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Santificado

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Santificado 18/10/10 13:03
Ha respondido al tema Crear SL para inversiones
Estoy de acuerdo en el tema de la simulación, que además es más fácil de aplicar para la Inspección que el conflicto y va con sanción. Pero se han creado infinidad de Holdings en SL para gestionar patrimonios mobiliarios cumpliendo de forma artificiosa (porque los creas) los requisitos que marca el 94 del TRLIS para las aportaciones no dinerarias especiales. Estamos hablando de los requisitos del art 4.Ocho.Dos de la LIP. Hay mucha gente que para caer en la exención del IP constituyó un Holding con la "parienta" y... con consultas vinculantes. Un profesional (asesor financiero...) con un despachete y una secretaria, aunque la comparta con 20 más, yo creo que ya tiene estructura en su SL. Además limita la responsabilidad en sus actuaciones. Luego viene un acta por simulacion y te toca probar lo contrario, ya ves.. Hacienda quiere que todos circulemos por renta pero no siempre es así.
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Santificado 04/10/10 12:18
Ha respondido al tema Valoracion de un piso
Si la Admon comprueba el valor y lo sanciona (presentar una base imponible menor que la real en ITP)el vendedor es reponsable solidario junto con el causante, en este caso, el adquirente. La admon intentaria "cobrar" la sanción al adquirente y, una vez que entra en ejecutiva la deuda, la admon puede ir contra el vendedor. Art. 42.1.a) LGT: "Las que sean causante o colaboren activamente en la realizacion de una infraccion tributaria" . El vendedor es colaborador activo, siempre que la Admon pruebe que estaba de acuerdo en alterar el precio. Doctrina del TS que recogen en este libro "Responsables y responsabilidad tributaria. Ed. CISS.Julio 2009 Página 26" Dice el autor: "Decisiones que se toman con un exceso de ligereza donde no se es consciente del grado de responsabilidad que se está asumiendo..."
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Santificado 29/09/10 21:00
Ha respondido al tema Impuesto de sucesiones
Todavía no he visto un caso donde la inspeccion autonomica (que no es la AEAT) lleve a nadie al Ministerio fiscal por este impuesto. Esperar la prescripcion de este impuesto era y es super habitual. Te imaginas? todos los hermanos a la carcel...no me cuadra. Luego hay que eludir 120.000 de cuota. Hayq ue heredar bastante para esta cuota en el ISD. Pero, es cierto, el peligro ahí está...y son cinco años desde fin del periodo voluntario.
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Santificado 29/09/10 19:54
Ha respondido al tema Impuesto de sucesiones
La verdad es que una aportacion no dineraria, como no te acojas al regimen especial, es bastante cara: plusvalia municipal + IRPF y OS. Y, a parte, de que no se trata de bienes afectos a niguna actividad, no vale como motivo económico válido el ahorro fiscal. Por lo que la aportacion especial... dificil. Eso de los malos y buenos es discutible, a mi este impuesto no me gusta nada. El patrimonio familiar tributó cuando mi padre lo heredó, tributará cuando lo herede yo y así hasta que desaparezca. Tipo progresivo hasta un 34%. Y antes tributaba cada año en patrimonio también. Desde mi punto de vista abusivo. El artículo 48 del Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, determina el inicio del cómputo del plazo de cuatro años desde el día siguiente en que finalice el plazo de presentación de la declaración-liquidación. Es decir, al día siguiente de cumplirse 6 meses del devengo, es decir del fallecimiento.
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Santificado 29/09/10 15:11
Ha respondido al tema Impuesto de sucesiones
Antes de nada Habría que mirar la legislación foral: reducciones en la base y bonificaciones en la cuota. En mi CCAA la bonificacion es del 99%. Se paga poco por el ISD mortis causa. La verdad, no se si el Pais Vasco tiene regulación foránea. Sino, si que será un pico. Lo de la sociedad ... ¿será para intentar aplicar la reduccion estatal del 95% por transmision de la empresa familiar?. La verdad, yo lo veo dificil: las participaciones tienen que cumplir los requisitos para la exencion en IP ( Mira el art LIP 43.8.2) Sobre todo el requisito de no tener por actividad principal la gestión de un patrimonio inmobiliario. Una patrimonial sin actividad económica. Durante 90 dias del ejercicio social más de a mitad de su activo compuesto por inmuebles no afectos a ninguna actividad económica. Yo lo he visto con valores, en las sociedades holdings, pero con inmuebles... aunque hay especialistas con mucha creatividad.
