Día de la Educación Financiera · 5 de octubre

¿Con cuánto llegarías a los 65?

Vive 40 años de decisiones financieras en 3 minutos. Sin registro.

Jugar ahora
Acceder

Participaciones del usuario velandres - Fiscalidad

velandres 20/04/26 20:21
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Aparte de que era un tramite muy farragoso, porque en la primera reclamacion, habia que aportar varios documentos (la vida laboral, no les valia que ya lo tenia la SS, habia que aportar una copia descargada por internet , mas un certificado del Banco expedido por el departamento de personal, en el que habias trabajado en el que tenian que poner en que año entraste y en cual lo dejaste) ni te cuento cuando has estado en mas de un banco, y encima en alguno de ellos, ya no existe pues fue absorvido por otro, y un escrito fundamentando tu peticion a Hacienda.Al principio fue todo muy dificil, menos mal que ahora ya esta todo automatizado.Salu2
velandres 20/04/26 20:09
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Solo mutualidad laboral de banca, porque ya digo que no dejaban por las demas.Las demas ya dejaban a partir del año 2024, porque el Tribunal Supremo dio instrucciones para que fueran todas, no solo por la de banca, creo que la resolucion era para evitar la discriminacion o algo similar, no recuerdo.En el acuerdo de resolucion rectificacion de autoliquidacion que a mi me aplicaron de los años 2018 al 2022, pone explicitamente , que es en "relacion a las reducciones aplicables a la pension percibida de la SS por las aportaciones realizadas a la Mutualidad Laboral de Banca".Ya digo que en el 2018, hubo ya jubilados de banca, que empezaban a reclamar por si sonaba la flauta, pero les decian que no, hasta que ya por 2022-2023 decian ya que si.
velandres 20/04/26 19:51
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Si, reclama en tu delegacion de hacienda, no pierdes nada, pero lo veo muy negro, te van a contestar como a mi "acuerdo de inadmision por extemporaneidad de actuaciones".Aparte de que no se sabia nada. Solo dejaban reclamar a los de la banca.Cuando yo reclame la primera vez, le comente a la funcionaria que me atendio, que yo habia trabajado antes del banco en una empresa constructora (AGROMAN) desde 1965 a 1973, y me dijo que no, que solo por el periodo de la banca y de 1973 a 1978, que las instrucciones eran solo a los de la banca, de las demas mutualidades no habia ni se sabia nada de nada, y no se podia poner ni reclamar nada. Estamos hablando del año 2022.Ademas recuerdo que habia compañeros mios (todos de banca, ninguno de construccion),  que en 2018 ya reclamaron los años 2014-15-16 y 17, y en todos los casos lo denegaban. Yo no reclame hasta el 2022 los años 2018-19-20 y 21, porque ya era oficial que nos dejaban, y ademas ya si que los pagaban.
velandres 18/04/26 20:42
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Gracias. Voy a mirar esto que dices para ver como lo planteo.Salu2
velandres 17/04/26 18:57
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Exacto, tenemos los dos el mismo caso. Yo en 2022 reclame y cobre 2018-19-20 y 21, y en 2023 cobre 2022, pero solo el periodo de la banca, me falta el periodo de la construccion, que es el mas interesante, por ser anterior al 31/12/1966, porque es el que mas deduccion tiene, el 100%. Ya en la declaracion del 2023 (que se hace en el 2024) me figura todo correcto (construccion mas banca) y claro el descuento ahora ya si es considerable.Yo lo que he hecho: Lo fui dejando todo y no hice nada, hasta que en julio de 2025, me dio la vena, y me acerque a mi delegacion de hacienda en Madrid (calle Fermin Caballero), me atendio una funcionaria, no tenia ni puñetera idea, que era un caso muy raro, y era el primer caso que veia, me paso con otra, como una supervisora, al final me atendieron 3 funcionarias, y una de ellas, ya dijo, que habia visto otros 2 casos igual, que tambien era de personas solo de banca pero que no podian hacer nada, porque estaba todo prescrito, al no haber reclamado yo, al mes de recibir las resoluciones con el dinero, y que lo veia muy negro, ya que era un caso muy singular, que si quisiera presentara una reclamacion, a ver que pasaba.Ya puesto y como perdido lo tengo, pues eso hice, en agosto, en la misma delegacion, reclame en el registro.En febrero recibi notificacion de hacienda, de que no aceptaban y rechazaban todo, pues estaba prescrito, al no reclamar yo en su dia, y como solucion me decian que reclamara al TEAR de Madrid con 30 dias naturales de plazo, y que si en el TEAR lo deniegan, que reclame por via