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Hola :Yo actualizo con regularidad por estas fechas, la página oficial que adjunto a continuación.Mientras que no cambie e indique la apertura del procedimiento de gestión, y solicitud del BST 2024 (para los adscritos al BSE a 31/12/2023), interpretó que aún no han comenzado con los trámites y posteriores pagos.https://www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesydependencia/index.php/m-accion-e-innovacion-social/bonosocial#plazoS2
shankha04/02/25 14:56
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Hola : El único factor que se tiene en cuenta es el de haber sido beneficiario del BSE a fecha 31/12/XXXX. Es igual si se era beneficiario con 6 meses de anterioridad, o con 4 dias.Es una “cuestión de procedimiento”.Nuestras distribuidoras de electricidad remiten los listados de aquellos a quienes se ha de pagar el BST, en base a quienes han tenido el eléctrico a 31/12 del año previo.Saludos
shankha29/01/25 20:16
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El BSE solamente lo pueden gestionar las compañías que comercializan tarifas con el “precio regulado”. Una persona que tenga una tarifa del mercado libre no tiene derecho al BSE, es un requisito para acceder al BSE. Todas las compañías que intentan vender sus contrataciones por teléfono la oferta que proponen pertenece al mercado libre y no trabajan ni comercializan tarifas con los “precios regulados” por el Gobierno. Ese es el motivo por el que inmediatamente cuando llaman por teléfono y se les dice que tienes el BSE, se dan cuenta de que ahí no hay cliente que captar.Ellos no pueden a sus clientes ofrecerles o facilitarles la posibilidad de adherirse a los descuentos en factura a que da derecho el Bono Social Eléctrico. Este es el verdadero motivo por el cual no insisten cuando se les informa de que se tiene el BSE, no que lo pague uno u otro.
shankha29/01/25 20:01
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el estado no paga nada del bono social Quizás el estado no lo pague pero lo que sí hace es regular la norma para que sea pagado.Para mi es suficiente.Se apuntan la medallita tal partido y luego la gente a votar. Personalmente a mi me da lo mismo el partido que este en el gobierno siempre y cuando haga las cosas de la mejor forma posible y creo, que tanto en este tema como en otros muchos podrían hacerlo mejor como todos, pero no lo están haciendo nada mal para una gran mayoría de la sociedad, véanse los datos objetivos al respecto en diversos campos.*Todo lo anterior aunque ya se sabe, pero son mi opinión personal.
shankha29/01/25 15:58
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Entiendo la perspectiva aún así es distinta a la mía.Tanto el IVA como el % de descuento paulatinamente y únicamente solo, regresan a sus valores oficiales iniciales y previos a tales “medidas excepcionales” que como tales, son de aplicación solamente bajo ciertas “circunstancias (también) excepcionales”. De todas formas son formas distintas de verlo, validas en principio tanto la una como la otra.Saludos
shankha29/01/25 15:22
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Hola : Personalmente no lo interpreto igual. Previamente a la incorporación de los paquetes de ayudas sociales motivadas tanto por el Covid como luego por la guerra en Ucrania, los descuentos en el BSE eran del 35% y del 40 o 50% ( no recuerdo ). El hecho de que con el decreto aprobado ayer queden hasta el 30/06/25 en el 30% y el 65%, y en el 42,5% y el 57,5% (vulnerable y V.severo, respectivamente) desde el 01/07 y 31/12/25, y posteriormente vuelva a los valores originales del 35 y 50% respectivamente no implica en absoluto que “el texto” aprobado ayer contenga iniciativa alguna que conlleve subida ninguna de la luz. En otras palabras (y estrictamente hablando) no es igual ni lo mismo, aplicar las “medidas excepcionales”en mayor o menor cuantía o porcentaje, que retocar y reducir las cuantías, porcentajes de bonificación y beneficios estipulados en la ley original que (de hecho) es la que dio pie a la aplicación de tales otras “medidas excepcionales”.Saludos.