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Santificado 29/09/10 12:10
Ha respondido al tema Compra vivienda antes del 2011
http://www.cincodias.com/articulo/economia/Ley-Economia-Sostenible-supera-enmiendas-devolucion-seguira tramitacion/20100923cdscdseco_10/cdseco/ Parece que sigue el texto igual que el anteproyecto del gobierno...
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Santificado 24/09/10 16:31
Ha respondido al tema El atraco del siglo, los valores catastrales inamovibles...
Mejor mándame un correo y la semana que viene en un hueco te lo calculo en un momento: Fecha de Adq del inmueble Del recibo del IBI. V Catastral y V Suelo Gastos satisfechos cuando compraste: Not/Gest/TPO/RProp Dime una posible fecha de venta. Gastos transmision: la factura del API si es que hay. La plusvalia municipal también disminuye el precio de venta. Para calcularla sólo falta saber que Ayto. es el que te va a atracar: ellos fijan un coeficiente que se multiplica por el numero de años del inmueble en tu patrimonio y un tipo impositivo.
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Santificado 23/09/10 21:42
Ha respondido al tema El atraco del siglo, los valores catastrales inamovibles...
Por los nuevos valores... El cañazo se lo van a meter al comprador por TPO. Que lo declare por menos y recurra la liquidacion. Tu plusvalia será poca porque compraste en 2006 y sólo han pasado 4 años. Pero tu tendras que pagar la plusvalia en renta al IRPF. Para dar cifras faltan mil datos.
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Santificado 22/09/10 16:32
Ha respondido al tema Comprobacion de valor por la admon. autonomica e incidencia en plusvalias en IRPF
Buenas. Yo tambien pienso que no hay comunicación. En caso de que la AEAT regularice la transmision, ¿sería sancionable? Los incrementos base por comprobaciones de valor no son sancionables. Por lo menos en ITP AJD y demás impuestos autonomicos se seguro que no, pero el tema renta tengo mis dudas. Sino hay sancion casi merece la pena arriesgarse a la prescricpion.
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Santificado 22/09/10 14:21
Ha respondido al tema Duda en cantidades a desgravar durante la hipoteca
Buenas. Según tengo entendido... formará parte de la base de vuestra deducción sólo si os encaja el proyecto de obra como una rehabilitación (mira parrafo dos del 55.5 del reglamento del IRPF), sino, es una mejora (aumento de la habitablidad del inmueble). La mejora forma parte del precio de adquisición cuando la vendas. Las obras y acabados (revestimientos, carpinterias y similares) son mejoras o reparaciones. Hay una consulta vinculante al caso DGT CV 21-11-2006. Buscala en www.aeat.es - normativas y criterios interpretativos. Hay consultas vinculantes sobre el concepto de rehabilitacion, si quieres te las puedo mirar. Saludos ART.55 RIRPF: 5. A los efectos previstos en el artículo 68.1.1 de la Ley del Impuesto se considerará rehabilitación de vivienda las obras en la misma que cumplan cualquiera de los siguientes requisitos: Que hayan sido calificadas o declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación de viviendas en los términos previstos en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda. Que tengan por objeto principal la reconstrucción de la vivienda mediante la consolidación y el tratamiento de las estructuras, fachadas o cubiertas y otras análogas siempre que el coste global de las operaciones de rehabilitación exceda del 25 % del precio de adquisición si se hubiese efectuado ésta durante los dos años inmediatamente anteriores al inicio de las obras de rehabilitación o, en otro caso, del valor de mercado que tuviera la vivienda en el momento de dicho inicio. A estos efectos, se descontará del precio de adquisición o del valor de mercado de la vivienda la parte proporcional correspondiente al suelo.