judicial.Este marzo he reclamado al TEAR, y hace precisamente 7 dias, he recibido del TEAR 5 notificaciones (1 por cada año)de que en su registro han dado entrada a mi reclamacion.Segun mis cuentas, la diferencia entre lo que me dieron y lo que falta, es de unos 1.000 a 1.100 por año, en total de 5.000 a 5.500 euros.Yo lo doy por perdido, vamos que lo veo muy negro, porque meterme en via judicial, como que no se....., pero veremos a ver.No conozco a nadie mas que le haya pasado esto, porque de mis colegas conocidos de banca, su primer trabajo, fue en banca, no venian de otras empresas, y de los de construccion, ya fallecieron.Lo que he comentado en mis otros hilos, no teniamos que haber reclamado en el 2022 y 2023 (claro que solo lo podian y dejaban hacer a los de la banca y telefonica), nos teniamos que haber esperado hasta ahora a los formularios famosos, que ya esta todo sabido. Abriamos recibido mas dinero, pero......Salu2
velandres 15/04/26 19:50
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Ya, yo tambien por lo que veo del Tribunal Supremo, pero mi delegacion de hacienda (c/Fermin Caballero de Madrid) contesto a mi reclamacion que hice el año pasado, que como no reclame en el plazo de 1 mes a sus resoluciones, que esta todo prescrito, y que si quiero que reclame al TEAR de Madrid.Ya he reclamado en marzo, me han contestado con 5 cartas, que han recibido mi solicitud de los 5 años.Ya veremos, pero lo veo muy negro, y meterme en juicio, no se. Lo que me deberia devolver Hacienda, por los 5 años, es alrededor de unos 5.000 o 5.500 euros.
velandres 15/04/26 19:21
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Hola, si que me adelante, y fue un error.Porque si me hubiera esperado ahora, a este año, con los famosos formularios, me habrian pagado 2019/20/21 y 22 enteritos, cada año alrededor de 1500 euracos. Eso si hubiera perdido el año 2018.Como reclame en 2022, me pagaron 2018/19/20/21 y 22 a unos 500 euros por año.No reclame en su dia (1 mes) porque todo estaba en el limbo y ni ellos sabian lo que hacian. Ahora al reclamar a mi delegacion, estos me dicen, que paso mi plazo de reclamacion al mes siguiente de las resoluciones, y que no quieren saber nada, que me vaya al TEAR de Madrid.Aqui si se aplica el refran: "No por mucho madrugar amanece mas temprano".Salu2
velandres 15/04/26 19:09
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
La formula  que digo yo maravillosa, y que al principio (año 2022) nadie sabia es:Formula calculo porcentaje a deducir de la pension de la S.S. en la declaracion de la Renta:D1+(D2x0,25)/TD1: Dias cotizados antes del 31/12/1966D2: Dias cotizados entre el 01/01/1967 y el 31/12/1978T: Depende del año de la jubilacion:     Antes del 2013 = 12775 dias (35 años)     Entre 2013 y 2019 = 12958 dias (35,5 años)     Entre 2020 y 2022 = 13140 dias (36 años)     Entre 2023 y 2026 = 13323 dias (36.5 años)     A partir de 2027 en adelante = 13505 dias (37 años)Esto es lo que nadie sabia (ni los que reclamabamos en años anteriores a 2022 porque nos dejaban hacerlo a los de la banca, ni los funcionarios de la propia Hacienda) todo fue un desproposito, ya a partir de la renta del 2023 en el año 2024, ya se aclaro y se supo mas cosas.Salu2
velandres 15/04/26 18:52
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
A ver ojo con esto, porque hay una tabla de la Seguridad Social sobre esto de los años cotizados, y cuando se produce la jubilacion efectiva. La vi hace tiempo (2 años) pero no se encontrarla, que dice que los que se jubilaron para el calculo del porcentaje es como sigue:. Los jubilados hasta el 31/12/2012 : 35 años (12775 dias). Del 01/01/2013 al 31/12/2019: 35,5 años (12958 dias). Del 01/01/2020 al 31/12/2022: 36 años (13140 dias). Del 01/01/2023 al 31/12/2026: 36,5 años (13323 dias). Del 01/01/2027 en adelante: 37 años (13505 dias)Y esto cuadra y esta correcto, pues a mi que me jubile en la Seguridad Social el 23/08/2014 me aplican en la declaracion de la renta de los años 2023-24 y 25, un divisor en la maravillosa formula de 12958 (35,5 años)Salu2
velandres 14/04/26 20:38
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
@monillo  @pacomopacomo  Ya si, pero la delegacion de la AEAT (calle Fermin Caballero de Madrid) me contesto este febrero a mi reclamacion del 2025, que como no les reclame al mes de hacerme las resoluciones y los pagos, que no tengo derecho a nada, pues ha prescrito, y que si quiero que reclame al TEAR de Madrid en un mes, cosa que he hecho.Veremos, pero lo veo negrisimo, aparte de que meterme en abogados y juicios y tal, no se.Salu2