de las inversiones, donde todos buscamos rentabilizar nuestro capital. El gráfico logarítmico busca mantener constantes las proporciones, no los números brutos. Cuando el precio abarca un gran rango de precios, si no lo pones en logarítmico, estás perdiéndote lo mejor. En cuanto al “objetivo chartista” la estimación no es correcta si el gráfico está en escala lineal ya que el gráfico lineal muestra por igual variaciones de precio iguales y tiene algunos problemas. Por ejemplo, no muestra bien la evolución del precio cuando éste abarca un rango amplio.