Gracias, ¿entonces realmente apenas estoy ahorrándome gastos aunque encuentre un comprador que desee subrogarse no?oYo pensaba que como se subrogaba el comprador, entonces al menos me ahorraba los 1000 o 1200 euros de cancelación registral de la hipoteca, ya que seguía vigente el mismo tipo de hipoteca en el registro, ya que se sustituía un titular de la hipoteca por otro únicamente, sin cambiar de entidad el préstamo hipotecario ni cambiar las condiciones del préstamo.
Yo es que tenía entendido que en este caso si los padres del fallecido fallecían en el intervalo que todavía no se había gestionado la herencia, pensaba que el cónyuge sobreviviente heredaba el 100% aunque hubiesen hermanos. Igual estaba equivocado y no es así.
Gracias por la aclaración, y en el supuesto de que sin testamento fallece la persona sin hijos, pero tiene padres y hermanos vivos, pero antes de que se gestione la herencia de repente fallecen los padres, ¿El cónyuge sobreviviente sigue heredando el 100% de la herencia?
Nada nada, muchas gracias por tu ayuda. Entonces simplemente por clarificarlo, el caso de matrimonio sin hijos donde el fallecido tiene hermanos, pero los padres del fallecido murieron en su día, a falta de testamento como norma general hereda el 100% de la herencia el cónyuge sobreviviente, ¿Correcto?
Perdona, es que tengo una confusión, ya que en a cuarta respuesta me indicabas que los hermanos se consideran ascendientes en la herencia, no sé si habrá sido un error. Te copio lo que me habías indicado anteriormente."La misma. Los hermanos cuentan como ascendientes. Importa eso sí que el fallecido viva en alguna comunidad autónoma con un régimen especial, donde la cosa puede variar un poco."Pero ahora me indicabas que los hermanos no se consideran ascendientes a falta de padres sobrevivientes, entonces ya no se sí a falta de padres sobrevivientes, los hermanos se consideran ascendientes para la herencia, o han de excluirse y entonces hereda el cónyuge sobreviviente el 100% de la herencia a falta de testamento.
Muchas gracias, y como norma general, sino existiesen padres del fallecido, pero sí hermanos del fallecido, ¿Al cónyuge sobreviviente seguiría correspondiéndole los 2900 euros, o sería otra cantidad?
No, pero el caso que yo digo que sería por ley y norma general, siendo el usufructo de la mitad de la herencia, si la herencia constara de 20000 euros, y el cónyuge sobreviviente tuviera 60 años al momento del fallecimiento, ¿el cálculo sería?89-60=29%20000*29%=5800El cónyuge sobreviviente recibiría 5800 euros , ¿Es correcto el cálculo?
Muchas gracias, y si fuera el caso de que el cónyuge sobreviviente como indicáis hereda por ley y norma general el usufructo de la mitad de la herencia, por ejemplo si la herencia constara de 20000 euros, y el cónyuge sobreviviente tuviera 60 años al momento del fallecimiento, ¿el cálculo sería el siguiente?89-60=29%20000*29%=5800Al cónyuge sobreviviente le correspondería recibir 5800 euros
Gracias, ¿Y como norma general, si se diera el caso de que los padres del fallecido también hubiesen fallecido y solamente hubiesen hermanos del fallecido, que parte de la herencia le correspondería al cónyuge de la persona fallecida?