shankha29/01/25 12:02
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Hola : Como hay cierta confusión relativa a las diferencias entre el Bono Social Eléctrico (bono de la luz) ,y el Bono Social Térmico (bono de calefacción), intento aportar algo de claridad en la medida de mi conocimiento al respecto. El 1º, el BSE (bono social eléctrico) tiene que pedirse y gestionarse.Se han de cumplir requisitos de renta y situación personal específica, para que finalmente se le apruebe a uno. *Vease este enlace informativo general a este respecto : https://www.energiaxxi.com/es/bono-socialEl 2ºel BST (bono social térmico), no requiere solicitud.Es decir alguien que desee cobrar el importe anual por este BST, no tiene que hacer nada especial, es automático. Por ejemplo una persona en una situación de vulnerabilidad que ha gestionado y pedido a su compañía eléctrica el Bono Social Eléctrico, y su compañía eléctrica concreta le ha comunicado que su solicitud ha sido aprobada, de forma automática y sin necesidad de que él haga nada más, tiene derecho al Bono Social Térmico y por tanto a cobrarlo anualmente. *Hay una herramienta que facilita mucho saber de modo fiable y sencillo, si uno tiene derecho al BSE. En esta aplicación (que está colaborada/respaldada por organismos oficiales como la CNMC, Comisión Nacional del Mercado de la Competencia), se aclaran los requisitos para obtener los descuentos en los recibos de la luz y por tanto y simultáneamente ( como se ha explicado en el párrafo anterior), si además de tener derecho al BSE también el interesado podrá cobrar (ya de manera automática) la cuantía anual correspondiente al Bono Social Térmico : https://civio.es/bono-social/Con respecto a las fechas concretas en las que la persona que tiene derecho al Bono Social Eléctrico que lo tiene en vigor, y se le hacen los descuentos en sus facturas, cobrará el Bono Social Térmico, depende de la Comunidad Autónoma de residencia del sujeto.Cada C.Autónoma tiene sus particularidades a la hora de gestionar, notificar y plazos de pago. *Se recomienda leer detenidamente y a fondo el histórico de este hilo, para ver los procedimientos y retrasos en los pagos de cada Autonomía.Saludos.
shankha27/01/25 11:38
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Carros de la compra Lidl
Y además no todos ni cualquier supermercado tienen los carros así preparado.Cuesta dinero.
shankha26/01/25 13:29
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Hola : Copio un mensaje mío del pasado 22/01 por si responde al menos en parte a algunas dudas, si no preguntar de nuevo.“Tienen derecho al Bono Social Térmico todos aquellos usuarios que son beneficiarios (son perceptores) del Bono Social Eléctrico. El BS Eléctrico se ha de solicitar, y será aprobado en caso de cumplir todos los requisitos.Sin embargo el BS Térmico no requiere de ninguna solicitud por parte del ciudadano.De manera automática todo aquel que a fecha 31/12/XXXX esté disfrutando del eléctrico, debe recibir el ingreso en metálico en la misma C.Bancaria en la que se le cobra la luz cuando se abone esa anualidad de BS Térmico. Por ejemplo, en la mayoría de las Comunidades Autónomas el pasado 2024 (entre marzo y diciembre), se abonó el Bono Social Térmico (oficialmente denominado) BST 2023.Este abono se les hizo a todos aquellos a los que por derecho les correspondía por tener activo el Bono Social Eléctrico a fecha 31/12/2022. Los pagos del BST en prácticamente todas las CCAA van con al menos 1 año de retraso.En estos primeros meses del presente 2025 se deberían recibir los abonos del BST 2025 por parte de los que han sido beneficiarios del BSE a 31/12/2024, sin embargo lo que se recibirá ( aún pendiente) será el del 2024.Un año de retraso sino más, en varias CCAA”.Un Saludo.
shankha23/01/25 15:35
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Hola, si gracias. Las notificaciones al igual que las cuantías (independientemente de la zona climática y el nivel de vulnerabilidad) están en función de cada CCAA en concreto.Es decir, cada CCAA está teniendo un ritmo, unas están pagando el BST del 2024 y otras aún no han terminado de pagar las anualidades anteriores.Las notificaciones a nivel de cada CCAA también tienen sus peculiaridades y tiempos.Lo mismo y más acentuado aún, sucede con las cuantías anuales finales que cada beneficiario recibe.Son varias las CCAA que anualmente a la cantidad (base) establecida para cada zona y tipo de vulnerabilidad, añaden por propia iniciativa una cantidad extra.Tal es el caso que es normal (véase años pasados) , que por ejemplo un ciudadano de Galicia y uno de Andalucía, ambos (digamos) considerados “vulnerables severos” y en una misma zona climática, digamos por ejemplo “B”, perciban una cantidad que difiera en unos 300-400€ entre ambas. Esto es debido únicamente a que en este caso concreto una de las 2 CCAA ha añadido (a la cuantía básica o parte estatal) otra cantidad adicional voluntaria por parte de la Comunidad Autónoma. Mi pregunta anterior iva en relación principalmente al importe estatal que se está pagando en el BST 2024, por ejemplo creo que el año pasado un consumidor vulnerable severo de zona climática B, cobró mínimo (parte estatal, por tanto mínima) unos 130€ y pico, (esto sin tener en cuenta si su CCAA añadió un extra o no) y lo que yo quería saber es si esos importes o parte estatal básica, permanece igual o este año ha subido.Un Saludo.