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Santificado 20/09/10 21:31
Ha respondido al tema ¿Puede ser rentable trabajar menos?
¿Por que te das por aludido? Sólo queria plantear que el empresario tiene más margen para hacer lo que quiera (depende de lo integro que seas), en cambio, el trabajador por cuenta ajena...pues no. Sólo eso... lo siento si te he ofendido. PD: las tranferencias de cash ante quien las tienes que justificar? En fin, me voy a casa.
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Santificado 20/09/10 21:10
Ha respondido al tema ¿Puede ser rentable trabajar menos?
Ok. La base del reparto es siempre después de impuestos. Pero bueno, estaba hablando de la tributacion en sede del socio. Y que pasa si el socio se lleva el money por las bravas, tranferencia al canto!. No haces ni contrato, ni nada de nada...un despropósito fiscal para el pobre asesor. Pero va y prescribe a los 4 años. Ni impuesto de sociedades, ni renta. Con ese dinero se compra un barco que lo pone en una patrimonial y en el registro mercantil aparece el nombre de su querida. Por si acaso ¿Demagogia o realidad? El currante (autonomo o por cuenta ajena) está vigilado desde la primera retención de la nómina o desde tu primera factura emitida.
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Santificado 20/09/10 19:47
Ha respondido al tema ¿Puede ser rentable trabajar menos?
El trabajador por cuenta ajena es el que paga los platos rotos. Principio de capacidad económica - Tipo progresivo a los RT. Art.31CE. todos deberán contribuir al mantenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica y mediante un sistema tributario justo, inspirado en los principios de igualdad y progresividad que en ningún caso tendrán un alcance confiscatorio Ahora los dividendos están al 19/21% pero hace poco al 18%. El socio que igual no aparece por la empresa a tipo fijo y el currante por muy directivo que sea a tipo progresivo ¿Justo?
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Santificado 17/09/10 12:17
Ha respondido al tema Desgravación vivienda 2011 (Ley Sostenibilidad)
Si tienes una buena oferta, sin duda, compraría. Mantendrás la deducción, mientras sea tu VH, por toda la vida del préstamo. 15% de 9.015 por 15/20/25... años: es pasta! En 2011 la cosa cambia...y a peor! Mira el post de al.rodrigo que te dice empty
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Santificado 14/09/10 20:49
Ha respondido al tema Como justifico que mi casa en mi vivienda habitual... cuando quien tiene que aceptarlo no quiere
El certificado de empadronamiento no resulta suficiente para acreditar que una vivienda cosntituye tu residencia habitual. Este certificado tiene exigencias diferentes al concepto fiscal de residencia habitual. Asi lo dicen mil sentencias. En la pagina de la AEAT busca la consulta vinculante 29/06/2005, es un caso igual que el tuyo. Como se ha dicho, el plazo continuado de residencia son 3 años, tú te aplicas la deduccion desde el primer pago satisfecho. Si no mantienes el plazo hay que hacer complementarias para devolver la deducción. Los gastos estarán domiciliados en alguna cuenta, mira a ver la titularidad. Si acreditas que lo pagas tú, te serviran como prueba. Pruebas: comunidad de propietarios, certificado del centro de trabajo, libro de familia donde consta que los hijos nacieron donde esta la vivienda, certificado del director del colegio de tus hijos...luz, gas, internet, telefono, satelite. En fin todo lo que se te ocurra y puedas. Es una comprobacion limitada del 2006... no te preocupes demasiado... Que lo acepten es totalmente subjetivo...siempre podras recurrir.
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Santificado 13/09/10 15:43
Ha respondido al tema Venta de acciones
Hola a todos. Gracias Empty por tu respuesta. Si la reducción de capital se produce por una disminución del nominal de todas las acciones en un 76.22%. ¿Que debo hacer?, prorratear el importe de la devolucion en la proporcion sobre 100 que signifique el precio de adquisicion según fechas de adq: 03/05/1988 - 75.000 accs sobre 317.000 es un 23.61%, por tanto, disminuyo en un 26.31% del total del importe devuelto.
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