Acceder

Participaciones del usuario Santificado

Santificado 18/10/10 13:03
Ha respondido al tema Crear SL para inversiones
Estoy de acuerdo en el tema de la simulación, que además es más fácil de aplicar para la Inspección que el conflicto y va con sanción. Pero se han creado infinidad de Holdings en SL para gestionar patrimonios mobiliarios cumpliendo de forma artificiosa (porque los creas) los requisitos que marca el 94 del TRLIS para las aportaciones no dinerarias especiales. Estamos hablando de los requisitos del art 4.Ocho.Dos de la LIP. Hay mucha gente que para caer en la exención del IP constituyó un Holding con la "parienta" y... con consultas vinculantes. Un profesional (asesor financiero...) con un despachete y una secretaria, aunque la comparta con 20 más, yo creo que ya tiene estructura en su SL. Además limita la responsabilidad en sus actuaciones. Luego viene un acta por simulacion y te toca probar lo contrario, ya ves.. Hacienda quiere que todos circulemos por renta pero no siempre es así.
Ir a respuesta
Santificado 04/10/10 12:18
Ha respondido al tema Valoracion de un piso
Si la Admon comprueba el valor y lo sanciona (presentar una base imponible menor que la real en ITP)el vendedor es reponsable solidario junto con el causante, en este caso, el adquirente. La admon intentaria "cobrar" la sanción al adquirente y, una vez que entra en ejecutiva la deuda, la admon puede ir contra el vendedor. Art. 42.1.a) LGT: "Las que sean causante o colaboren activamente en la realizacion de una infraccion tributaria" . El vendedor es colaborador activo, siempre que la Admon pruebe que estaba de acuerdo en alterar el precio. Doctrina del TS que recogen en este libro "Responsables y responsabilidad tributaria. Ed. CISS.Julio 2009 Página 26" Dice el autor: "Decisiones que se toman con un exceso de ligereza donde no se es consciente del grado de responsabilidad que se está asumiendo..."
Ir a respuesta
Santificado 29/09/10 21:00
Ha respondido al tema Impuesto de sucesiones
Todavía no he visto un caso donde la inspeccion autonomica (que no es la AEAT) lleve a nadie al Ministerio fiscal por este impuesto. Esperar la prescripcion de este impuesto era y es super habitual. Te imaginas? todos los hermanos a la carcel...no me cuadra. Luego hay que eludir 120.000 de cuota. Hayq ue heredar bastante para esta cuota en el ISD. Pero, es cierto, el peligro ahí está...y son cinco años desde fin del periodo voluntario.
Ir a respuesta
Santificado 29/09/10 19:54
Ha respondido al tema Impuesto de sucesiones
La verdad es que una aportacion no dineraria, como no te acojas al regimen especial, es bastante cara: plusvalia municipal + IRPF y OS. Y, a parte, de que no se trata de bienes afectos a niguna actividad, no vale como motivo económico válido el ahorro fiscal. Por lo que la aportacion especial... dificil. Eso de los malos y buenos es discutible, a mi este impuesto no me gusta nada. El patrimonio familiar tributó cuando mi padre lo heredó, tributará cuando lo herede yo y así hasta que desaparezca. Tipo progresivo hasta un 34%. Y antes tributaba cada año en patrimonio también. Desde mi punto de vista abusivo. El artículo 48 del Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, determina el inicio del cómputo del plazo de cuatro años desde el día siguiente en que finalice el plazo de presentación de la declaración-liquidación. Es decir, al día siguiente de cumplirse 6 meses del devengo, es decir del fallecimiento.
Ir a respuesta
Santificado 29/09/10 15:11
Ha respondido al tema Impuesto de sucesiones
Antes de nada Habría que mirar la legislación foral: reducciones en la base y bonificaciones en la cuota. En mi CCAA la bonificacion es del 99%. Se paga poco por el ISD mortis causa. La verdad, no se si el Pais Vasco tiene regulación foránea. Sino, si que será un pico. Lo de la sociedad ... ¿será para intentar aplicar la reduccion estatal del 95% por transmision de la empresa familiar?. La verdad, yo lo veo dificil: las participaciones tienen que cumplir los requisitos para la exencion en IP ( Mira el art LIP 43.8.2) Sobre todo el requisito de no tener por actividad principal la gestión de un patrimonio inmobiliario. Una patrimonial sin actividad económica. Durante 90 dias del ejercicio social más de a mitad de su activo compuesto por inmuebles no afectos a ninguna actividad económica. Yo lo he visto con valores, en las sociedades holdings, pero con inmuebles... aunque hay especialistas con mucha creatividad.
Ir a respuesta
Santificado 29/09/10 12:10
Ha respondido al tema Compra vivienda antes del 2011
http://www.cincodias.com/articulo/economia/Ley-Economia-Sostenible-supera-enmiendas-devolucion-seguira tramitacion/20100923cdscdseco_10/cdseco/ Parece que sigue el texto igual que el anteproyecto del gobierno...
Ir a respuesta
Santificado 24/09/10 16:31
Ha respondido al tema El atraco del siglo, los valores catastrales inamovibles...
Mejor mándame un correo y la semana que viene en un hueco te lo calculo en un momento: Fecha de Adq del inmueble Del recibo del IBI. V Catastral y V Suelo Gastos satisfechos cuando compraste: Not/Gest/TPO/RProp Dime una posible fecha de venta. Gastos transmision: la factura del API si es que hay. La plusvalia municipal también disminuye el precio de venta. Para calcularla sólo falta saber que Ayto. es el que te va a atracar: ellos fijan un coeficiente que se multiplica por el numero de años del inmueble en tu patrimonio y un tipo impositivo.
Ir a respuesta
Santificado 23/09/10 21:42
Ha respondido al tema El atraco del siglo, los valores catastrales inamovibles...
Por los nuevos valores... El cañazo se lo van a meter al comprador por TPO. Que lo declare por menos y recurra la liquidacion. Tu plusvalia será poca porque compraste en 2006 y sólo han pasado 4 años. Pero tu tendras que pagar la plusvalia en renta al IRPF. Para dar cifras faltan mil datos.
Ir a respuesta