Acceder

Contenidos recomendados por ritekg5

ritekg5 06/02/26 09:04
Ha respondido al tema Incentivo al empleo 2026 - Ingreso mínimo vital
No... cuando se percibe el IMV y nos ponemos a trabajar, no es necesario comunicarlo a la Seguridad Social... de la misma forma, tampoco cuando dejamos de hacerlo (nos apuntaremos al paro y sellaremos cuando toque, como cualquier desempleado, eso sí).Las únicas comunicaciones que deben hacerse son las reguladas en el artículo 36 de la Ley 19/2021 de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007 que, básicamente son las que afecten a nuestra dirección y variaciones en nuestra unidad de convivencia... por ejemplo la independencia de algún miembro de nuestra unidad familiar, fallecimiento o incorporación de otro nuevo miembro, salidas al extranjero superiores a 90 días por año natural, informar que un menor al cumplir la mayoría de edad seguirá estudiando adjuntándoles copia de la matrícula de estudios (en el caso de que no queramos apuntarlo al paro, ya que puede cumplir ambas facetas) y poco más casos de los que se me ocurren ahora mismo.Quizás recibir una herencia o ponerse a trabajar podría intuirse necesario comunicarlo, pero recuerda que el IMV que se percibe durante el año en curso se basa en nuestros ingresos del año anterior, ergo un incremento de nuestro patrimonio actual (o percibir ahora ingresos por estar trabajando), es algo que ellos ya verán automáticamente vía IRPF al revisarnos el IMV al año siguiente para ajustar el IMV que nos corresponda acorde a nuestros ingresos del año anterior (por eso la obligación de hacer siempre IRPF como beneficiarios del IMV).
ritekg5 05/02/26 17:14
Ha respondido al tema IMV SUSPENDIDO certificado servicios sociales - Ingreso mínimo vital
aparece en el menú prestaciones la nueva cuantía de 2026  Correcto, porque antes de emitirse las nóminas de febrero el día 10, también debería aparecerle a todo el mundo con su importe mensual correcto.
ritekg5 05/02/26 10:43
Ha respondido al tema IMV SUSPENDIDO certificado servicios sociales - Ingreso mínimo vital
Enhorabuena.
ritekg5 04/02/26 14:43
Ha respondido al tema Cambiar banco de IMV - Ingreso mínimo vital
Hay varias formas...
ritekg5 04/02/26 09:07
Ha respondido al tema - Ingreso mínimo vital
Es solo una notificación de que tienes cobros indebidos del 2023 (que aparentemente ya sabes que los debías, ya que interpreto que en octubre de 2023 te bajó el IMV 68,64€ mensuales y esa cifra por 10 meses son 686,40€) que ahora te reclaman de dicho periodo haciéndote un descuento por cumplir el requisito de existir menores en tu unidad de convivencia en dicho periodo, así que la deuda se queda en solo 319,35€ en total.Si ahora mismo te han aprobado el IMV que solicitaste de nuevo hace poco, deberías tener una notificación anterior de aprobación del IMV, pero ambas cosas (nuevo IMV / reclamación de deuda IMV 2023) son cosas totalmente independientes entre si.Ahora mismo lo que puedes hacer es realizar alegaciones sobre dicha deuda si fuese procedente hacerlo (que me imagino que no harás, porque lo normal cuando te notifican en octubre un cambio de tu IMV es reclamar en ese momento, no ahora, pero bueno) y en uno o dos meses ya te enviarán otra notificación indicándote como liquidar dicha deuda de golpe o solicitar pago aplazado, en la línea de lo comentado en www.rankia.com/foros/economia/temas/5524956-devolucion-mensualidades-imv-ingreso-minimo-vital?page=8#respuesta_6515855De todas formas, ya que tienes cita en la Seguridad Social, mejor deberías aprovechar para formular y resolver todas las dudas y preguntas que tengas directamente... suerte y ya nos contarás.
ritekg5 04/02/26 00:34
Ha respondido al tema IMV en baja por discrepancia en el padrón. - Ingreso mínimo vital
No, no hay nada que te hayas saltado... el único problema es que te empadronaste en una vivienda donde ya había otras personas empadronadas y a la hora de comunicar las variaciones conviene adjuntar un certificado de empadronamiento colectivo para que se vea que ahí, en tu nueva dirección, solo están empadronadas las personas que deben ser (únicamente las de tu unidad de convivencia), pero claro, al existir ahí ya otras personas empadronadas sin motivo, pues ya está el belén montado y los problemas.También hubiera estado bien que, si conocías ese problema (existencia de otras personas empadronadas ahí de antes) hubieras adjuntado en las variaciones la acreditación de baja de las mismas por inscripción indebida o mejor aún, no haberte empadronado en tu nueva dirección hasta que no las hubieran dado de baja y estuviese "legalmente" vacía dicha vivienda, para entonces ya empadronarte y comunicar el cambio de dirección a la Seguridad Social.¿Qué puedes hacer ahora?, pues quizás acreditar mediante Servicios Sociales que tu unidad de convivencia no ha variado y reclamar a la Seguridad Social que reactiven el IMV adjuntando cualquier documento que demuestre que tu unidad de convivencia no ha cambiado (que es lo que ellos aducen)... quizás es mejor que pidas cita en Servicios Sociales y Seguridad Social para que te dicten ellos mejor como actuar y rápido, porque si te vencen los plazos también perderías la posibilidad de acudir a la vía judicial para reclamar te reactiven tu IMV en las mismas condiciones que tenías.
