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chustazo 12/12/18 15:45
Ha comentado en el artículo ¿Cuántos recibos atrasados de IBI hay que pagar?
Sigo agazapado, a sabiendas de que al final llegará la dichosa derivación de responsabilidad. He pagado el de este año y, de la deuda antigua, solo me corresponde un recibo (aunque venía a nombre del antiguo propietario)
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chustazo 13/10/18 13:18
Ha comentado en el artículo ¿Cuántos recibos atrasados de IBI hay que pagar?
Parece que van espabilado y la reciente publicación de la deuda en el Boe me asegura otros 4 años de bola que crece y veo muy posible que puedan cargar intereses a los recibos que, siendo ya míos, están todavía girando al otro (cuando me encuentren). Creo que pagaré los de ahora en adelante (aunque vengan a nombre del otro) y no diré nada de los antiguos, hasta que hagan derivación de responsabilidad (no tiene bienes embargables)...
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chustazo 12/10/18 23:59
Ha comentado en el artículo ¿Cuántos recibos atrasados de IBI hay que pagar?
Hola Mfmelo, muchas gracias por responder. Tengo siempre muy en cuenta tus experiencias y así he hecho hasta ahora con los IBIs. La propiedad me la quedo, pero mi problema es que los antiguos no van a prescribir como en tu caso, ya que lo han publicado en el Tablón Edictal Único del Boe. Pese a que los nuevos se siguen devengando a nombre del antiguo propietario acabarán engrosando la deuda pendiente con más intereses y gastos, dado que van haciendo diligentes acumulaciones de deuda (que es lo que han publicado). Resumiendo: intenté no hacer nada y esperar a que prescribiesen los Ibis pendientes del antiguo propietario, pero una vez publicado en el Boe se ha interrumpido la prescripción. Sería de soñadores pensar que no van a hacer derivación de responsabilidad antes o después y, sin conseguir que prescriba ningún año, los intereses y costas y demás mandangas pueden hacer la pelota difícil de digerir...
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chustazo 11/10/18 11:43
Ha comentado en el artículo ¿Cuántos recibos atrasados de IBI hay que pagar?
Hola Tarfearauko, desde la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa deberían publicarse las notificaciones en el Tablón Edictal Único del BOE. Ahí puedes buscar fácilmente por NIF. ¿Es el Ayuntamiento de Madrid? hasta ahora no lo estaban publicando pero parece que se han puesto las pilas.
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chustazo 18/07/18 17:56
Ha comentado en el artículo ¿Cuántos recibos atrasados de IBI hay que pagar?
Hola Cozumel Reefs: A la espera de lo que te responda Tristán te comento que prescriben a los 4 años "a) el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación" b) el derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas. El derecho de la Administración a liquidar prescribe desde el día siguiente al fin del plazo para presentar la declaración o autoliquidación. También desde el día siguiente al fin del período voluntario de pago (art. 67 LGT). El plazo de prescripción, además, comienza a contarse según las siguientes reglas: en el caso del IBI desde el día siguiente a que finalice el plazo de pago en período voluntario. La interrupción de la prescripción, tal y como preguntas, implica la reanudación del cómputo desde cero. Art. 66 LGT: el plazo de prescripción se interrumpe por cualquier acción de la Administración con conocimiento formal del obligado tributario. La duda es si la publicación en BOE, por ejemplo, se considera conocimiento formal por parte de un deudor no localizado...
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chustazo 01/12/17 11:52
Ha comentado en el artículo Chat de subastas
Hola Mfmelo: Si te fijas es muy parecido a lo que contaba yo el otro día. Yo resulté mejor postor en una subasta y cuando fui a preguntar me dijeron que la parte actora había llegado a un acuerdo con el ejecutado pero que... "les había sido imposible retirar la subasta del BOE" y por eso se llevó a término. Me llegaron a enviar certificado diciendo que yo era mejor postor y que me acercase a dar mis datos pero después me ha llegado otro certificado diciendo que se archiva el procedimiento. Una vez celebrada la subasta se debería estar a lo que dice la Ley y es que se presente un tercero, ¿no? Archivar el procedimiento sin más una vez celebrada la subasta y habiendo mejor postor no veo que tenga ningún encaje en la LEC. Yo soy de lucharlas todas pero ya habéis comentado tantas veces cómo se saltan la ley a la torera que buena gana de contratar abogado y procurador para andar haciendo el bobo... ¿No?
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chustazo 28/11/17 00:25
Ha comentado en el artículo ¿Posesión o allanamiento?
Al final hubo suerte y no tuve que demandar ni que forzar nada. Ha habido que ser paciente, pero ha funcionado. Posesión obtenida, cerradura cambiada y ahora... a sacar los -sin exagerar- tres contenedores de basura, trastos, restos y escombros que hay dentro. Luego ya veremos. ¡Un saludo a todos!
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chustazo 22/10/17 12:15
Ha comentado en el artículo ¿Posesión o allanamiento?
Hola Inversius y amigos del subastismo... Tengo adjudicado (era administrativa, AD de la Aeat) y registrado ya sin cargas un local cuyo expropietario parecía que me iba a entregar la posesión tras sacar algunas cosas que tenía y con el que he tenido muy buen trato los tres meses que llevo esperando. De una semana a esta parte, sin embargo, me empieza a dar la sensación que no va a soltar las llaves tan fácilmente y una demanda de desahucio por precario no me motiva nada de nada... Dices en tu entrada "Cuando no es vivienda, es un trastero o local o nave, es conveniente tener testigos de todo lo que hay dentro o levantar acta con un notario, en el momento de dar la “patada a la puerta”, no habrá denuncia de allanamiento pero puede dar lugar a denuncia por hurto, por eso, hay que llevar a testigos de los vecinos o notario." Aunque no haya allanamiento/usurpación por no ser vivienda y me cubra las espaldas de una posible denuncia por hurto/robo con un acta notarial ¿podría haber alguna demanda adicional que tuviese visos de prosperar? (coacciones, por ejemplo, por cambio de cerradura o algo similar...) El local no desarrolla actividad alguna y sólo tiene trastos que el antiguo propietario me enseñó en su "período colaborativo". Trastos que, por supuesto, yo guardaría entregaría sin problema. Tengo pensado ser todavía un poco más paciente pero... ¿algún consejo adicional para el "momento patada" si es que se llega a dar? (es un local cuya entrada está en una calle transitada y es difícil dejarlo abierto y llegar "como por casualidad" cuando se denuncie ante la policía por parte de algún vecino. Tendría que ser un cerrajero - mago)
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chustazo 16/01/17 14:23
Ha comentado en el artículo Lo vamos a pasar bomba en el curso de subastas
Hola Tristán: Parece que los libros protegidos con "Adobe Digital Editions" son bastante difíciles de piratear. El formato no permite imprimir ni compartir y creo que podrías incluso incrustar vídeos dentro...
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