ritekg5 03/02/26 21:29
Ha respondido al tema Renunciar imv - Ingreso mínimo vital
Tu IMV actual va en función de tus ingresos del 2024 (ajustado en octubre 2025 más la subida de IPC actual de este año) y en unos meses te lo "recalcularán" (como a todo el mundo) basándose en tus ingresos del pasado año 2025 (aunque la revisión buena se haga en octubre) ... es decir, siempre van con un año de retraso porque así está legislado.Por tanto, el mejor momento para renunciar al IMV siempre suele ser diciembre, porque ya tienes el IMV asignado correcto que te corresponda al año en curso conforme a la revisión de octubre y sabes (si te ha bajado) que cobros indebidos tienes, y si te corresponden atrasos de este año también te los habrán liquidado en el pago de octubre.Tienes un hilo acá https://www.rankia.com/foros/economia/temas/5263323-renuncia-imv-ingreso-minimo-vital?page=1 que te recomiendo le eches un ojo y leas detenidamente.
ritekg5 03/02/26 21:19
Ha respondido al tema Incentivo al empleo 2026 - Ingreso mínimo vital
1.- Pues que cobrarás desempleo y también el IMV que tengas asignado sin problema alguno. No hay que notificar a la Seguridad Social que comienzas a trabajar o que cobras desempleo, eso ya lo miran ellos más adelante con la información de Hacienda.2.- Si en 2025 no has tenido ingresos por trabajo y en 2026 superas en ingresos dos mil euros (cosa creo que probable trabajando tres meses y cobrando desempleo al menos 6 meses), pues algo de incentivo al empleo te aplicarán en la revisión del IMV de 2027, pero sin duda te bajará el IMV al hacerte la revisión de mayo 2027 con tus ingresos de 2026 como verás a continuación.3.- Debes tener claro que "el incentivo al empleo" no es un dinero que te den ni regalen, sino que de todo lo que deberían quitarte por haber compaginado ingresos e IMV, "te hacen un descuento en lo que tienen que quitarte" para así no quitarte todos los ingresos que obtuvieses el año pasado como ocurría al principio del IMV, sino una parte más o menos grande de los mismos... si por ejemplo eres tú solo y en 2025 no tuviste ingresos (casilla 0018 de IRPF 2025 que harás ahora tiene valor cero o no existe) y en este 2026 sí que tienes ingresos por importe superior a dos mil euros (casilla 0018 de IRPF 2026 cuando lo hagas allá por 2027), los primeros dos mil euros no te los consideran "a bonificar" y del resto, pues según las fórmulas del RD 789/2022 lo que te salga...  Un ejemplo práctico aplicado a tu caso concreto, sería que si p.e. en 2027 tu casilla 0018 del IRPF 2026 sale por ejemplo 5000 euros, tu incentivo al empleo serían 3000 euros (5000 - 2000) de forma que tu IMV anual para 2027 quedaría tal que así: renta garantizada IMV para una persona definida en 2027 (pongamos 9500 euros) menos ingresos del 2026 (los 5000 que obtuviste en 2026 y te salen en tu casilla 0018 del IRPF 2026 realizado en 2027) más incentivo al empleo aplicado (los 3000 euros que te he mencionado antes) lo que es 9500 - 5000 + 3000 = 7500€ anuales de IMV para 2027 lo que te asignarían ¿comprendes?
ritekg5 03/02/26 14:51
Ha respondido al tema Subida del 11,4% PP VOX Y JUNTS - Ingreso mínimo vital
Lo presentan en dos https://elpais.com/espana/2026-02-03/el-gobierno-aprueba-dos-decretos-uno-solo-con-pensiones-y-el-otro-con-todo-el-escudo-social-incluidas-las-medidas-antidesahucio.html decretos y algunos medios dicen que ya está aprobado https://www.cope.es/actualidad/economia/noticias/consejo-ministros-aprueba-subida-pensiones-cobraran-jubilados-2026-pagaran-atrasos-20260203_3299910.html como se esperaba, así que genial.
ritekg5 01/02/26 19:51
Ha respondido al tema IMV SUSPENDIDO certificado servicios sociales - Ingreso mínimo vital
Pero de todo se encarga un sistema informático que está en proceso de cambio físico de ubicación de sus servidores y soporte informático, amén de cualquier otra "reforma de software" en la que están inmersos cada 3x2... sin ir más lejos tenemos el fiasco del SEPE con su nuevo entorno "alma" que en la práctica tiene más perjuicios que beneficios https://www.csif.es/es/articulo/granada/general/72535 y qué tantos titulares ofrece en los boletines sindicales https://sae.fsc.ccoo.es/f9ae8aa655f801b9572c318784e88358000050.pdfSi el sistema informático no te deja validar la firma electrónica de los certificados emitidos por Servicios Sociales, pues el funcionario de turno no puede darlos por buenos en el expediente del interesado... o si, por ejemplo, el sistema está bloqueando esos expedientes por mantenimiento interno, cambios o mejoras... a eso me refiero.